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Audiencia de León

La Audiencia de León absuelve al ex jefe de Industria de la Junta de prevaricación ambiental por Feixolín

28/10/2016
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La Audiencia Provincial de León ha absuelto al que fuera jefe de Industria de la Junta, Emilio Fernández Tuñón, de los delitos de prevaricación ambiental que se le imputaban, para los que el Fiscal había solicitado una pena de cuatro años de prisión y la inhabilitación para el cargo público durante 15 años.

LEÓN, 27 (EUROPA PRESS)

En la sentencia se han considerado hechos probados que la empresa Minerosiderúrgica de Ponferrada S.A. realizó una explotación minera a cielo abierto en el paraje el Feixolín, situado en Villablino, donde el que fuera jefe de Industria de la Junta, Emilio Fernández Tuñón, otorgó los planes de labores de explotación de 1999 a 2004, "siempre tras el informe técnico e inspecciones favorables", según han informado a Europa Press fuentes jurídicas.

Sin embargo, durante dicho periodo, el Ayuntamiento de Villablino dictó un Decreto en el que se declaraba como no legalizable la actividad de la empresa minera en el Feixolín, superficie sometida a régimen especial de protección forestal y acordó la inmediata suspensión de la actividad en dicha zona.

Por ello, la acusación del Ministerio Fiscal achacó al acusado que durante el periodo en el que fue jefe del servicio territorial de Industria de la Junta, de 1998 a 2008, conocía los daños que se estaban causando al medio ambiente y la ilegalidad de la explotación y permitió la continuación de la explotación de la empresa Minerosiderurgica de Ponferrada S.A. en el Feixolín y no acordó su paralización efectiva.

Sin embargo, la Audiencia Provincial de León ha llegado al convencimiento de que la conducta de Emilio Fernández Tuñón "no posee los elementos precisos para responsabilizarle como autor de un delito de prevaricación ambiental que se le achaca por el Ministerio Fiscal", ni en la modalidad activa, en el dictado de la resoluciones al aprobar el plan de labores anual de la explotación minera, ni tampoco en la modalidad omisiva, por no acordar la suspensión de la actividad pese a conocer que se estaba causando un grave daño al medio ambiente y tener competencias para ello.

La Audiencia ha afirmado que no se considera acreditado que Tuñón, en el ejercicio de su cargo como Jefe del Servicio Territorial de Industria de la Junta, "hubiera estado imbuido por el elemento subjetivo propio de las conductas prevaricadoras", es decir, que hubiera actuado con "intención deliberada y plena conciencia de la ilegalidad e injusticia de tal clase de comportamientos".

Por ello, la Audiencia Provincial de León ha procedido a absolver Emilio Fernández Tuñón del delito de prevaricación ambiental previsto y a declarar de oficio las costas procesales causadas en el procedimiento penal.

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