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XII PREMIO RAFAEL FARRÉ

26/10/2005
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Orden EDC/412/2005, de 5 de octubre, de convocatoria del XII Premio Rafael Farré (DOGC de 26 de octubre de 2005). Texto completo.

§1013201

ORDEN EDC/412/2005, DE 5 DE OCTUBRE, DE CONVOCATORIA DEL XII PREMIO RAFAEL FARRÉ.

Con el propósito de promover la redacción de textos escritos en lengua catalana entre las personas inscritas en los centros y aulas de formación de personas adultas, para recordar la figura de Rafael Farré y su legado personal y profesional en el ámbito de la formación de personas adultas, la Generalidad creó en el año 1995 el Premio Rafael Farré de narrativa corta, con periodicidad anual.

Ahora procede convocar para el año 2005 la duodécima edición del citado Premio.

Por lo anteriormente expuesto, de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el capítulo IX del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobada por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre,

En uso de las facultades atribuidas por el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente,

Ordeno:

Artículo 1

Convocar el XII Premio Rafael Farré, de narrativa corta.

Artículo 2

2.1 El gasto derivado de la entrega de los premios es por un importe máximo de 5.200,00 euros, con cargo a la posición presupuestaria D/480131400/3214 o equivalente del centro gestor EN05, de los presupuestos del año 2006.

2.2 El desglose de los premios que se conceden es el siguiente:

a) Personas inscritas en el ciclo de formación instrumental y en los cursos de lengua, escrita y oral, de las enseñanzas iniciales para personas adultas: uno para narraciones y uno para artículos de opinión, de 1.000,00 euros cada uno, y dos accésit, uno para las narraciones y otro para los artículos de opinión, dotados con 300,00 euros cada uno.

b) Personas inscritas en el ciclo de educación secundaria, en los cursos de preparación de pruebas de acceso a ciclos formativos y universidad u otras actividades formativas para personas adultas: uno para narraciones y uno para artículos de opinión, de 1.000,00 euros cada uno, y dos accésit, uno para las narraciones y otro para los artículos de opinión, dotados con 300,00 euros cada uno.

Al importe de los dos premios Rafael Farré correspondiente a las dos modalidades les será de aplicación la retención correspondiente del IRPF.

Artículo 3

Aprobar las bases que se publican como anexo a esta Orden.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo, pueden interponer, potestativamente, recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que se considere oportuno para la defensa de sus intereses.

Anexo

Bases

.1 Objeto

El objeto de la convocatoria del XII Premio Rafael Farré es promover la redacción de textos escritos en lengua catalana.

.2 Requisitos de los participantes

Pueden optar al premio las personas que, durante el curso 2004-2005, estén inscritas en centros y aulas de formación de personas adultas de Cataluña.

.3 Modalidades del premio

Hay dos modalidades, en función del nivel formativo:

Modalidad A, para personas inscritas en el ciclo de formación instrumental y en los cursos de lengua, escrita y oral, de las enseñanzas iniciales para personas adultas.

Modalidad B, para personas inscritas en el ciclo de educación secundaria, en los cursos de preparación de pruebas de acceso a ciclos formativos y universidad u otras actividades formativas para personas adultas.

En cada una de las modalidades se establece un premio Rafael Farré y un accésit para las narraciones y un premio Rafael Farré y un accésit para los artículos de opinión.

.4 Características

Con motivo de la proclamación, por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas, del año 2006, como Año Internacional de la Educación Física y el Deporte, y teniendo en cuenta que la educación física se considera como elemento esencial de la calidad de la educación y parte integrante de la educación a lo largo de toda la vida de las personas, y que se debe generalizar la educación física y el deporte como un instrumento importante no sólo para la salud y el desarrollo físico, sino también para la adquisición de los valores necesarios para la cohesión social y el diálogo intercultural, las narraciones deben presentar unos personajes en situaciones que permitan hacernos reflexionar sobre la influencia de la educación física y el deporte en el sistema educativo.

Los artículos de opinión deben expresar un modo de mejorar algún aspecto de nuestra educación a través de la práctica del deporte.

.5 Presentación de los trabajos, plazo y documentación

5.1 Cada persona sólo podrá presentar un texto, bien sea una narración bien un artículo de opinión. Debe ser original, inédito, en catalán y no puede haber recibido ningún otro premio.

Se debe presentar un ejemplar en soporte papel, de una extensión entre dos y diez hojas DIN-A4, con interlineado a 1,5 y tamaño de letra 12 (equivalente aproximadamente a 460 palabras por hoja) y una copia en soporte magnético (disquete de 3 pulgadas y media).

5.2 Las narraciones y los artículos de opinión se deben presentar, bien por correo o bien personalmente, en el Registro del Departamento de Educación o bien en los servicios territoriales del Departamento de Educación.

En un lugar bien visible debe hacerse constar que van dirigidas al XII Premio Rafael Farré de comunicación escrita en catalán y la modalidad en que concursan.

Deben indicarse los datos personales de la persona autora: nombre y apellidos, NIF, dirección y teléfono y los datos académicos (actividad formativa que cursa y centro o aula de inscripción).

5.3 El plazo de presentación de los trabajos se inicia el día siguiente de la publicación de esta Orden en el DOGC y finalizará el día 28 de febrero de 2006.

.6 Proceso de selección

6.1 Se delega en el director general de Formación Profesional y Educación Permanente la facultad para resolver esta convocatoria, a propuesta de un jurado.

6.2 El jurado que debe seleccionar los trabajos premiados estará formado por:

El director general de Formación Profesional y Educación Permanente, que actuará como presidente.

Dos funcionarios docentes de formación de personas adultas.

Un representante del mundo de las letras.

Un representante del mundo de la comunicación.

La jefa de la Sección de Gestión Académica de los Centros de Formación de Personas Adultas de la Subdirección General de Formación de Personas Adultas, que actuará como secretaria, con voz pero sin voto.

Todos los miembros serán nombrados por el Presidente.

6.3 Los miembros del jurado están afectados por las causas de abstención y recusación que prevén los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

6.4 El veredicto del jurado, que excepcionalmente podrá declarar desierto el Premio, será inapelable, y se hará público en la dirección http://www.gencat.net/educació, antes de finalizar el curso 2005-2006.

El lugar y la fecha del acto de entrega de los premios se comunicará con suficiente antelación a las personas que hayan resultado seleccionadas.

.7 Difusión de los trabajos

De acuerdo con el Real decreto legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de propiedad intelectual, los textos premiados quedarán a disposición del Departamento de Educación durante el periodo de seis meses, a partir de la fecha de entrega del Premio, con el fin de gestionar, si procede, su publicación. Transcurrido este plazo, pasarán a disposición de sus autores, los cuales, al difundirlos, deberán hacer constar que los textos han sido los ganadores del Premio XII Rafael Farré de comunicación escrita en catalán.

.8 Los beneficiarios estarán obligados a facilitar toda la información requerida por la Intervención General de la Generalidad, la Sindicatura de Cuentas u otros órganos competentes.

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