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Órganos superiores y de dirección dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia

19/12/2016
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Decreto 176/2016, de 15 de diciembre, por el que se establecen los órganos superiores y de dirección dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia (DOG de 16 de diciembre de 2016). Texto completo.

DECRETO 176/2016, DE 15 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS ÓRGANOS SUPERIORES Y DE DIRECCIÓN DEPENDIENTES DE LA PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA.

El Decreto 146/2016, de 13 de noviembre Vínculo a legislación, estableció la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, con el fin de adaptarla a las necesidades que el momento actual aconseja acometer, fundamentadas en los criterios de eficacia y economía que inspiran la actuación y la organización administrativa.

En virtud de los criterios arriba indicados, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 23.3 Vínculo a legislación y 26.5 Vínculo a legislación de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, procede ahora establecer los órganos superiores y de dirección dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia, que, por su importancia y naturaleza, procede que queden adscritos funcionalmente a la Presidencia de la Xunta de Galicia.

En su virtud, a propuesta del vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, en el ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 4.15 Vínculo a legislación de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día 15 de diciembre de dos mil dieciséis,

DISPONGO:

Artículo único

a) Dependerán funcionalmente de la Presidencia de la Xunta de Galicia y orgánicamente de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia los siguientes órganos superiores y de dirección:

1. Secretaría General de la Presidencia:

1.1. Dirección General del Gabinete de la Presidencia.

2. Secretaría General de Medios.

2.1. Dirección General de Comunicación.

3. Secretaría General de la Emigración.

4. Secretaría General para el Deporte.

b) Queda adscrita a la Presidencia de la Xunta de Galicia la Agencia de Modernización Tecnológica de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 252/2011, de 15 de diciembre Vínculo a legislación, por el que se crea ésta y se aprueban sus estatutos.

c) Queda adscrita funcionalmente a la Presidencia de la Xunta de Galicia y orgánicamente a la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia la Agencia Turismo de Galicia, en los términos previstos en el Decreto 196/2012, de 27 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se crea ésta y se aprueban sus estatutos.

Disposición adicional primera

Uno. Corresponderán a la persona titular de la Consellería de Hacienda las funciones que los artículos 3 y 4, así como la disposición final segunda del Decreto 252/2011, de 15 de diciembre Vínculo a legislación, por el que se la crea la Agencia de Modernización Tecnológica de Galicia y se aprueban sus estatutos, atribuyen a la persona titular de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

Dos. Los estatutos de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia se modificarán para adaptarse a lo establecido en el párrafo uno de esta disposición adicional.

Disposición adicional segunda

La delegación de competencias otorgada a favor de la Secretaría General de la Presidencia continuará vigente hasta que sea revocada expresamente o nuevamente otorgada.

Disposición transitoria primera

En tanto no se modifica el Decreto 252/2011, de 15 de diciembre Vínculo a legislación, por lo que se la crea la Agencia de Modernización Tecnológica de Galicia y se aprueban sus estatutos, corresponderá a la Secretaría General de la Presidencia la preparación previa de los asuntos de la Amtega que deban elevarse y someterse al Consello de la Xunta de Galicia para su aprobación, así como aquellas otras funciones que se le atribuyan en dicho decreto.

Disposición transitoria segunda

Los órganos dependientes de los órganos superiores y de dirección señalados en el artículo único mantendrán su estructura y funciones hasta que se proceda al desarrollo de la estructura contenida en este decreto.

Disposición transitoria tercera

Las referencias contenidas en las disposiciones adicionales primera y segunda del Decreto 88/2013, de 30 de mayo Vínculo a legislación, de estructura orgánica de los órganos superiores y de dirección dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia, resultan de aplicación a los órganos superiores y de dirección previstos en este decreto, mientras no se regule su nueva estructura orgánica.

Disposición derogatoria

Queda derogado el Decreto 234/2012, de 5 de diciembre Vínculo a legislación, por el que se establecen los órganos superiores y de dirección dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este decreto.

Disposición final

Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

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