Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 19/05/2016
 
 

Tras ser multado por exceso de velocidad

Condenado un policía por identificar falsamente como conductora de su coche a una mujer

19/05/2016
Compartir: 

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha condenado a un policía nacional, captado por un radar cuando conducía su vehículo particular a 90 km/h por la Castellana, por identificar falsamente como conductora del coche a una vecina de Miranda de Ebro.

MADRID, 18 May. (EUROPA PRESS) -

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que el Alto Tribunal le pena por un delito de intento de estafa a 3 meses de prisión.

De este modo, anula la condena por el delito de descubrimiento y revelación de secretos, que también apreció en primera instancia la Audiencia de Madrid, al no considerar probado que los datos de dicha mujer los obtuviese el acusado de las bases de datos que tenía a su disposición como agente de Policía. Por ello, la pena se rebaja de 2 años y medio de cárcel, a 3 meses.

Los hechos ocurrieron a las 4,28 horas del 23 de marzo de 2011, cuando el agente, al volante de su turismo, fue detectado en el Paseo de la Castellana, de Madrid, por un radar estático circulando a velocidad excesiva (91 kilómetros por hora, cuando el límite, al ser casco urbano, era de 50 km/h. La infracción, de carácter grave, llevaba aparejada 500 euros de multa y 6 puntos del carné.

Al ser requerido para identificar al conductor, hizo constar en el impreso oficial, por sí mismo u otra persona a instancia suya, el nombre y dirección de una vecina de Miranda de Ebro (Burgos), que en marzo de 2012 recibió una notificación de Tráfico detallando la pérdida de puntos, lo que destapó el engaño. La mujer, en el momento de la captación por el radar de la infracción de velocidad, se encontraba en Burgos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana