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Objetivos y responsabilidades de la estrategia de Atención a las Urgencias

04/08/2016
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Orden Foral 274E/2016, de 17 de junio, del Consejero de Salud, por la que se establecen los objetivos y responsabilidades de la estrategia de Atención a las Urgencias tiempo dependientes (BON de 3 de agosto de 2016) Texto completo.

ORDEN FORAL 274E/2016, DE 17 DE JUNIO, DEL CONSEJERO DE SALUD, POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS OBJETIVOS Y RESPONSABILIDADES DE LA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN A LAS URGENCIAS TIEMPO DEPENDIENTES.

La atención a una emergencia tiene como objetivo evitar la muerte y/o disminuir sus posibles secuelas.

El pronóstico de las patologías que se clasifican como emergencias o urgencias tiempo dependientes está directamente relacionado con el tiempo transcurrido desde que se producen hasta que son atendidas.

Un factor clave en este tipo de atención es que el personal médico de primer contacto active de inmediato los correspondientes Códigos Ictus, IAM, Politraumatismo, etc. de manera que toda la organización intra y extrahospitalaria se prepare para la aplicación de los protocolos de atención específicos prediseñados para minimizar el impacto del evento adverso.

El desarrollo de los servicios de emergencia actuales, centrados en la atención in situ prestada lo más rápidamente posible, pretende actuar frente a la elevada mortalidad extrahospitalaria de los pacientes por traumatismos (especialmente derivados de accidentes de tráfico) o con cardiopatía isquémica, y la alta incidencia de secuelas tanto en estos pacientes como en los afectados por un ictus.

Los sistemas de información y comunicación resultan claves para el logro de dicho objetivo y deberán permitir monitorizar los tiempos de atención aplicados en las distintas fases del proceso.

Cada año se producen un total de 35.000 ingresos urgentes hospitalarios y unos 7.500 traslados en UVI-Móvil. En un año se registran en Navarra alrededor de 800 Infartos de Miocardio, más de 1.100 nuevos casos de Ictus cerebral y unos 200 casos de politraumatismos graves; que son los diagnósticos de emergencia sanitaria más frecuentes y unas de las principales causas de mortalidad prematura y que además reducen de manera muy significativa la esperanza de vida libre de discapacidad.

Todo ello justifica plenamente la consideración de las Urgencias Tiempo Dependientes como prioridad de intervención sanitaria.

El Plan de salud de Navarra 2014-2020, aprobado por la Comisión de Salud del Parlamento de Navarra el 16 de septiembre de 2014, establece unos principios de intervención, unos objetivos y un plan de acción que se concreta en 12 Estrategias de Salud Prioritarias una de las cuales es la Atención a las Urgencias tiempo dependientes.

En el mencionado Plan se establece además que, dado su carácter estratégico, es necesario crear estructuras técnicas específicas encargadas de definir el conjunto de prácticas y políticas que deben regir las actuaciones e incorporar mecanismos de seguimiento y evaluación.

Por ello se ha considerado necesario para cada una de la Estrategias, definir diferentes niveles de responsabilidad, estableciendo la figura de Responsable Técnico de la misma, de Coordinadores de Programas y del Comité Técnico, cuyas funciones y nombramiento son definidos mediante la correspondiente Orden Foral.

En esta línea, la Orden Foral 74/2014, de 6 de agosto aprobó la Estrategia de atención a las urgencias tiempo dependientes en Navarra y los Protocolos y los Códigos de Activación del Ictus y del infarto de miocardio. Estableció los objetivos, los protocolos y códigos de activación, y la estructura de responsabilidades técnicas y sus funciones. Así mismo designó al responsable técnico de la Estrategia, a las personas coordinadoras de los distintos Protocolos y códigos de activación y de alguno de los Programas y a los miembros del Comité Director de la Estrategia.

Con posterioridad, el Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, modificó su estructura y se establecieron nuevas áreas de responsabilidad.

La Orden Foral 12/2016, de 2 de febrero Vínculo a legislación, del Consejero de Salud, establece la estructura de la Dirección Gerencia y de los órganos centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a nivel de secciones y de unidades no asistenciales.

