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TSJPV

El TSJPV condena a Dinuy a pagar recargo del 30% de prestaciones de una trabajadora incapacitada por enfermedad profesional

18/05/2017
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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha condenado a la empresa Dinuy SA al pago de un recargo del 30% a las prestaciones de Seguridad Social por Incapacidad Temporal y Permanente Total derivadas de Enfermedad Profesional a una trabajadora que había tenido que someterse a múltiples intervenciones quirúrgicas, tras estimar el recurso del sindicato CCOO a una Sentencia del Juzgado número 3 de San Sebastián.

SAN SEBASTIÁN, 17 May. (EUROPA PRESS) -

La central sindical, en un comunicado, ha explicado que la trabajadora de Dinuy, con puesto de trabajo de montaje manual desde 1976, fue intervenida en 2002 por "epicondilitis del brazo derecho". En 2013 fue declarada "no apta" para su profesión habitual, y fue intervenida en cinco ocasiones más, por problemas de epicondilitis y túnel carpiano en ambos brazos.

Según ha denunciado CCOO, Dinuy, "responsable de proteger la salud de la trabajadora, nunca se preocupó por hacerlo". Por un lado, el servicio de prevención de Medical Prevención XXI, "no aconsejaba medidas de protección específicas tras las sucesivas vueltas de la trabajadora a su puesto de trabajo". Por el otro, CEI Prevención "nunca hizo una evaluación ergonómica del puesto".

Además, el sindicato ha resaltado que "se da el agravante de que la persona que realizaba los reconocimientos en Medical Prevención XXI no disponía de la titulación necesaria para ello".

Sin embargo, tal y como ha detallado, el INSS de Gipuzkoa "no reconocía la Incapacidad Permanente, y tuvo que ser el Juzgado de lo social número 1 de San Sebastián quien la reconociera". CCOO puso la situación en conocimiento de Osalan y de la Inspección de Trabajo de Gipuzkoa.

El sindicato ha señalado que esta última en su informe apuntaba que "las graves consecuencias económicas que para las empresas responsables acarrea la concesión de recargo aconsejan extremar la precaución en su concesión", por lo que Inspección "no propuso el recargo".

Tras las demandas impulsadas por CCOO, el TSJPV ha reconocido "la falta de acción preventiva" por parte de Dinuy y le ha condenado a un Recargo del 30% de las prestaciones de la trabajadora. El sindicato ha mostrado su satisfacción por la sentencia, pero ha considerado "urgente" que Osalan "empiece a controlar la actividad preventiva de los Servicios de Prevención Ajenos que actúan en Euskadi".

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