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  • EDICIÓN DE 19/05/2016
 
 

Ministerio de Justicia

Justicia asegura que "en ningún caso" se archivarán causas penales por los plazos impuestos por la LECrim

19/05/2016
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Está convencido de que se cumplirá con la fecha límite del 6 de junio a pesar de "algunas dificultades"

MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

El Ministerio de Justicia ha asegurado este miércoles que "en ningún caso" se archivarán causas penales por el cumplimiento del plazo al que obliga el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) que establece el próximo 6 de junio como fecha límite para clasificar todas las causas judiciales abiertas en España como complejas o no complejas, lo que determinará el plazo máximo para su instrucción.

Según han explicado fuentes de Justicia a Europa Press, las "pocas" causas que se queden sin catalogar antes de la fecha prevista por la ley serán declaradas como complejas, por lo que no podrán ser archivadas, tal y como contempla la propia LECrim en el punto uno del artículo 324.

No obstante, la convicción del departamento que dirige en funciones Rafael Catalá es que se va a poder cumplir con el plazo a pesar de "algunas dificultades".

El Consejo Fiscal ha advertido este miércoles, no obstante, de la imposibilidad de cumplir con la LECrim. "La actual tesitura no permite a los fiscales asumir con seguridad la parcela de responsabilidad que les corresponde en la tramitación en plazo de los procedimientos penales", ha señalado este órgano consultivo presidido por la fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal.

El ministro Rafael Catalá y Consuelo Madrigal tienen previsto reunirse este jueves para analizar la situación actual de la revisión de las causas. Sobre este punto, Justicia ha reconocido el esfuerzo del Ministerio Público y ha recordado que reforzó con 80 plazas a las fiscalías para cumplir la LECrim.

INSTRUCCIÓN DE LAS CAUSAS

En un comunicado, el Consejo Fiscal ha explicado que el problema surge por la falta de atribución definitiva de la investigación de los delitos al Ministerio Fiscal. "La Ley de Enjuiciamiento Criminal atribuye al titular del órgano jurisdiccional la dirección de la instrucción y al Letrado de la Administración de Justicia -antiguos secretarios judiciales-, el impulso y la custodia de los procedimientos", lamenta el Consejo Fiscal.

Esto mismo ha provocado un cruce de reproches entre la Unión Progresista de Fiscales (UPF) y las asociaciones de letrados de la Administración de Justicia a cuenta de las responsabilidades de cada cuerpo en la revisión de las causas como complejas o no complejas.

Considerando los medios actuales, considera el Consejo Fiscal, los términos del artículo 324 "resultan de difícil o imposible cumplimiento, máxime en ausencia de la prometida instrucción al cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia".

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