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VI Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (2017- 2020)

27/06/2017
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Decreto 91/2017, de 20 de junio, por el que se aprueba el VI Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (2017- 2020) (DOE de 26 de junio de 2017). Texto completo.

DECRETO 91/2017, DE 20 DE JUNIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL VI PLAN REGIONAL DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN (2017- 2020).

La promoción de la investigación, el desarrollo y la innovación científica y técnica son asumidas por la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de las competencias exclusivas que en dicha materia le confiere el artículo 9.1.22 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la redacción de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero Vínculo a legislación.

En virtud del Decreto del Presidente 16/2015, de 6 de julio Vínculo a legislación, le corresponden las competencias en materia de investigación, desarrollo e innovación a la Consejería de Economía e Infraestructuras de la Junta de Extremadura.

La ejecución de los diversos Planes Regionales de Investigación ejecutados desde 1998 hasta la actualidad han permitido configurar y consolidar un Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI), con identidad regional propia, dotado de agentes dinamizadores que están contribuyendo a impulsar la generación, la promoción, el desarrollo y el aprovechamiento de las actividades de I+D+i en Extremadura.

La aprobación de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre Vínculo a legislación, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura, ha dotado al SECTI de una arquitectura institucional, con la creación de órganos específicos en materia de investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico e innovación, como lo son el Consejo Asesor y la Comisión de la Ciencia, Tecnología e Innovación de Extremadura, favorecedores de la puesta en marcha de políticas estratégicas orientadas hacia este ámbito.

En este marco, el artículo 17 Vínculo a legislación de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, establece que el anteproyecto del Plan Regional de I+D+i deberá ser elaborado por la Secretaría General de Ciencia y Tecnología, en función de las directrices y acuerdos de la Comisión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura. En este proceso de elaboración se ha dado participación a todos los agentes que integran el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.

El VI Plan Regional de I+D+i (VI PRI+D+i, 2017-2020) se concibe como una herramienta para el desarrollo del Programa Operativo 2014-2020, perfectamente ligado con la Estrategia Nacional de Ciencia y Tecnología (2013-2020), el Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación (2013-2016) y el Programa Europeo Horizonte 2020, en conexión con la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de Extremadura (RIS3 Extremadura, 2014-2020).

Este Plan Regional asume como objetivo general el fortalecimiento del SECTI, la cultura científica y su convergencia con el conjunto del Estado, impulsando la excelencia investigadora, la intensificación de recursos para la formación, la estabilización del personal dedicado a la investigación así como el desarrollo de una estructura empresarial competitiva en I+D+i.

Asimismo, contempla para la consecución de objetivos específicos diversas prioridades, como son la excelencia y competitividad investigadora; el personal dedicado a la investigación y la carrera investigadora; la potenciación y consolidación de infraestructuras eficientes de I+D+i; Ia I+D+i como motor de cambio social y de modernización de Extremadura; la adecuación de la oferta científica y tecnológica en I+D+i a los sectores empresariales; la internacionalización; y la financiación de la I+D+i.

Estas prioridades recogidas en el VI Plan Regional se desarrollarán en el marco de diferentes líneas estratégicas de interés regional asociadas a la Estrategia de Especialización Inteligente, al desarrollo de la investigación básica, al modelo de desarrollo económico de economía verde, la sociedad digital, las humanidades y las ciencias sociales.

Asimismo, el VI Plan Regional de I+D+i incluye un Catálogo de Actuaciones distribuido en programas para la consecución de los objetivos científicos, tecnológicos y de innovación en función de las prioridades y líneas estratégicas sobre las que se fundamenta. En concreto, las actuaciones se orientarán hacia los Programas de Desarrollo de la Carrera Investigadora, Incorporación de Talento y su Empleabilidad; el Fomento de la Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico; el Desarrollo de la I+D+i en el Tejido Empresarial; el Desarrollo y Organización de los Centros de I+D+i del SECTI y sus Infraestructuras Científicas; y la Transferencia y Difusión de la Cultura Científica.

Por último, y dando cumplimiento el artículo 5 Vínculo a legislación de la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, respecto a la elaboración de un plan estratégico previo al establecimiento de bases reguladoras de éstas, su contenido queda recogido en este VI Plan Regional, en cuanto los objetivos y efectos, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y las fuentes de financiación, así como los indicadores de evaluación y seguimiento relacionados.

Procede, por consiguiente, y con el fin de continuar con el desarrollo de los anteriores Planes Regionales de I+D+i, la aprobación del VI Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnoló- gico e Innovación (VI Plan I+D+i, 2017-2020), realizados todos los trámites que se mencionan en el artículo 17 Vínculo a legislación de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura.

Por todo cuanto antecede, y en virtud y de conformidad con lo establecido en el artículo 90.2 Vínculo a legislación de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta del Consejero de Economía e Infraestructuras, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 20 de junio de 2017, DISPONGO:

Artículo único.

Aprobar el VI Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (2017- 2020), cuyo texto se inserta a continuación de este decreto.

Disposición adicional única. Financiación y gestión.

1. El VI Plan Regional de I+D+i será financiado con fondos procedentes de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y por las aportaciones de otras entidades públicas o privadas.

2. La aportación de la Junta de Extremadura a la financiación del VI Plan Regional de I+D+i se incluirá en una única función de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco de la estructura presupuestaria determinada por la Consejería competente en materia de hacienda.

3. La aportación de la Junta de Extremadura a la financiación del Plan Regional de I+D+i tendrá una tasa positiva de variación anual no inferior al 5 % sobre el presupuesto del ejercicio anterior hasta alcanzar el grado medio público estatal en porcentaje sobre el producto interior bruto.

4. La gestión del VI Plan Regional de I+D+i será competencia de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Disposición transitoria única. Prorroga de la vigencia El Plan Regional vigente se entenderá prorrogado automáticamente hasta la aprobación del siguiente que lo sustituya.

Disposición final primera. Habilitación normativa.

Se faculta al titular de la Consejería competente en la materia para dictar en el ámbito de sus competencias cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Anexo Omitido.

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