RESOLUCIÓN DE 17 DE DICIEMBRE DE 2014, POR LA QUE SE DECLARA SUJETA AL TRÁMITE DE SUPERVISIÓN DE LA ACTUACIÓN GENERADORA DEL GASTO A LA DIRECCIÓN GERENCIA DEL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD
El Decreto 80/2012, de 27 de diciembre , creó la Oficina de Supervisión Integral del Gasto del Sector Público Autonómico de Cantabria, entre cuyas funciones se contempla la supervisión de las propuestas de gasto que los órganos gestores del sector público autonómico pretendan tramitar con cargo a los capítulos presupuestarios que se determinan en su Decreto de creación, con el fi n de garantizar la máxima uniformidad en la determinación de las prioridades de gasto y mejorar la e fi ciencia en la prestación de los servicios públicos.
Tras declarar sujetas a este nuevo modelo de gestión y supervisión integral del gasto, de manera gradual, a la totalidad de las Consejerías del Gobierno de Cantabria, a la Agencia Cántabra de Administración Tributaria y a todos los organismos autónomos excepto el Servicio Cántabro de Salud, procede continuar ahora con su implantación efectiva a este último.
Esta implantación se realizará igualmente de manera gradual, extendiéndose progresiva- mente a cada uno de sus órganos de dirección, comenzando por la Dirección Gerencia.
Por lo expuesto, y de acuerdo a lo previsto en la disposición transitoria única del citado Decreto 80/2012, de 27 de diciembre , por el que se crea la O fi cina de Supervisión Integral del Gasto del Sector Público Autonómico de Cantabria.
RESUELVO
Primero:
Declarar sujeta al trámite de supervisión de la actuación generadora del gasto a la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud, a partir del día 1 de marzo de 2015.
A estos efectos la O fi cina de Supervisión Integral del Gasto, en coordinación con la Secretaría General de Sanidad y Servicios Sociales, realizará las actuaciones necesarias para llevar a cabo la aplicación de lo establecido en esta resolución.
Segundo:
Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín O ficial de Cantabria.
Contra la presente resolución, que no pone fi n a la vía administrativa, podrá recurrirse en alzada ante la Consejera de Presidencia y Justicia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación.