CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 2611-2014, EN RELACIÓN CON LA DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA DEL REAL DECRETO-LEY 14/2010, DE 23 DE DICIEMBRE, QUE ESTABLECE MEDIDAS URGENTES PARA LA CORRECCIÓN DEL DÉFICIT TARIFARIO DEL SECTOR ELÉCTRICO POR POSIBLE VULNERACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 9.3 Y 14 DE LA CONSTITUCIÓN.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 15 de julio actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2611-2014 planteada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el procedimiento 839-2011, en relación con la disposición adicional tercera del Decreto-ley 14/10, de 23 de diciembre, que establece medidas urgentes para la corrección del déficit tarifario del sector eléctrico por posible vulneración de los arts. 9.3 y 14 de la C.E., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento 839-2011, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado.