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  • EDICIÓN DE 22/11/2016
 
 

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El Supremo confirma la suspensión al juez y ahora senador que participó en una Constitución para Cataluña

22/11/2016
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Un total de 21 magistrados han rechazado su recurso, mientras que otros 11 han votado a favor de levantar la medida disciplinaria

MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

El Pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha confirmado por 21 votos contra 11 la sanción de tres años de suspensión que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) impuso en febrero de 2015 al que fuera magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona y actual senador Santiago Vidal y por participar en la elaboración de una Constitución para Cataluña.

La mayoría de magistrados ha acordado desestimar el recurso presentado por el juez contra la medida disciplinaria adoptada en su contra en febrero de 2015, y en los próximos días se conocerá la sentencia. Los magistrados que han votado en contra redactarán por su parte un voto particular, han informado fuentes del alto tribunal.

La sanción fue impuesta por un órgano de gobierno de jueces también muy fracturado -12 votos frente a 9- al entender que el actual senador de ERC incurrió en una falta disciplinaria muy grave, concretamente por incumplir el deber básico de fidelidad a la Constitución y al ordenamiento jurídico al colaborar para el documento independentista. La sanción supuso la pérdida de destino del magistrado en la Audiencia de la ciudad Condal.

Esta decisión fue, no obstante, bastante más moderada que la propuesta de expulsión de la carrera que defendía tanto la Fiscalía como el promotor de la Acción Disciplinaria, Antonio Jesús Fonseca-Herrero.

PRESCRIPCIÓN DEL EXPEDIENTE

El grueso de la discusión en el Supremo se ha centrado en la posible prescripción del expediente disciplinario abierto a Vidal, aunque en su recurso el magistrado también alegó indefensión.

La propuesta del promotor que justificaba la expulsión de Vidal decía que éste había "participado activamente, y al margen de cualquier cobertura, en un grupo de trabajo de composición heterogénea tenía por objeto elaborar y redactar una 'Constitución catalana'" y que además admitió de forma pública que su intención era ponerla a disposición o que sirviera de modelo para quienes promovieran la celebración de una consulta sobre la independencia de Cataluña.

A ello se añadía, según el promotor, que el magistrado había efectuado "de forma reiterada declaraciones públicas en defensa de la independencia de Cataluña y, asimismo, ha apoyado y participado activa y públicamente en iniciativas políticas que adoptaban instituciones públicas catalanas y entidades privadas sobre un proceso por y para la independencia de Cataluña".

Comentarios - 1 Escribir comentario

#1

La constitución permite su propia modificación por lo tanto aunque la Constitución estableciera que Cataluña es parte de España, lo cual no consta en ningún lado, proponer que se modifique la constitución para que ello ocurra no sería un atentado a la Constitución sino una forma de ejercer las competencias que reconoce. La Constitución lo único que dice es que sólo los que estén dispuestos a seguir bajo su texto actual seguirán siendo españoles. Por otro lado, ¿qué ha del derecho a la libertad de expresión? El ser magistrado ¿no es acaso una condición personal o social por la cual nadie puede ser discriminado? ¿O es que -"todos son iguales en su derecho a no ser discriminado pero algunos son más iguales que otros", como diría Orwell?

Escrito el 22/11/2016 15:11:44 por Alfonso J. Vázquez Responder Es ofensivo Me gusta (1)

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