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Organización y funcionamiento del sistema de peritaciones judiciales

16/12/2015
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Orden 3/2015, de 4 de diciembre, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se modifica la Orden de 23 de julio de 2001, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, que regula la organización y funcionamiento del sistema de peritaciones judiciales (DOCV de 15 de diciembre de 2015). Texto completo.

ORDEN 3/2015, DE 4 DE DICIEMBRE, DE LA CONSELLERIA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, REFORMAS DEMOCRÁTICAS Y LIBERTADES PÚBLICAS, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 23 DE JULIO DE 2001, DE LA CONSELLERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, QUE REGULA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE PERITACIONES JUDICIALES.

La Orden de 23 de julio de 2001, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, regula la organización y funcionamiento del sistema de peritaciones judiciales.

En dicha orden se establece el precio para el ejercicio 2001 por cada pericia, fijándolo en 90,15 euros. Excepcionalmente y con el informe favorable y razonado del colegio profesional competente, cuando se considere que una pericia conlleva una especial dificultad y coste para el perito designado, la Dirección General de Justicia de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas podrá resolver su pago al precio de 150,25 euros.

A lo largo de estos años, desde los distintos ámbitos profesionales, los peritos judiciales han desempeñado una extraordinaria labor de colaboración con los órganos judiciales de la Comunitat Valenciana, garantizando el derecho fundamental a la defensa y a la tutela judicial efectiva.

Transcurrido este largo periodo de tiempo sin haber revisado ni actualizado los importes de las pericias, que ya en 2001 tenían un marcado carácter social, se considera oportuno revisar el precio establecido en el apartado once de la referida Orden de 23 de julio Vínculo a legislación de 2001, para su aplicación en el presente y futuros ejercicios presupuestarios.

Para la elaboración de la presente orden se ha seguido el procedimiento establecido en el artículo 43.1 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, habiendo dado audiencia a los colegios profesionales afectados.

En virtud de cuanto antecede, haciendo uso de las atribuciones conferidas por los artículos 28 y 37 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, así como el artículo 4 del Decreto 154/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas ORDENO Artículo único. Modificación de la Orden de 23 de julio de 2001 Modificar el apartado once de la Orden de 23 de julio de 2001, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, sobre organización y funcionamiento del sistema de peritaciones judiciales, y añadir una disposición adicional única, que quedan redactados tal y como se establece a continuación en el anexo único a esta orden.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

ANEXO

Once

El precio que se fija por cada pericia es de 150 euros. Excepcionalmente y con el informe favorable y razonado del colegio profesional competente, cuando se considere que una pericia conlleva una especial dificultad y coste para el perito designado, la Dirección General de Justicia, podrá resolver su pago al precio de 300 euros.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Actualización de importes económicos

Se autoriza a la persona titular de la dirección general que ostente las competencias en materia de justicia, para dictar las resoluciones oportunas para actualizar los importes económicos establecidos en la presente orden

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