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Estructura orgánica del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud

07/02/2018
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Orden Foral 85/2017, de 26 de diciembre, de la Consejera de Cultura, Deporte y Juventud, por la que se modifica la Orden Foral 38/2015, de 23 de noviembre, de la Consejera de Cultura, Deporte y Juventud, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud y del Organismo Autónomo Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a nivel de Negociados (BON de 6 de febrero de 2018). Texto completo.

ORDEN FORAL 85/2017, DE 26 DE DICIEMBRE, DE LA CONSEJERA DE CULTURA, DEPORTE Y JUVENTUD, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 38/2015, DE 23 DE NOVIEMBRE, DE LA CONSEJERA DE CULTURA, DEPORTE Y JUVENTUD, POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA, DEPORTE Y JUVENTUD Y DEL ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO NAVARRO DE DEPORTE Y JUVENTUD, A NIVEL DE NEGOCIADOS.

Por Orden Foral 38/2015, de 23 de noviembre Vínculo a legislación, de la Consejera de Cultura, Deporte y Juventud, se desarrolló la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud y del Organismo Autónomo Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a nivel de Negociados.

La presente Orden Foral tiene por objeto la modificación de la estructura a nivel de negociados de la Subdirección de Deporte, del ámbito del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a fin de mejorar la eficacia y eficiencia en su funcionamiento.

El artículo 24.4 Vínculo a legislación de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, establece que los Negociados y otras unidades inferiores a las Secciones se crearán, modificarán y suprimirán mediante Orden Foral del Consejero titular del Departamento en que hayan de integrarse dichas unidades.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre Vínculo a legislación, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

Artículo Único.-Modificación de la Orden Foral 38/2015, de 23 de noviembre Vínculo a legislación, de la Consejera de Cultura, Deporte y Juventud, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud y del Organismo Autónomo Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a nivel de Negociados.

Uno.-Se modifica el artículo 4, que queda redactado como sigue:

“Artículo 4. Estructura del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

El Instituto Navarro de Deporte y Juventud se estructura en los siguientes Negociados:

a) Dependiendo de la Subdirección de Deporte:

-Negociado de Fomento Deportivo.

-Negociado de Juegos Deportivas.

-Negociado de Federaciones Deportivas.

-Negociado de Clubes y Rendimiento Deportivo.

-El Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte se estructura en las siguientes unidades administrativas con rango de negociado:

-Unidad Técnica de Asistencia.

-Unidad Técnica de Investigación.

-Unidad Técnica de Formación.

b) Dependiendo de la Subdirección de Juventud:

-Negociado de Información y Formación.

-Negociado de Movilidad Juvenil.

-Negociado de Creatividad Juvenil y Otros Servicios.

-Negociado de Entidades Locales y Asociaciones Juveniles.

c) Dependiendo de la Subdirección de Desarrollo Estratégico, Infraestructuras y Gestión de Recursos:

-Negociado de Gestión Económico-Administrativo y Procedimental.

-Negociado de Gestión Interna, Logística y de Personal.

-Negociado de Centros de Juventud.”

Dos.-Se modifica el artículo 19, que queda redactado como sigue:

“Artículo 19. Negociado de Federaciones Deportivas.

El Negociado de Federaciones Deportivas, adscrito a la Sección de Entidades y Rendimiento Deportivo, ejercerá las siguientes funciones:

a) Impulso del fomento del patrocinio deportivo, la información y gestión de la tramitación de los expedientes de interés social.

b) Coordinación y seguimiento de las ayudas a federaciones deportivas impulsando su desarrollo deportivo integral y de gestión, su extensión y en especial las funciones delegadas.

c) Coordinación de la gestión de la Casa del Deporte así como de los servicios generales y comunes de la misma.

d) Registro y seguimiento del registro de Entidades Deportivas de Navarra.

e) Seguimiento de las propuestas Estatutos, Reglamentos y procesos electorales de las federaciones, así como el del reconocimiento de las modalidades deportivas y otras autorizaciones.

f) Promoción de los Acuerdos de Ordenación Deportiva a través de las Federaciones Deportivas de Navarra.

g) Promoción, coordinación y apoyo a la colaboración entre federaciones deportivas navarras y de ámbito nacional o supranacional.

