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  • EDICIÓN DE 24/09/2013
 
 

Modelo 040 web autoliquidación tasa fiscal sobre el juego-salas de bingo

24/09/2013
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Orden HAC/39/2013, de 13 de septiembre de 2013, por la que se modifica la Orden HAC/18/2010, de 1 de julio, por la que se aprueba el modelo 040 web autoliquidación tasa fiscal sobre el juego-salas de bingo importe repercutido a los jugadores, el modelo 043 web autoliquidación tasa fiscal sobre el juego-salas de bingo, el modelo 044 web autoliquidación tasa fiscal sobre el juego-casinos de juego y el modelo 045 autoliquidación web tasa fiscal sobre el juego-máquinas o aparatos automáticos (BOCA de 23 de septiembre de 2013). Texto completo.

ORDEN HAC/39/2013, DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 2013, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN HAC/18/2010, DE 1 DE JULIO, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 040 WEB AUTOLIQUIDACIÓN TASA FISCAL SOBRE EL JUEGO-SALAS DE BINGO IMPORTE REPERCUTIDO A LOS JUGADORES, EL MODELO 043 WEB AUTOLIQUIDACIÓN TASA FISCAL SOBRE EL JUEGO-SALAS DE BINGO, EL MODELO 044 WEB AUTOLIQUIDACIÓN TASA FISCAL SOBRE EL JUEGO-CASINOS DE JUEGO Y EL MODELO 045 AUTOLIQUIDACIÓN WEB TASA FISCAL SOBRE EL JUEGO-MÁQUINAS O APARATOS AUTOMÁTICOS.

El artículo 96 Vínculo a legislación de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria establece que la Administración Tributaria promoverá la utilización de recursos electrónicos, informáticos y telemáticos necesarios para el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias. Añade este precepto que, cuando sea compatible con los medios técnicos de que disponga la Administración, los ciudadanos podrán relacionarse con ella para ejercer sus derechos y cumplir con sus obligaciones a través de dichas técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos con las garantías y requisitos previstos en cada procedimiento.

A través de la Orden HAC/18/2010, de 1 de julio, por la que se aprueba el modelo 040 WEB autoliquidación Tasa fiscal sobre el juego-salas de bingo importe repercutido a los jugadores, el modelo 043 WEB autoliquidación Tasa fiscal sobre el juego-salas de bingo, el modelo 044 WEB autoliquidación Tasa fiscal sobre el juego-casinos de juego y el modelo 045 autoliquidación WEB Tasa fiscal sobre el juego-máquinas o aparatos automáticos, la Comunidad Autónoma de Cantabria procedió a la aprobación, implantación y puesta en marcha de los modelos de autoliquidación: 040 WEB autoliquidación Tasa fiscal sobre el juego-salas de bingo-importe repercutido a los jugadores, 043 WEB autoliquidación Tasa fiscal sobre el juego-salas de bingo, 044 Web autoliquidación Tasa fiscal sobre el juego, casinos de juego y 045 Web autoliquidación Tasa fiscal sobre el juego-máquinas o aparatos automáticos.

Por su parte, a través de la Orden PRE/14/2013, de 17 de abril Vínculo a legislación, por la que se regula la modalidad del juego electrónico en la Comunidad Autónoma de Cantabria, la Administración desarrolló y puso en marcha la regulación, dentro de su propio ámbito de actuación, del bingo electrónico, como una modalidad de juego del bingo prevista en el apartado VI, “Otras modalidades de bingo”, de la letra B, “Juego del bingo”, del Catálogo de Juegos y Apuestas, aprobado por Decreto 6/2010, de 4 de febrero Vínculo a legislación, y concretamente el régimen de autorizaciones, el desarrollo del juego, los premios, los elementos materiales y los requisitos técnicos, informáticos, electrónicos y de seguridad necesarios.

Por ello, a los efectos de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y adaptar la actual regulación de las mismas a las nuevas modalidades de juego recién implantadas, y a propuesta de la Dirección General de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, previo informe favorable de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y en virtud de lo establecido en los artículos 33.f) Vínculo a legislación y 112 Vínculo a legislación de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, DISPONGO Artículo Único.- Se modifica el artículo 3 de la Orden HAC/18/2010, de 1 de julio, por la que se aprueba el modelo 040 WEB autoliquidación Tasa fiscal sobre el juego-salas de bingo importe repercutido a los jugadores, el modelo 043 WEB autoliquidación Tasa fiscal sobre el juego-salas de bingo, el modelo 044 WEB autoliquidación Tasa fiscal sobre el juego-casinos de juego y el modelo 045 autoliquidación WEB Tasa fiscal sobre el juego-máquinas o aparatos automáticos, cuya redacción pasa a tener el siguiente tenor:

“3.- Adquisición de cartones de bingo.

a) A los efectos de facilitar el cumplimiento de las obligaciones y evitar errores en los trámites ligados a la adquisición de cartones de bingo por parte de los titulares de los citados establecimientos, el sistema de confección WEB, en una misma operación, facilitará tanto el modelo 043 WEB correspondiente a la selección introducida de cartones en lo referente a la Tasa de juego, así como el modelo 046 WEB (concepto 6115: valor facial de cartones de bingo), manteniendo la coherencia del pago de ambas obligaciones.

b) en el caso de la modalidad de bingo electrónico, los sujetos obligados practicarán, por cada establecimiento, una autoliquidación con carácter mensual por todos los cartones adquiridos en el periodo, dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al periodo de liquidación al que se refiera. En este caso, sólo se generará el modelo 043WEB, en el que se computará la totalidad de los cartones adquiridos. “ Disposición Final Primera.- Se faculta a la Directora General de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria para dictar cuantas instrucciones se consideren necesarias para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en esta Orden.

Disposición Final Segunda.- La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

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