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  • EDICIÓN DE 29/07/2014
 
 

Subvenciones a conceder por el procedimiento de concurrencia competitiva para las ayudas destinadas a las Asociaciones, Agrupaciones de Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de Comerciantes de Andalucía

29/07/2014
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Orden de 11 de julio de 2014, por la que se realiza la distribución de créditos entre ámbitos territoriales, relativos a la Orden de 20 de mayo de 2014, por la que se convocan subvenciones a conceder por el procedimiento de concurrencia competitiva para las ayudas destinadas a las Asociaciones, Agrupaciones de Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de Comerciantes de Andalucía para la creación de Oficinas de Integración Comercial y se aprueba el Cuadro Resumen de las bases reguladoras tipo y los formularios para presentar las solicitudes y alegaciones (BOJA de 28 de julio de 2014). Texto completo.

ORDEN DE 11 DE JULIO DE 2014, POR LA QUE SE REALIZA LA DISTRIBUCIÓN DE CRÉDITOS ENTRE ÁMBITOS TERRITORIALES, RELATIVOS A LA ORDEN DE 20 DE MAYO DE 2014, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A CONCEDER POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LAS AYUDAS DESTINADAS A LAS ASOCIACIONES, AGRUPACIONES DE ASOCIACIONES, FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES DE COMERCIANTES DE ANDALUCÍA PARA LA CREACIÓN DE OFICINAS DE INTEGRACIÓN COMERCIAL Y SE APRUEBA EL CUADRO RESUMEN DE LAS BASES REGULADORAS TIPO Y LOS FORMULARIOS PARA PRESENTAR LAS SOLICITUDES Y ALEGACIONES.

Mediante la Orden de 9 de marzo de 2011, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio (BOJA núm. 58, de 23 de marzo de 2011), la Orden de 20 de mayo de 2014 amplía el objeto de dichas bases reguladoras y aprueba el Cuadro Resumen de las bases reguladoras (BOJA núm. 116, de 18 de junio de 2014), por la que se convocan subvenciones a conceder por el procedimiento de concurrencia competitiva para las ayudas destinadas a las Asociaciones, Agrupaciones de Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de Comerciantes de Andalucía para la creación de Oficinas de Integración Comercial y se aprueba los formularios para presentar las solicitudes y alegaciones.

En el apartado segundo de la Orden de 20 de mayo de 2014 se establece que se podrán crear hasta cinco Oficinas de Integración Comercial por cada una de las provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En el apartado quinto de la citada Orden se establece que las subvenciones concedidas para la creación de las Oficinas de Integración Comercial (OIC) se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias 0.1.18.00.01.00.485.02.76A.0 y 3.1.18.00.01.00.485.02.76A.4.2015, siendo las cuantías totales máximas para el ejercicio 2014 de 1.050.000,00 euros y para 2015 será 350.000,00 euros.

De acuerdo con lo anterior y con lo determinado en el artículo 5 de la Orden de 9 de marzo de 2011 y en el apartado quinto de la Orden de 20 de mayo de 2014, y en virtud del uso de las competencias conferidas en el artículo 115.1 Vínculo a legislación del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y el artículo 44.2 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Único. Distribución de créditos en ámbitos territoriales.

Los créditos a los que se hace referencia en el apartado quinto de la Orden de 20 de mayo de 2014 se distribuyen entre los distintos ámbitos territoriales, establecidos en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen de la citada Orden de 2014, por la que se aprueba el Cuadro Resumen de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de comercio, de la siguiente manera, siendo dicha asignación de cantidades determinadas en función del total de proyectos solicitados en cada una de las provincias:

Tabla omitida.

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