Diario del Derecho. Edición de 25/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 02/12/2015
 
 

Convalidación del Decreto-Ley 3/2015

02/12/2015
Compartir: 

Resolución por la que se ordena la publicación del acuerdo del Pleno de la Asamblea Regional de Murcia, de fecha 29 de octubre de 2015, por el que se acuerda la convalidación del Decreto-Ley 3/2015, de 7 de octubre, por el que se modifican los requisitos de acceso a la prestación económica de cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales del sistema de la dependencia, así como la intensidad en su prestación y se regula la acreditación de las comunidades hereditarias para reclamar los atrasos devengados y no percibidos por las personas dependientes fallecidas (BORM de 1 de diciembre de 2015). Texto completo.

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DEL PLENO DE LA ASAMBLEA REGIONAL DE MURCIA, DE FECHA 29 DE OCTUBRE DE 2015, POR EL QUE SE ACUERDA LA CONVALIDACIÓN DEL DECRETO-LEY 3/2015, DE 7 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE MODIFICAN LOS REQUISITOS DE ACCESO A LA PRESTACIÓN ECONÓMICA DE CUIDADOS EN EL ENTORNO FAMILIAR Y APOYO A CUIDADORES NO PROFESIONALES DEL SISTEMA DE LA DEPENDENCIA, ASÍ COMO LA INTENSIDAD EN SU PRESTACIÓN Y SE REGULA LA ACREDITACIÓN DE LAS COMUNIDADES HEREDITARIAS PARA RECLAMAR LOS ATRASOS DEVENGADOS Y NO PERCIBIDOS POR LAS PERSONAS DEPENDIENTES FALLECIDAS.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.3. del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, en la redacción dada por la Ley Orgánica 7/2013, de 28 de noviembre, el Pleno de la Cámara acordó la convalidación del Decreto-Ley 3/2015, de 7 de octubre, por el que se modifican los requisitos de acceso a la prestación económica de cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales del sistema de la dependencia, así como la intensidad en su prestación y se regula la acreditación de las comunidades hereditarias para reclamar los atrasos devengados y no percibidos por las personas dependientes fallecidas, publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 235, de 10 de octubre de 2015. Asimismo, se acordó su tramitación como proyecto de ley.

Dicho acuerdo debe ser publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, lo que se ordena para general conocimiento.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana