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  • EDICIÓN DE 11/11/2011
 
 

Con posibilidad de despido

Mercasevilla inicia un procedimiento disciplinario contra exdirigentes por su papel en el cohecho

11/11/2011
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El procedimiento radica en la apertura de juicio oral contra ellos y les concede un plazo "improrrogable" de 72 horas para alegar

SEVILLA, 10 (EUROPA PRESS)

La sociedad gestora del mercado central de abastos hispalense, Mercasevilla, ha comunicado al que fuera subdirector general de esta empresa participada mayoritariamente por el Ayuntamiento, Daniel Ponce, y a la que fuera coordinadora de proyectos de la ya extinta Fundación Socioasistencial, María Regla Pereira, la apertura de un trámite de audiencia "previo a la imposición de sanción" por su papel en el presunto intento de cobro de comisiones ilegales protagonizado, en 2009, por Ponce y el antaño director general de la lonja, Fernando Mellet. Recientemente, como se recordará, la juez mercedes Alaya, titular del Juzgado de Instrucción número seis, abría juicio oral a través de la Ley del Tribunal del Jurado, contra los cuatro acusados por este presunto delito de cohecho, entre ellos Ponce y María Regla Pereira.

Concretamente, el director general de la sociedad mixta Mercasevilla, Manuel Blanco, ha remitido este mismo jueves a Daniel Ponce y María Regla Pereira, que aún forman parte de la plantilla del mercado central, sendos escritos dando cuenta de la apertura de un "trámite de audiencia" de 72 horas "improrrogables" como medida previa "a la imposición de sanción" a cuenta de los efectos, en el plano laboral, de los hechos investigados por el Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla acerca del posible intento de cobro de comisiones ilegales en el que habrían incurrido Daniel Ponce y Fernando Mellet sobre dos empresarios del grupo hostelero 'La Raza'.

APERTURA DE JUICIO ORAL CONTRA ELLOS

Y es que la citada instancia judicial, mediante un auto fechado el pasado 25 de octubre, ha dictado la apertura de juicio oral contra todos los acusados en esta línea de investigación, --entre ellos los ya mencionados--, con una petición de la Fiscalía de sanción de 900.000 euros y la suspensión de empleo o cargo público, por un periodo de 21 meses, a cuenta de un presunto delito de cohecho.

"La imputación formal en un procedimiento penal como autor de un delito de cohecho no puede ser insignificante desde el punto de vista de las relaciones laborales. (...) Estos hechos que se le pretenden imputar podrían ser constitutivos de faltas laborales muy graves, consistentes en abuso de confianza y deslealtad a la empresa y transgresión de la buena fe contractual tipificados en el convenio colectivo", señala en las dos misivas, recogidas por Europa Press y que conceden un plazo "improrrogable" de 72 horas a cada uno de los afectados al objeto de que aleguen cuanto entiendan oportuno.

"PÉRDIDA DE CONFIANZA"

Y es que, "con independencia de que los hechos imputados sean constitutivos o no de delito o merecedores de reproche penal, lo que se pretende determinar en el presente trámite de audiencia es si la imputación penal, mediante el auto de apertura de juicio oral de fecha 25 de octubre dictado por el Juzgado de Instrucción número seis, constituye transgresión de la buena fe contractual", según se recoge en ambas cartas. Las misivas, así, avisan de que esta "imputación formal" que afrontan Ponce y María Regla Pereira motivan una "pérdida de confianza", toda vez que las sanciones disciplinarias comprendidas en el procedimiento emprendido por Mercasevilla incluyen la posibilidad de despido.

Cabe recordar, al respecto, que ya a comienzos de 2010, el Juzgado de lo Social número once declaró improcedente el despido que Jordi Maymó, entonces director general de Mercasevilla, había consumado sobre Daniel Ponce el 6 de octubre de 2009, extremo que derivó finalmente en su readmisión en el organigrama de la sociedad mixta. No obstante, la propia sentencia que declaraba improcedente este despido admitía la existencia de "irregularidades" en la justificación de gastos cargados por Ponce a las cuentas de Mercasevilla, que habría tolerado en este caso esta situación.

EL DESPIDO INICIAL DE PONCE

Las causas alegadas entonces por Mercasevilla para el despido de Ponce aludían a la falta de justificación de gastos de viaje, la entrega de 9.300 euros en concepto de beca a un "tercero ajeno a la empresa", concretamente Carmen V.M., y la participación en hechos "que podrían ser constitutivos de delito" con "ocultación", negligencia y "absoluta falta de control y desorganización" en la gestión empresarial, en alusión a las diferentes líneas de investigación que pesan sobre la gestión de Mellet y Ponce al frente de la compañía.

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