MADRID, 7 (EUROPA PRESS)
El tribunal ha dictado este martes un auto en el que especifica que la tramitación del incidente de nulidad que presentaron contra estas grabaciones el propio Correa, y el eurodiputado Ricardo Galeote --con la adhesión del extesorero del PP Luis Bárcenas-- debe ejercerse en aplicación de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
Esta norma especifica en su artículo 240 que la nulidad "debe resolverse por el juzgado ante el que ha sido planteado previo traslado a todas las partes". El juez instructor pidió únicamente al fiscal que se pronunciara sobre la pertinencia de admitir la nulidad, tras la petición planteada por los imputados, en una providencia fechada el pasado mes de marzo.
El ex concejal Peñas, amigo de Correa, grabó durante años las conversaciones mantenidas con el cabecilla de la trama. Estas decenas de horas de grabación fueron aportadas a la Policía y sirvieron como base de la investigación judicial en curso.