h) Promoción y colaboración en el desarrollo de modalidades deportivas que, en Navarra, no disponen de federación deportiva constituida.

i) Colaboración, a través de las Federaciones Deportivas de Navarra, en la gestión de la presencia institucional.

j) Registro, seguimiento y archivo de los expedientes propios de su área competencial.

k) Promoción de las condiciones, diseño, puesta en marcha y seguimiento de los programas de Rendimiento, destinados al alto nivel, alto rendimiento, perfeccionamiento y rendimiento de base, elaborando la propuesta de ayudas y en su caso los correspondientes Acuerdos de Colaboración.

l) Coordinación de las necesidades del deporte de rendimiento, en Navarra, en colaboración con las Federaciones Deportivas y otras entidades de carácter deportivo de ámbito navarro o estatal.

m) Promoción de los intercambios deportivos como instrumento de desarrollo del rendimiento deportivo y las selecciones navarras.

n) Promoción de medidas que faciliten la compatibilidad entre la actividad deportiva y las ocupaciones académicas, personales y laborales.

ñ) Coordinación con los centros que, en su caso, procedan para mejorar las condiciones de entrenamiento de los y las deportistas de Navarra de alto nivel.

o) Coordinación y seguimiento de los acuerdos de usos, en coordinación con la Subdirección de Desarrollo Estratégico, Infraestructuras y Gestión de Recursos tanto referidos a instalaciones subvencionadas de forma convenida por el Instituto Navarro de Deporte y Juventud, como a instalaciones en general.

p) Cualquier otra función similar o complementaria a las anteriores, así como aquellas otras que la Sección de Entidades y Rendimiento Deportivo le encomiende.”

Tres.-Se modifica el artículo 20, que queda redactado como sigue:

“Artículo 20. Negociado de Clubes y Rendimiento Deportivo.

El Negociado de Clubes y Rendimiento Deportivo, adscrito a la Sección de Entidades y Rendimiento Deportivo, ejercerá las siguientes funciones:

a) Coordinación y seguimiento de las ayudas a clubes y deportistas, para la participación en actividades deportivas y competiciones tanto de carácter nacional como internacional, a través de convocatorias y convenios, impulsando su desarrollo deportivo integral y de rendimiento.

b) Registro y seguimiento de los expedientes de patrocinio deportivo destinados a los equipos, actividades o espectáculos considerados de élite, con gran repercusión y rentabilidad social y deportiva.

c) Coordinación y seguimiento de las ayudas a clubes y deportistas, para la organización de acontecimientos y espectáculos deportivos de competiciones tanto de carácter nacional como internacional de repercusión social, y actividades deportivas de especial interés a través de convocatorias y convenios, impulsando su desarrollo deportivo integral y de rendimiento.

d) Promoción y gestión de acuerdos de colaboración con fundaciones y clubes deportivos en temas de especial interés en función del nivel deportivo que, en su caso, correspondan.

e) Tramitación y seguimiento de los soportes distintivos de la imagen corporativa y/o aquella que se determine en la actividad deportiva, de los clubes deportivos y de las actividades de alto nivel que se realicen, con repercusión en los medios de comunicación y en la sociedad.

f) Coordinación y colaboración en el desarrollo de las actividades y competiciones deportivas de las Universidades ubicadas en Navarra.

g) Coordinación y seguimiento del proceso de concesión de los Galardones del Deporte y de las Distinciones Deportivas.

h) Seguimiento y archivo de los expedientes propios de su área competencial.

i) Seguimiento e inventario del marco de ordenación del deporte de rendimiento en Navarra, según las directrices marcadas en los objetivos del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

j) Promoción, sistematización y coordinación de los programas de detección de talentos deportivos.

k) Asesoramiento y coordinación, con las fundaciones de carácter deportivo, del desarrollo de programas destinados a la mejora del deporte de alto rendimiento en Navarra.

l) Tramitación y seguimiento de la utilización de los elementos distintivos de la marca corporativa de las Selecciones de Navarra.

m) Cualquier otra función similar o complementaria a las anteriores, así como aquellas otras que la Sección de Entidades y Rendimiento Deportivo le encomiende.”

Cuatro.-Se suprime el artículo 21. Negociado de Tecnificación Deportiva.

Disposición Final Única. Entrada en vigor.

Esta Orden Foral entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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