Diario del Derecho. Edición de 25/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 15/09/2017
 
 

Ley de ruptura

El TSJC rechaza de momento imponer fianzas a Puigdemont y su Govern por el referéndum

15/09/2017
Compartir: 

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado de momento fijar fianzas para el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y los miembros de su Govern, y ha ordenado adoptar las medidas técnicas necesarias para deshabilitar las webs del referéndum y la de voluntarios.

BARCELONA, 14 (EUROPA PRESS)

Así lo ha acordado en un auto, recogido por Europa Press, la magistrada instructora de la querella, Mercedes Armas, a raíz de las peticiones de medidas cautelares que formuló en ella la Fiscalía Superior de Cataluña.

La magistrada considera que "no ha lugar, por el momento", fijar fianza a los querellados para el aseguramiento de responsabilidades pecuniarias.

SIN PERJUICIO DE HACERLO MAS ADELANTE

Justifica no adoptar la medida por "el incipiente estado de estos autos y de las previsibles diligencias que deberán ir sustanciándose", pero puntualiza que lo hace sin perjuicio de lo que posteriormente, en función del desarrollo de la instrucción, pudiera decidirse.

Argumenta la decisión de ordenar el cierre de la web 'garanties.cat', pese a que no se constata que esté administrada directamente por el Govern, porque su contenido "es claramente atentatorio de las advertencias de que tal Gobierno ha venido siendo objeto y cuya desatención ha provocado estas diligencias", al constatar la estrecha relación de dicha web con la celebración del referéndum.

Y sobre la web de los voluntarios 'https//connectat.voluntariat.gencat.cat/referendum2017', considera que sigue "el camino trazado por el Govern en clara confrontación objetiva con las resoluciones del Tribunal Constitucional, de claros indicios de criminalidad".

"Los plazos y modos del proceso no pueden demorar la tutela judicial que tal situación evidencia, y la medida se ofrece ponderada y proporcionada, pues la información y opciones de participación directa en el referéndum por parte de los ciudadanos que se contienen en dichas páginas ponen en riesgo evidente el efectivo acatamiento de las resoluciones judiciales", afirma.

PUBLICIDAD DEL 1-O

Sobre la petición de la Fiscalía de que se dirija oficio a todos los medios de comunicación públicos y privados para que no difundan la publicidad institucional sobre el referéndum, la juez cree que "la generalidad de este requerimiento choca con la normal actuación jurisdiccional".

Considera que no es trabajo de los órganos judiciales penales advertir dentro de un procedimiento "a cualquier persona física o jurídica, grupo o colectividad de que no cometan actos que pudieran revestir carácter delictivo".

Por eso, pide oficiar al jefe de la unidad de policía judicial de la Guardia Civil que le informe de qué medios de comunicación con sede en Cataluña --a excepción de TV3 y Catalunya Ràdio, ya apercibidos por el TC-- han insertado cualquier tipo de publicidad institucional para requerirles que cesen de publicitarla.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana