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Audiencia Provincial de Asturias

Condenado a 19 años y medio de cárcel del pastor evangélico que abusó de dos menores

13/05/2016
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La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias con sede en Gijón ha condenado a 19 años y medio de prisión al pastor evangélico acusado de abusar de dos menores, a una de las cuales dejó embarazada cuando tenía 15 años, han confirmado a Europa Press fuentes jurídicas.

GIJÓN, 12 (EUROPA PRESS)

En concreto, se le condena a ocho años y medio de cárcel por un delito continuado de abusos en el caso de la menor a la que dejó embarazada, al tener más de 13 años en el momento de los hechos, mientras que en el de la otra niña de le aplica una condena de once años de cárcel.

Además, deberá pagar una indemnización de 30.000 euros a la primera y de 15.000 a la segunda, y tampoco podrá aproximarse a las víctimas o a sus progenitores durante 10 años. Respecto al niño que nació fruto de los abusos, la Audiencia le condena al pago de una pensión alimenticia de 300 euros mensuales.

En la sentencia, el tribunal da veracidad a las declaraciones de las víctimas y los testigos de referencia, y recalca las contradicciones del acusado, quien en principio negó los hechos para luego justificar que tuvo una relación extramatrimonial con la menor que quedó embarazada.

También se incide en que hizo uso de su condición de pastor evangélico y su relación de amistad con las familias de las menores para cometer los abusos. Contra esta sentencia cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

Cabe recordar que inicialmente la Fiscalía solicitaba para el procesado un total de 22 años de prisión por los abusos a las dos menores, una nacida en 1996 y otra en 2000. La sentencia rebaja en parte esa pena pero mantiene la de las indemnizaciones solicitadas.

La acusación particular, representada por la abogada Ana María González, de la Asociación Atención a Víctimas de Agresiones Sexuales y Malos Tratos de Asturias (Cavasym), pedía la misma condena que el Ministerio Público y la defensa, representada por el letrado José Antonio Rivero, la libre absolución de su cliente.

Según el relato de hechos, las dos menores, amigas entre ellas, pertenecían a la Iglesia Evangélica y acudían al culto que oficiaba el acusado desde 2010, primero en Lugones y posteriormente en Villaviciosa, donde residían. En Villaviciosa acudían inicialmente a un local de la Iglesia Evangélica y cuando cerró, lo hicieron en casa del procesado.

Este estaba casado con una mujer de nacionalidad sudamericana, al igual que las niñas, lo que estrechó el vínculo de confianza entre las familias de las menores y el procesado, de tal forma que a veces quedaban en casa de este y su esposa.

UNA AVENTURA

El procesado, aprovechaba esos momentos para abusar de las dos menores, aunque solo mantuvo relaciones sexuales completas con la mayor. Fue a raíz del embarazo de esta cuando se presentó la denuncia, en 2012, y se descubrió los abusos a la otra niña. En el momento de los hechos, el hombre, natural de Asturias, tenía 52 años.

Durante el juicio, el acusado reconoció haber tenido con la mayor de las menores una "aventura", si bien con la menor señaló que les hacía cosquillas y que alguna vez se le pudo ir la mano. También puso en duda, al igual que lo hiciera su mujer, la prueba de ADN que prueba, a un 99 por ciento, que él es el padre del niño que tuvo.

Las relaciones sexuales completas se iniciaron cuando la menor tenía 14 años, por lo que su abogado señaló que eran consentidas y por tanto no condenables penalmente. En este caso, la acusación particular ha incidido en que él tenía unos 40 años más que las menor y que no puede darse por válido el consentimiento, ya que ellas lo tenían como un padre, además del pastor de su iglesia evangélica, por lo que era una figura ejemplar. Las niñas sostuvieron además que él les dijo que no contaran nada y llegó a advertirles de que si lo decían él hablaría mal de ellas y todos lo creerían.

Tampoco ha aceptado la acusación particular el argumento de la defensa de que las familias de las menores le habían denunciado para extorsionarle, al recalcar que ni siquiera se le pidió pensión de alimentos cuando la prueba de ADN confirmó hace dos años que el procesado era el padre del hijo que tuvo la más mayor.

FALSO PASTOR EVANGÉLICO

Aunque en el juicio no se abordó esa cuestión, desde el Consejo Evangélico del Principado de Asturias (Cedpa) se ha sostenido siempre que el acusado no es miembro de "ninguna" Iglesia evangélica de Asturias, "ni mucho menos ha sido ordenado pastor o reconocido como tal".

Según el Cedpa, este "autodenominado pastor evangélico" no tiene el "aval" que otorga el Consejo para ser reconocido como tal. "Más bien al contrario", ha matizado. En este caso, ha explicado Rubiales, se trata "sin ninguna duda" de un "falso pastor evangélico" que "se autoproclama a sí mismo como tal sin ningún fundamento".

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