Diario del Derecho. Edición de 25/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 16/04/2015
 
 

Cuando la Administración sirve a la política; por José Ignacio Juárez Chicote, abogado

16/04/2015
Compartir: 

El día 16 de abril de 2015, se ha publicado en el diario ABC, un artículo de José Ignacio Juárez Chicote, en el cual el autor considera que los períodos electorales son épocas jurídicamente convulsas en las que el Ordenamiento sufre importantes daños colaterales.

CUANDO LA ADMINISTRACIÓN SIRVE A LA POLÍTICA

Los períodos electorales son épocas jurídicamente convulsas en las que el Ordenamiento sufre importantes daños colaterales: se anuncian medidas de difícil encaje ordinamental, se lanzan mensajes en forma de normas con el propósito de dar una muestra de lo que no se fue o de lo que se quiere ser; se anuncian derogaciones o cambios legislativos para tentar al elector y se producen dilaciones normativas para hacer creer que nunca llegará, lo que ya está decidido. Son excesos políticos a los que conduce el juego democrático al modo que lo tenemos organizado. Y puede ser asumible.

Sin embargo, la proximidad de citas electorales acelera y acentúa otros excesos -verdaderas patologías- derivadas del abuso instrumental de la Administración por parte de los responsables políticos que tienden a identificar poderes ejecutivos y partidos mayoritarios. Cuando ocurre, la actuación administrativa no busca el interés general con objetividad, imparcialidad y sometimiento pleno a la ley y al Derecho, sino el beneficio del grupo (candidatos, partidos), incurriendo en una verdadera desviación de poder (utilización de potestades administrativas para fines distintos de aquellos que las justifican). Poco importa que no pueda probarse plenamente, que sea un fenómeno antiguo o que se dé -con un sorprendente nivel de tolerancia- en todos los ámbitos administrativos independientemente de quien gobierne. Un ejemplo de esta situación es abuso de la publicidad institucional en período electoral, presentando propaganda política con perfiles de neutralidad institucional en los medios de comunicación. Se trata de un inadmisible fraude institucional que corrompe la acción de los poderes públicos poniéndolos al servicio de causas y fines distintos de los que le son propios.

Podemos ilustrar este fenómeno con otro caso actual en el que el Gobierno juega con las cartas de una baraja marcada pues invocando intereses generales y potestades discrecionales, realmente busca un resultado beneficioso para sus propios intereses de grupo, con el silente beneplácito de los partidos de la oposición que mañana -al más puro estilo del “sistema de despojos” (spoil system) - esperan beneficiarse de esta forma de proceder. Se trata de Real Decreto 217/2015, de 27 de marzo, de reforma de las Consejerías de Turismo en las misiones diplomáticas de España, los organismos que más directamente se ocupan de promover la “Marca España” en nuestra primera industria: el turismo. La norma modifica el régimen de permanencia como consejero, alargando el desempeño mínimo (pasa de 2 a 3 años) y acortando el máximo (pasa de 8 a 5 años). También se alargan los plazos de obligada permanencia en servicios centrales entre dos destinos en el extranjero (3 años, en vez de 2).

La trampa está en el impacto inmediato que tendrán respecto de las 32 Consejerías de Turismo que podrán utilizarse como instrumentos interesados de acción política: no sólo se producirán ex lege un alto número de ceses, sino que muchos funcionarios de la Administración turística no podrán participar en los procesos selectivos que se convoquen exigiéndoles un año más de permanencia en España antes de optar al nuevo destino. Con estos mecanismos, el Gobierno dispondrá de un amplísimo margen para usar otra sorprendente novedad según la cual los méritos dejan de ser tales, para considerarse meros criterios de designación, teniendo entre ellos un lugar destacado el previo desempeño de cargos políticos. Todo ello abre la puerta al nombramiento de personal afín para agradecer servicios prestados o disponer de refugios donde invernar, hasta que un nuevo giro electoral facilite regresar a la contienda y, quien sabe, si al desempeño de nuevos cargos públicos.

Frente a ello, debería reconocerse que la Administración no sirve a los gobiernos, sino a los ciudad anos verdaderos protagonistas de las decisiones públicas; lo que exige -entre otros aspectos- profesionalizar a la Administración, desvinculándola de los Gobiernos (es decir, de los partidos), reduciendo el fenómeno expansivo de los cargos de libre designación al mínimo imprescindible y exigiendo la acreditación de méritos verdaderos y objetivos, no de sucedáneos defectuosamente asimilados. La libre designación no es un sistema de libre arbitrio sino más bien un régimen de libertad con idoneidad, en el cual no debería permitirse nombramientos por afinidad o cercanía. Precisamente la confianza que implica este sistema selectivo exigiría, si cabe, una mayor cualificación acorde con la alta responsabilidad que tales puestos implican.

En este y otros casos que veremos en este año electoral, la instrumentalización se camufla hasta volverse prácticamente inapreciable con la simple lectura de la norma. Y es que -como dijo Aldous Huxley- cuanto más siniestros son los deseos de un político, más pomposa, en general, se vuelve la nobleza de su lenguaje. Sin embargo, actuaciones de este tipo provocan el rechazo social y agitan los populismos extremistas. Y, sino, al tiempo.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana