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Audiencia de Valencia

Condenan a siete años de cárcel a un hombre que intentó matar a su mujer a puñaladas

03/03/2016
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La sección primera de la Audiencia de Valencia ha condenado a siete años y medio de cárcel a un hombre que intentó matar a su mujer de 16 puñaladas en la localidad de Catadau tras decirle ella que la relación había terminado. La sala ha considerado que concurre la agravante de parentesco y la atenuante de reparación del daño, ya que el acusado ingresó 44.550 euros en la cuenta de depósitos judiciales.

VALENCIA, 2 (EUROPA PRESS)

El ahora condenado, que cometió los hechos en presencia de una hija menor de edad, tiene prohibido acercarse a menos de 500 metros de su mujer durante nueve años y está inhabilitado para ejercer la patria potestad sobre la niña durante el mismo tiempo.

La sala ha considerado probado que el 10 de agosto de 2014, el acusado, Román, mantuvo una discusión con su mujer motivada porque le empezó a revisar el móvil pensando que recibía whatsApps de otro hombre. La esposa trató de recuperar el teléfono y llegaron a bajar ambos a la calle, momento en el que el acusado aprovechó para coger un cuchillo de casa de su madre, que vivía en el piso de abajo.

En la vía pública mantuvieron la discusión hasta que la mujer regresó a la vivienda donde Román la siguió. Una vez en el dormitorio, la mujer le dijo que la relación había terminado y él le comenzó a propinar puñaladas por todo el cuerpo. Al oír sus gritos, la hija menor del matrimonio se despertó y apareció en la puerta del cuarto. En la casa dormía otra pareja amiga, que también escuchó lo sucedido. El marido bajó a la calle y se sentó en la acera, donde fue detenido por la Guardia Civil.

La víctima sufrió 16 puñaladas en hombro, espalda, abdomen, mano y codo, que constituyeron "un grave riesgo mortal" de no haber sido atendidas con "urgencia" por importante hemorragia. La mujer tardó 122 días en curarse, de los que diez estuvo hospitalizada.

Para la sala, los hechos constituyen un delito de homicidio en grado de tentativa, ya que descarta la existencia de enseñamiento porque "no queda probado ni la provocación de un sufrimiento añadido a la víctima ni que el autor haya ejecutado el apuñalamiento por mucho que sean 16 veces de modo consciente y deliberado, que ya no están dirigidos de modo directo a la consumación del delito sino al aumento del sufrimiento de la víctima".

Asimismo, no contempla la concurrencia de ninguna eximente o atenuante de alteración psíquica o intoxicación alegada por la defensa ya que el marido aseguraba que había consumido cocaína.

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