Como consecuencia de lo anterior y de los cambios producidos en las personas titulares de algunas de las Direcciones y Jefaturas, procede renovar parcialmente las personas responsables de la estrategia y así mismo definir más claramente algunas de las funciones de la misma.

En razón de lo expuesto y en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 41 Vínculo a legislación de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

1. Aprobar los objetivos generales de la Estrategia de Atención a las Urgencias Tiempo-dependientes, que son los siguientes:

-Disminuir la Mortalidad prematura y evitable por cardiopatía isquémica, ictus, y politraumatizados.

-Disminuir la Morbilidad y la Severidad de las patologías incluidas en los códigos urgencias-tiempo dependientes, aplicando dichos códigos y logrando que se active el dispositivo, previamente a la llegada del paciente al centro hospitalario, al menos en los casos de sospecha de cardiopatía isquémica, ictus, y politraumatizados.

-Disminuir la incidencia de discapacidad y promover la autonomía personal de los pacientes que han sufrido ictus, cardiopatía isquémica, politraumatismos o sepsis, a lo largo del proceso asistencial.

-Fomentar el empoderamiento y el autocuidado de la salud, capacitando a la ciudadanía para la identificación y actuación adecuada ante signos y síntomas de alarma vital.

-Reducir las desigualdades geográficas y por sexo en los resultados de salud sobre todo en el acceso a técnicas intervencionistas primarias en cardiopatía isquémica, e Ictus.

-Contribuir a la sostenibilidad del Sistema Sanitario, reduciendo la estancia media hospitalaria por IAM, ictus, lesiones externas y sepsis en las unidades de agudos.

2. A fin de garantizar en toda Navarra una atención homogénea, equitativa y de elevada calidad técnica a las emergencias:

a) Se desarrollarán Protocolos y Códigos de Activación específicos al menos frente a los siguientes procesos: Parada Cardiaca Extrahospitalaria/Donación en asistolia, Infarto de Miocardio, Ictus, Politraumatismo y Trauma Grave.

b) Progresivamente se podrán incorporar otros Protocolos y Códigos de Activación según prioridades de salud.

c) Para los Protocolos y Códigos Activación aprobados, el Complejo Hospitalario de Navarra actuará como centro de referencia para todo Navarra, coordinando sus actuaciones con el resto de hospitales y centros sanitarios.

3. Aprobar la estructura y funciones de responsabilidades técnicas de la Estrategia de Atención a las Urgencias Tiempo-dependientes:

a) La estructura técnica de la Estrategia estará constituida por:

1.-La persona Responsable Técnico de la Estrategia de Atención a las Urgencias Tiempo-dependientes.

2.-Las personas Coordinadoras de los distintos protocolos y códigos de activación.

3.-Las personas Coordinadoras de los Programas de la Estrategia.

4.-El Comité Técnico de la Estrategia.

b) Funciones de la persona Responsable Técnico de la Estrategia: Al frente de la Estrategia de Atención a las urgencias Tiempo-dependientes se nombrará una persona Responsable Técnico que asumirá las siguientes funciones:

-Asumir la dirección técnica de la Estrategia de Atención a las Urgencias Tiempo-dependientes.

-Impulsar el pleno desarrollo de la Estrategia para el logro de los objetivos previstos en el Plan de Salud de Navarra 2014-2020 en la Atención a las urgencias Tiempo-dependientes.

-Unificar la dirección técnica de la atención a la Urgencia Vital en toda Navarra, estableciendo los centros de referencia.

-Proponer instrucciones técnicas oportunas al personal de los Servicios de Urgencia Intra y Extrahospitalarios para garantizar la aplicación efectiva de los Protocolos y Códigos de Activación de Urgencia Vital.

-Facilitar a los Organismos competentes las instrucciones técnicas oportunas sobre los medios de transporte más adecuados, bien en ambulancia medicalizada o aéreo, que permita la atención a la urgencia vital tanto en medio urbano como rural.

-Elaborar instrucciones para la aplicación de los criterios y circuitos de derivación de la urgencia vital, incluyendo el desarrollo organizativo y los medios necesarios para que los circuitos sean los idóneos y se ajusten a las metas de los tiempos establecidos para la atención a urgencia vital.

-Promover la optimización de los circuitos intrahospitalarios para garantizar tiempos óptimos de atención a la urgencia vital.

-Impulsar el desarrollo de las tecnologías y sistemas de comunicación en Urgencia Vital.

-Establecer los criterios y protocolos para el registro de la atención a la urgencia vital, incluidos los relativos a los tiempos de atención y dictar las instrucciones para su aplicación efectiva.

-Desarrollar el sistema de evaluación de resultados de la atención a la Urgencia Vital.

-Promover las actividades de formación en urgencia vital del personal de los Servicios de Urgencia Intra y Extrahospitalarios.

-Gestionar un espacio web específico de Gestión de Conocimiento relacionado con la atención a la Urgencia en el Portal de Salud.

-Representar al Departamento de Salud en foros técnicos referidos a la Urgencia Vital promovidos por otras organizaciones e instituciones.

-Promover mecanismos de participación de los pacientes en la seguridad de la asistencia.

-Convocar las reuniones del Comité Técnico de la Estrategia, acreditar su realización y la presencia de sus miembros.

-Obligación de elaborar en el primer trimestre de cada año el informe anual de evaluación de la Estrategia y plan de acción previsto para el año en curso.

c) Funciones de las personas Coordinadoras de los de los distintos protocolos y códigos de activación. Al frente de cada uno de los Protocolos y Códigos de activación específicos se designará una persona Coordinadora que asumirá las siguientes funciones en relación al proceso de que se trate:

-Presentar al Comité Técnico para su aprobación el Protocolo y Código de Activación de su competencia, y en concreto de IAM, Ictus, Politraumatismo y Parada cardiorrespiratoria/Donación en asistolia, así como la actualización periódica de estos.

-Establecer los criterios técnicos de calidad de la atención.

-Proponer los criterios y circuitos de derivación y atención.

-Proponer las tecnologías y Sistemas de Comunicación en Urgencia Vital.

-Definir los criterios de registro y evaluación de resultados de la atención.

-Proponer los contenidos formativos en relación al proceso.

d) Las personas Coordinadoras de los Programas de la Estrategia Atención a las Urgencias tiempo dependientes: Al frente de cada uno de los Programas se designará una persona Coordinadora que asumirá las siguientes funciones, en relación al programa de que se trate:

-Establecer los criterios y protocolos en relación a las distintas acciones contempladas en cada uno de los programas y proponer las instrucciones para su aplicación efectiva.

-Impulsar el desarrollo de las acciones previstas en el Plan de Salud referidas al programa correspondiente.

-Definir los criterios de registro y evaluación de resultados de la atención.

-Proponer acciones de mejora a la luz de la evidencia disponible incluyendo modificaciones organizativas y de utilización tecnologías adecuadas que conduzcan a la mejor implantación del programa correspondiente.

-Proponer los contenidos formativos adecuados al desarrollo de los programas que se traten.

-Proponer los retos de investigación en el programa que se trate.

-Elaborar la evaluación del programa.

e) El Comité Técnico de la Estrategia es el órgano técnico de coordinación y asesoramiento de la Estrategia y asumirá las siguientes funciones:

-Proponer las medidas necesarias para implementar la Estrategia de Atención a las Urgencias tiempo dependientes en Navarra.

-Prestar apoyo a la persona Responsable de la Estrategia.

-Planificar el despliegue efectivo de la Estrategia y proponer los objetivos e indicadores clave a incorporar a los Contratos Programa y Pactos de Gestión relacionados con la Estrategia.

-Realizar el seguimiento del despliegue efectivo de la Estrategia y analizar los obstáculos y proponer medidas para su subsanación.

-Proponer modificaciones operativas de la Estrategia.

-Coordinar las actuaciones entre los diferentes programas.

-Establecer centros de referencia, criterios y circuitos de derivación.

-Optimizar los circuitos intrahospitalarios.

-Planificar la ubicación de desfibriladores en centros y servicios de utilización pública.

-Aprobar los protocolos y códigos de activación de urgencias Tiempo-dependientes específicos.

