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  • EDICIÓN DE 12/03/2014
 
 

Caso ERE

Anticorrupción recurre la decisión de Alaya de "suprimir" de la causa de los ERE unos correos electrónicos

12/03/2014
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La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido la decisión de la juez que investiga la causa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos de "suprimir" y sacar del procedimiento una serie de correos electrónicos incluidos en un atestado de la Guardia Civil al entender la juez que éstos no eran "relevantes" para el esclarecimiento de los hechos.

SEVILLA, 11 (EUROPA PRESS)

En el recurso de apelación elevado a la Audiencia Provincial de Sevilla, consultado por Europa Press, el Ministerio Público considera "no conforme a derecho" la decisión de la juez Mercedes Alaya, quien "sigue sin dar respuesta jurídica a nuestra pretensión, limitándose a negar la existencia de indefensión".

Para ello, prosigue la Fiscalía, la juez se basa en que el Ministerio Público tiene copia del atestado de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y en que, según dijo en una providencia, "se comentó en presencia del Ministerio Público y de esta proveyente la existencia de ciertos correos que no aportaban nada a la causa y que no debían ser incluidos por el necesario respeto a ciertos derechos fundamentales".

La Fiscalía dice que "no va a entrar a discutir la existencia de esa 'conversación', ni su exacto contenido, pues no usa esta Fiscalía como argumento de su pretensión conversaciones ni comentarios vertidos en despachos".

No obstante lo cual, asevera que la juez "no especifica cuáles sean esos ciertos correos ni cuáles sean esos derechos fundamentales que hay que respetar" y añade que, "aún cuando esta Fiscalía puede llegar a intuirlos, gracias a la lectura de la copia del atestado, lo cierto es que el resto de las partes personadas no" al no habérseles dado traslado del atestado.

Tras remarcar que Alaya "no ha justificado en forma la decisión judicial de devolver el atestado", también rechaza el argumento dado por la juez en cuanto a que la Fiscalía "podrá comprobar per se cuáles han sido suprimidos, pues podemos comparar el atestado antiguo con el nuevo".

"Lógicamente eso será así, no cabe duda, pero con carácter previo la magistrada no puede sustraer al control del fiscal y al conocimiento del resto de las partes ni la identificación de tales correos ni el criterio elegido para su supresión ni el destino que se les dará a los mismos, pues no deberán formar parte no sólo del atestado, sino tampoco de cualquier tipo de documentación anexa, entendiendo que ello debe hacerse mediante resolución motivada en forma de auto".

Al hilo de ello, Anticorrupción añade que en dicha resolución deben constar "de forma clara y precisa las instrucciones dirigidas a la UCO de la Guardia Civil, no sólo para este particular caso sino para todos los demás atestados que se elaboren como consecuencia del análisis de la documentación hallada en los restantes registros realizados en los domicilios de todos los demás imputados".

La Fiscalía considera que "si se produce una inseguridad jurídica" no será achacable a su "legítimo" recurso, sino que se producirá "como consecuencia de la generalización y laxitud de la resolución que ahora se recurre en apelación".

"Se discute a la magistrada la forma en que tal decisión se ha tomado, en aras a evitar cualquier alegación de indefensión y consiguiente nulidad, no solo por esta Fiscalía, sino, muy especialmente, por el resto de las partes, interés que recordemos ostenta esta Fiscalía", que "tiene entre sus obligaciones esenciales e irrenunciables las de 'velar por el respeto de las garantías procesales de los imputados y por la protección de los derechos de la víctima y de los perjudicados por el delito'".

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