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  • EDICIÓN DE 29/11/2006
 
 

PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES DEL ÁREA DE ARMAÑÓN

29/11/2006
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Decreto 175/2006, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Plan de ordenación de los recursos naturales del área de Armañón (BOPV de 29 de noviembre de 2006). Texto completo.

§1020193

DECRETO 175/2006, DE 19 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES DEL ÁREA DE ARMAÑÓN.

La Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco exige, previa a la declaración de una zona como Parque Natural, la elaboración y aprobación de un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales.

A tal efecto, y siendo uno de los objetivos del Gobierno Vasco dotar al área de Armañón, situada en el Territorio Histórico de Bizkaia, de un régimen especial de protección mediante su declaración como Parque Natural, se dictó por el Consejero de Industria, Agricultura y Pesca la Orden de 15 de febrero de 1995, por la que se inicia el preceptivo procedimiento para la ordenación de los recursos naturales de dicha área, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco.

Dentro de dicho procedimiento, el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, como órgano redactor, elaboró un documento previo que fue informado por la Diputación Foral de Bizkaia y que, posteriormente, fue sometido a la audiencia de los interesados, titulares de los intereses sociales de la zona, asociaciones relacionadas con el medio natural y Ayuntamientos de Valle de Carranza y Trucios-Turtzioz.

Como resultado de estas consultas, y previo informe del Consejo Asesor de Conservación de la Naturaleza del País Vasco-Naturzaintza que emite con fecha de 28 de octubre de 2004, se dicta la Orden de 23 de noviembre de 2004, del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, que aprueba inicialmente el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del área de Armañón y lo somete a información pública.

Como resultado del trámite de información pública, y teniendo en cuenta las alegaciones presentadas, el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del área de Armañón se aprueba provisionalmente mediante Orden de 16 de mayo de 2005, del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.

El Plan aprobado provisionalmente se remite a la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco para informe que evacua el 3 de junio de 2005.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 19 de septiembre de 2006,

DISPONGO:

Artículo único.– Aprobar el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del área de Armañón, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco. A tal efecto se publican, respectivamente, como anexos I y II al presente Decreto, la parte normativa y el Plano de Ordenación.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

De conformidad con lo establecido en el artículo 6.2 de la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, se adaptarán los instrumentos de ordenación territorial o física que afecten a los municipios de Valle de Carranza y Trucios-Turtzioz a las determinaciones establecidas en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del área de Armañón. Entretanto dicha adaptación no tenga lugar, las determinaciones del Plan se aplicarán en todo caso, prevaleciendo sobre dichos instrumentos de ordenación territorial o física.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Anexos

Omitidos.

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