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El Supremo respalda la decisión de Telefónica de extinguir el contrato al expreso de ETA Ángel Etxezarreta

26/03/2013
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Argumenta que no fue despedido, sino que el etarra abandonó el puesto de trabajo tras ser detenido y cumplir prisión

BILBAO, 25 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha respaldado la decisión de Telefónica de extinguir el contrato al expreso de ETA Ángel Etxezarreta, tras ingresar en prisión para cumplir 13 de años de cárcel por su vinculación con el "comando Araba" de la banda terrorista.

En la sentencia hecha pública este lunes, el alto Tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de Etxezarreta contra una anterior resolución del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) de enero del pasado año, en la que consideraba ajustada a derecho la decisión de la compañía de dar por concluida la relación laboral con el entonces recluso.

De forma previa, en septiembre de 2011, un juzgado de lo Social de Bilbao declaró improcedente el despido. Etxezarreta fue detenido el 19 de marzo de 1998 en una operación contra el "comando Araba" de ETA. En su piso encontraron armas y explosivos. En marzo de hace dos años quedó en libertad y solicitó el reingreso en Telefónica, petición que no fue admitida por la empresa.

ABANDONO PUESTO DE TRABAJO

En su resolución, fechada el 14 de febrero de 2013, el Tribunal Supremo recuerda que "si bien" la empresa "no procedió a despedir" a Etxezarreta, sí "dio por extinguido el contrato por abandono en puesto de trabajo en los términos previstos en el artículo 49.1 del Estatuto de los trabajadores "desde el momento en el que existió sentencia penal condenatoria".

Según el fallo del Supremo, el abandono resultó "en primer lugar, de la falta de justificación de la ausencia al trabajo durante un periodo de 13 años", y, en segundo, "del hecho de que, durante dicho periodo", Etxezarreta "en ningún momento se puso en contacto con la empresa".

Además, recuerda que la compañía "procedió a dar de baja al trabajador en la Seguridad Social" el 22 de marzo de 1998, sin que éste "formulara reclamación alguna". Por ello, asegura que "procede la desestimación del recurso formulado".

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