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  • EDICIÓN DE 18/10/2013
 
 

TJUE

La justicia europea avala la tasa que impuso España a las eléctricas por los derechos de emisión

18/10/2013
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha avalado este jueves la tasa impuesta por España a las eléctricas en 2006 por beneficiarse de la asignación gratuita de derechos de emisión de CO2 por considerar que no vulnera la legislación comunitaria.

BRUSELAS, 17 Oct. (EUROPA PRESS) -

La sentencia responde a un recurso contra la tasa presentado por Iberdrola, Gas Natural, E.ON, Bizkaia Energía y Bahía de Bizkaia Electricidad. El caso acabó ante el Tribunal Supremo, que preguntó a la justicia europea si esta tasa, cuyo objetivo era reducir el déficit de tarifa, es compatible con las normas de la UE.

En concreto, la medida española en cuestión dispuso que la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica se debía minorar por el importe equivalente al valor de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero asignados gratuitamente a los productores de energía eléctrica para el periodo 2005-2007.

Las eléctricas alegaron que la directiva de comercio de emisiones asigna gratuitamente derechos que pueden explotar comercialmente y que, por tanto deben poder conservar las ganancias obtenidas a partir de estos derechos.

En su fallo de este jueves, el Tribunal de Justicia declara que "esta normativa española es compatible con el derecho de la Unión" ya que "no pretende imponer, a posteriori, una carga por la asignación de los derechos de emisión, sino paliar los efectos de las ganancias inmerecidas a que da lugar la asignación gratuita de derechos de emisión en el mercado eléctrico español".

A este respecto, aclara el fallo, la asignación gratuita de derechos de emisión prevista en la directiva no tenía por objeto conceder subvenciones a los productores, sino mitigar el impacto económico de la introducción inmediata y unilateral por la UE de un mercado de derechos de emisión, evitando una pérdida de competitividad en determinados sectores de producción.

"De ello se infiere que el mecanismo de asignación gratuita de derechos de emisión establecido por la directiva no requiere que los productores de energía eléctrica puedan repercutir el valor de tales derechos en el precio de la electricidad y obtener así ganancias inmerecidas", señalan los jueces.

El Tribunal constata además que esta normativa no perjudica al objetivo medioambiental de la directiva, consistente en incentivar la reducción de las emisiones. "En particular, habida cuenta del hecho de que el valor de los derechos de emisión puede materializarse mediante su venta, esta normativa no tiene por efecto disuadir a los productores de energía eléctrica de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero", apunta la sentencia.

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