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  • EDICIÓN DE 13/06/2018
 
 

Plan General de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía

13/06/2018
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Acuerdo de 5 de junio de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan General de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía para los años 2018 y 2019 (BOJA de 12 de junio de 2018). Texto completo.

ACUERDO DE 5 DE JUNIO DE 2018, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN GENERAL DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA LOS AÑOS 2018 Y 2019.

La buena administración y la calidad del sector y de los servicios públicos son factores esenciales para el bienestar social y para el desarrollo económico de cualquier sociedad avanzada e inclusiva. Unas instituciones públicas que refuercen el vínculo colectivo y el bien común son, del mismo modo, un componente crucial hoy en la calidad de la democracia.

Precisamente, la Junta de Andalucía está en un proceso de modernización de la Administración en el que destacan variables tan importantes hoy como el papel central de la ciudadanía; el fortalecimiento de la administración pública andaluza; el refuerzo de sus capacidades; un sector público transparente conducido por la ética y la integridad; y que priorice la calidad de los servicios públicos con el objetivo de alcanzar el uso eficaz y eficiente de los recursos. Una nueva organización, por tanto, orientada a la sostenibilidad; encaminada a la satisfacción de los intereses generales, y a la maximización del bienestar social y del desarrollo económico. Todos ellos son elementos constitutivos de la modernización de la Administración de la Junta de Andalucía para prestar el mejor servicio a la ciudadanía y al conjunto de la sociedad andaluza. A tal fin la prestación de los servicios públicos exige una continua renovación orientada a la mejora de la calidad.

A esta renovación continua ha de cooperar también en sus funciones la Inspección General de Servicios.

La actuación de la Inspección General de Servicios tiene por objeto velar por el cumplimiento de la normativa vigente y comprobar su actuación conforme a los principios de legalidad, eficacia y eficiencia administrativas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Reglamento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 314/2002, de 30 de diciembre Vínculo a legislación. No hay que olvidar en este ámbito que es éste un órgano especializado que ejerce las funciones de inspección con facultades de actuación directa, así como de asesoramiento y colaboración en materias de su competencia. En este sentido, además de todo lo anterior, ha de realizar su labor teniendo en cuenta el análisis de cómo se produce este proceso de construcción y mejora continua de una administración de calidad, tal y como es vocación del Gobierno de la Junta de Andalucía, conforme a los principios de organización, actuación y atención a la ciudadanía que recoge el Capítulo I del Título I de la Ley 9/2007, de 22 de octubre Vínculo a legislación, de la Administración de la Junta de Andalucía.

El Plan General de Inspección se configura como el instrumento de planificación de la actividad de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía en el ámbito de las actuaciones inspectoras de carácter ordinario. Tal y como establece el artículo 16 del citado Reglamento, se someterá a la aprobación del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, previa consulta a las distintas Consejerías.

En el Plan General de Inspección que se aprueba es necesario destacar, entre otras, la continuidad de actuaciones inspectoras relativas a la atención a la ciudadanía, la verificación del cumplimiento de la normativa en materia de incompatibilidades y de protección de datos de carácter personal; el análisis del absentismo o la utilización de herramientas ofimáticas en las Consejerías y entidades instrumentales.

Por otra parte, no puede dejar de destacarse la incorporación de algunas nuevas líneas de trabajo en este Plan; desde el análisis de los cauces de participación no institucional de los empleados y empleadas públicos, hasta las estructuras de evaluación e innovación en el sector público andaluz; o el análisis de los trámites y procedimientos administrativos para la creación de empresas desde la perspectiva de la simplificación y agilización de tales procesos orientados al fomento de la iniciativa económica. Otra de las actuaciones novedosas que se incorporan al Plan son el estudio de las estructuras de ética pública y profesional aplicada en la Administración de la Junta de Andalucía y su funcionamiento; o la evaluación del Programa de Actuación, Inversión y Financiación como instrumento de planificación de las entidades instrumentales de la Junta de Andalucía.

Igualmente, la protección de datos con la aplicación del nuevo Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE Vínculo a legislación (Reglamento general de protección de datos), es un elemento central en este Plan, a cuyo fin hay previsto un programa al efecto, así como las relacionadas con la implantación de la administración electrónica, sobre la que también se contempla una actuación inspectora. Aspectos ambos que, por su importancia, requieren su monitorización tanto en 2018 como en 2019.

También continúa en este Plan un apartado específico sobre transparencia, actividad sobre la que quedan recogidos programas relacionados con las funciones que la Ley 1/2014, de 24 de junio Vínculo a legislación, de Transparencia Pública de Andalucía otorga a la Inspección General de Servicios, en el marco de las actuaciones ordinarias que se contemplen en el Plan General de Inspección. En concreto en el Plan que se aprueba se contempla la verificación de la publicación de información institucional y organizativa por parte de las entidades de la Administración de la Junta de Andalucía, así como la del ejercicio de las funciones atribuidas a las comisiones de transparencia.

Cabe destacar, en último lugar, que dada la naturaleza de no pocas de las actuaciones contenidas en esta ocasión, se hace necesario aprobar que la ejecución de las mismas sea en los años 2018-2019, en orden a un mejor desarrollo operativo y alcance de las citadas actuaciones inspectoras y de sus programas.

En su virtud, de conformidad con el artículo 16.1 del Reglamento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 314/2002, de 30 de diciembre Vínculo a legislación, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 5 de junio de 2018.

ACUERDA

Primero. Aprobación del Plan.

Se aprueba el Plan General de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía para los años 2018 y 2019 que figura como anexo al presente acuerdo.

Segundo. Habilitación.

Se autoriza a la Consejera de Hacienda y Administración Pública para que adopte las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución del citado Plan General de Inspección en el cumplimiento de los objetivos previstos.

Anexos

Omitidos.

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