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  • EDICIÓN DE 24/05/2016
 
 

Procedimiento de gestión y recaudación de las tasas, precios públicos y otros derechos

24/05/2016
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Orden EYH/421/2016, de 17 de mayo, que modifica la Orden HAC/1160/2012, de 28 de diciembre, por la que se desarrolla el procedimiento de gestión y recaudación de las tasas, precios públicos y otros derechos de la Comunidad y se establecen normas sobre su contabilidad (BOCYL de 23 de mayo de 2016). Texto completo.

ORDEN EYH/421/2016, DE 17 DE MAYO, QUE MODIFICA LA ORDEN HAC/1160/2012, DE 28 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE DESARROLLA EL PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN Y RECAUDACIÓN DE LAS TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS DERECHOS DE LA COMUNIDAD Y SE ESTABLECEN NORMAS SOBRE SU CONTABILIDAD.

La disposición final primera del Decreto 45/2002, de 21 de marzo, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y recaudación de las tasas y otros derechos no tributarios dispone que sea la Consejería de Economía y Hacienda quien dicte las normas necesarias para el desarrollo y la aplicación de este decreto y para la contabilidad de las tasas y los restantes ingresos de derecho público.

En virtud de esta habilitación se dictó la Orden HAC/1160/2012, de 28 de diciembre, por la que se desarrollaba el procedimiento de gestión y recaudación de las tasas, precios públicos y otros derechos de la Comunidad y se establecían normas sobre su contabilidad, cuya redacción fue posteriormente adaptada a las necesidades del momento por la Orden HAC/298/2014, de 21 de abril, que modificó la Orden HAC/1160/2012, de 28 de diciembre.

Durante los últimos años, la Administración Tributaria de la Comunidad de Castilla y León ha primado la mejora y ampliación del servicio de asistencia tributaria prestada a los ciudadanos por los órganos gestores y las secciones de asistencia e información tributaria de los Servicios Territoriales de Economía y Hacienda. Asimismo y se ha constatado la eficacia de los sistemas telemáticos implantados para elaborar el modelo 046 de pago de las tasas y precios públicos de esta Administración, sin perjuicio de las facultades de gestión, liquidación y recaudación en periodo voluntario de las tasas y otros derechos no tributarios que corresponde a las Consejerías o entidades de la Administración Institucional que prestan el servicio y realizan la actividad que genera el ingreso.

Como novedad, esta norma pretende generalizar la opción de pago del modelo 046 a través de cualquiera de las entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Comunidad de Castilla y León cuando corresponda efectuar algún ingreso por las tasas, precios públicos u otros derechos de la Comunidad. Este medio de pago estaba reservado, hasta ahora, a los supuestos de ingreso telemático del modelo 046 en la Oficina Virtual. De esta forma, se consigue simplificar y facilitar a los ciudadanos el pago para la obtención de los servicios solicitados de esta administración autonómica.

En consecuencia, se modifica la imagen del modelo de autoliquidación 046, contenida en el Anexo I, para incorporar el pago en entidades colaboradoras.

Por último, se suprime el Anexo II, que recogía la codificación de tasas y precios públicos, para sustituirlo por su publicación en el Portal Tributario de la Junta de Castilla y León, logrando así un acceso mejor, más rápido y con mayor garantía de seguridad jurídica para los ciudadanos ante los cambios que se producen frecuentemente en la relación de los códigos.

La norma se estructura en cuatro artículos, una disposición transitoria y una disposición final sobre la entrada en vigor.

Por todo lo expuesto y en virtud de las competencias anteriormente citadas,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación del artículo 3 de la Orden HAC/1160/2012, de 28 de diciembre, por la que se desarrolla el procedimiento de gestión y recaudación de las tasas, precios públicos y otros derechos de la Comunidad y se establecen normas sobre su contabilidad.

Se modifican los apartados 1, 2 y 3 del artículo 3 de la Orden HAC/1160/2012, de 28 de diciembre, por la que se desarrolla el procedimiento de gestión y recaudación de las tasas, precios públicos y otros derechos de la Comunidad y se establecen normas sobre su contabilidad, que quedan redactados en los siguientes términos:

“1. El pago de las tasas, precios públicos y otros derechos podrá realizarse por las siguientes vías:

Presencial.

Telemática, desde la Oficina Virtual (OVIA), mediante el acceso directo de los interesados o con la intervención y asistencia de empleado público.

2. Cuando el pago se realice de manera presencial, el ingreso podrá efectuarse:

a) En cualquiera de las entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Comunidad de Castilla y León que admitan el modelo 046.

b) En la cuenta restringida de recaudación específicamente autorizada para recibir los pagos.

3. En los casos de los pagos a los que se refiere la letra b) del apartado 2 anterior, el órgano gestor de la tasa o precio público deberá incorporar a OVIA los datos de la autoliquidación dentro de los cinco días siguientes a la presentación por el interesado ante el órgano gestor del documento justificativo del pago.”.

Artículo 2. Modificación del artículo 6 de la Orden HAC/1160/2012, de 28 de diciembre, por la que se desarrolla el procedimiento de gestión y recaudación de las tasas, precios públicos y otros derechos de la Comunidad y se establecen normas sobre su contabilidad.

Se modifica el artículo 6 de la Orden HAC/1160/2012, de 28 de noviembre, por la que se desarrolla el procedimiento de gestión y recaudación de las tasas, precios públicos y otros derechos de la Comunidad y se establecen normas sobre su contabilidad, que queda redactado en los siguientes términos:

“Las liquidaciones y autoliquidaciones de las tasas y de los precios públicos se identificarán a través de los códigos incluidos en la tabla que el centro directivo competente en materia de tributos actualizará y publicará en el Portal Tributario de la Junta de Castilla y León.”.

Artículo 3. Modificación del Anexo I de la Orden HAC/1160/2012, de 28 de diciembre, por la que se desarrolla el procedimiento de gestión y recaudación de las tasas, precios públicos y otros derechos de la Comunidad y se establecen normas sobre su contabilidad.

Se modifica el Anexo I de la Orden HAC/1160/2012, de 28 de noviembre, por la que se desarrolla el procedimiento de gestión y recaudación de las tasas, precios públicos y otros derechos de la Comunidad y se establecen normas sobre su contabilidad, que se sustituye por el Anexo I de esta orden.

Artículo 4. Supresión del Anexo II de la Orden HAC/1160/2012, de 28 de diciembre, por la que se desarrolla el procedimiento de gestión y recaudación de las tasas, precios públicos y otros derechos de la Comunidad y se establecen normas sobre su contabilidad.

Queda suprimido el Anexo II de la Orden HAC/1160/2012, de 28 de noviembre, por la que se desarrolla el procedimiento de gestión y recaudación de las tasas, precios públicos y otros derechos de la Comunidad y se establecen normas sobre su contabilidad.

Disposición transitoria. Relación de entidades colaboradoras.

El centro directivo competente en materia de tributos publicará y mantendrá actualizada en el Portal Tributario de la Junta de Castilla y León la relación de entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Comunidad que permitan el cobro del modelo 046 mediante este sistema, en tanto no sea admitido por todas ellas.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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