-Diseñar el Plan de Formación.

-Acordar el desarrollo de los sistemas de información.

-Formular propuestas en materia de Tecnología y Sistemas de Comunicación en Urgencia Vital.

-Aprobar el Programa de Capacitación Ciudadana ante la urgencia vital.

-Establecer los indicadores, analizar los resultados de la atención a la Urgencia vital por Áreas y Zona de Salud y aprobar la evaluación anual y final de la Estrategia de Salud que será remitida al Comité Coordinador del Plan de Salud.

-El Comité Técnico establecerá su propio régimen de funcionamiento, nombrará la figura de secretario del Comité, periodicidad de las reuniones, así como designar la persona responsable del área de formación e investigación.

-Con el fin de garantizar una mayor continuidad en el control y seguimiento de la Estrategia, el Comité Técnico podrá constituir una comisión permanente, cuya composición y funciones será aprobada por el comité.

4. Designar al Subdirector asistencial de procesos de hospitalización y urgentes del Complejo Hospitalario de Navarra, Tomas Belzunegui Otano, como Responsable técnico de la Estrategia de Atención a las Urgencias tiempo dependientes.

5. Designar a las siguientes personas Coordinadoras de protocolos y códigos de activación:

-María Soledad Alcasena Juango como Coordinadora Técnica del Protocolo y Código de Activación del Infarto de Miocardio.

-Jaime Gállego Culleré como Coordinador Técnico del Protocolo y Código de Activación del Ictus.

-Bernabé Fernández Esain como Coordinador Técnico del Protocolo y Código de Activación del Politraumatismo.

-Diego Reyero Diez como Coordinador Técnico del Protocolo y Código de Activación de la Atención a la Parada Cardíaca Extrahospitalaria/Donación en Asistolia.

6. Designar a las siguientes personas Coordinadoras de programas:

-Javier Turumbay Ranz como Coordinador del Programa de Tecnología y comunicación de urgencia vital.

-Diego Reyero Diez como Coordinador del Programa de Capacitación Ciudadana frente a la Urgencia Vital.

7. El Comité Técnico de la Estrategia de Atención a las Urgencias tiempo dependientes se compone de los siguientes miembros:

-La persona Responsable de la Estrategia que actuará como presidente.

-Las personas Coordinadoras de los protocolos y códigos de activación de Ictus, IAM, Politraumatismo y Atención a la Parada Cardiaca Extrahospitalaria/Donación en asistolia.

-Las personas Coordinadoras de cada uno de los Programas.

-El Subdirector de Urgencias Extrahospitalarias: Luis Otermin Fagoaga.

-El Subdirector de Atención Primaria: Borja Azaola Estevez.

-El Jefe del Servicio de Urgencias del CHN: Javier Sesma Sánchez.

-El jefe del servicio de Urgencias del Hospital de Tudela: David Cambra Ria.

-La Jefa de Sección de Urgencias del Hospital de Estella: M.ª del Mar Paternain Osés.

-El Jefe Sección de S.O.S Navarra. Responsable de los operadores de sala: Jose J. Pascual Garralda.

-La Jefa del Área de Cuidados en procesos urgentes del Complejo Hospitalario de Navarra: Arantza Elizondo Sotro.

-Miembros de Unidad Técnica de apoyo al Plan de Salud: Isabel Sobejano Tornos/ Carmen Fuertes Goñi.

8. No obstante, hasta que por parte del Comité Técnico de la Estrategia no sean aprobados las correspondientes actualizaciones de los Códigos Infarto y Código Ictus, se mantendrán vigentes los recogidos en la Orden Foral 74/2014, de 6 de agosto, de la Consejera de Salud.

9. Dejar sin efecto la Orden Foral, de 6 de agosto, de la Consejera de Salud, por la que se aprueba la Estrategia de atención a las urgencias Tiempo-dependientes en Navarra. No obstante, hasta que por parte del Comité Técnico de la Estrategia no sean aprobadas las correspondientes actualizaciones de los Códigos Infarto y Código Ictus, se continuarán utilizando los recogidos en la Orden Foral 74/2014 antes citada.

10. Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra a los efectos oportunos.

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