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Plan de Formación para 2012

04/04/2012
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Resolución de 23 de marzo de 2012, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se aprueba el Plan de Formación para 2012 y se hace pública la oferta de actividades formativas incluidas en el mismo. (BOJA de 3 de abril de 2012) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 23 DE MARZO DE 2012, DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA JUVENTUD, POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN DE FORMACIÓN PARA 2012 Y SE HACE PÚBLICA LA OFERTA DE ACTIVIDADES FORMATIVAS INCLUIDAS EN EL MISMO.

Preámbulo

El Instituto Andaluz de la Juventud, como Organismo Autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, según Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo Vínculo a legislación, sobre reestructuración de Consejerías, y Decreto 174/2009, de 19 de mayo Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, tiene encomendadas, entre otras funciones, el fomento de la participación, promoción, información y formación en materia de juventud, así como el fomento, programación y desarrollo de la Animación Sociocultural en Andalucía y la incentivación de la investigación en el ámbito de sus competencias.

El Acuerdo de 8 de febrero Vínculo a legislación de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el II Plan Integral de Juventud 2011-2014, “Plan Gyga”, se configura como marco de referencia para la planificación y puesta en marcha de las actuaciones que en materia de juventud se acometan en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía; así como para la coordinación, evaluación y seguimiento de las actuaciones que en esta materia se lleven a cabo desde la Administración de la Junta de Andalucía.

Este Plan se estructura en tres dimensiones que corresponden a los tres retos fundamentales del Plan GYGA:

1. Emancipación de la juventud andaluza, a través de la obtención de un empleo de calidad, el fomento del autoempleo y el acceso a una vivienda digna y asequible.

2. Participación y formación en valores, que constituyan una escuela de ciudadanía y fomenten valores democráticos en juventud andaluza.

3. Calidad de vida, que conjugue medidas que promuevan hábitos de vida saludables, el acceso y disfrute de la cultura y el fomento de la creatividad.

El Plan de Formación del Instituto Andaluz de la Juventud para 2012 debe colaborar en la consecución de estos grandes retos del Plan GYGA y por ello va a centrar sus esfuerzos en la formación específica de la juventud en competencias para la emancipación, como estrategia para una mejor incorporación laboral. De igual modo se apoya también la formación encaminada al fomento entre la juventud de la participación y valores que permitan el desarrollo personal y social de las personas jóvenes. Asimismo va a incidir en el área de calidad de vida, ocio y tiempo libre a través de la formación en prevención de conductas de riesgo, difusión de hábitos de vida saludable, prácticas de ocio educativas, fomento de actividades deportivas y potenciación de la creatividad.

Igualmente el Instituto Andaluz de la Juventud considera relevante formar a aquellas personas que trabajan directamente con la juventud en una doble vertiente, por un lado los y las profesionales, a quienes se oferta un programa formativo encaminado a mejorar su práctica profesional, multiplicando con ello el efecto de la formación. Por otro lado, a otros y otras jóvenes tales como Corresponsales, Informadores/as y Dinamizadores/as Juveniles encargados de difundir, transmitir y dinamizar información de utilidad para la población juvenil andaluza.

Asimismo, es fundamental incidir en la formación dirigida al movimiento asociativo juvenil ofertándole recursos para fomentar, mejorar y potenciar el tejido asociativo.

En el campo de la formación en materia de juventud, el Instituto Andaluz de la Juventud se plantea cada año dar respuesta de la forma más adecuada a las inquietudes y necesidades de la juventud andaluza y de las personas que trabajan en este sector, programando una oferta formativa que, ateniéndose al ámbito de sus competencias y prioridades -la formación para el ocio, la animación sociocultural, y los valores en la juventud- pueda ayudar a satisfacer las necesidades de este colectivo tan importante en nuestra sociedad.

En el proceso de realización de la oferta formativa, el Instituto Andaluz de la Juventud colabora con entidades públicas, colectivos juveniles, organizaciones de voluntariado y asociaciones, apoyando procesos formativos que ya están en marcha o diseñando acciones conjuntamente con ellos.

Por ello, y de acuerdo con los fines perseguidos, se establecen las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

Primera. Aprobación del Plan de Formación para 2012 y publicación de la oferta de actividades formativas.

Mediante la presente Resolución se aprueba el Plan de Formación del Instituto Andaluz de la Juventud para 2012 y se procede a hacer pública la oferta de actividades formativas incluidas en el mismo distribuidas por provincias, que se contienen en el Anexo de la presente Resolución, y de las que se podrá ampliar información en las Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud, así como a través de la página web del citado Organismo en la dirección www.juntadeandalucia.es/institutodelajuventud.

Segunda. Estructura del Plan de Formación.

El Plan de Formación del Instituto Andaluz de la Juventud se estructura en torno a los siguientes Programas:

1. Formación para el Personal Técnico de Juventud, Corresponsales Juveniles e Informadores Juveniles: Actividades formativas dirigidas no sólo al personal técnico de juventud de los Ayuntamientos y otras corporaciones locales, sino también a animadores/as socioculturales, monitores/as de tiempo libre, educadores/as sociales y cualquier profesional que trabaje con el colectivo juvenil, así como a personas jóvenes encargadas de difundir, transmitir y dinamizar información de utilidad para la juventud.

2. Formación para la Empleabilidad y la Emancipación: Mediante esta línea ofertamos a las personas jóvenes formación en capacidades básicas que pueden resultar útiles para el desempeño de un puesto de trabajo y por otro lado incluimos acciones directamente encaminadas a la adquisición de conocimientos específicos en determinadas áreas de nuestra competencia, al objeto de incrementar sus posibilidades de ingresar en el mercado de trabajo.

3. Formación en Calidad de Vida, Ocio y Tiempo Libre: Incluye la formación dirigida a jóvenes en general y centrada en cuestiones relacionadas con hábitos de vida saludables, consumo responsable, prácticas de ocio educativo, fomento de actividades deportivas e impulso de la creatividad.

4. Formación en Participación y Valores: Conjunto de actividades formativas dirigidas a personas jóvenes al objeto de fomentar la participación social de la juventud de manera eficaz, como herramienta de transformación de la realidad en la que están inmersos. Por otro lado también se impulsa el fomento entre las personas jóvenes de actitudes y valores democráticos, de igualdad, respeto a la diversidad, convivencia y solidaridad.

5. Formación para el Movimiento Asociativo: Dirigida a incrementar las competencias de las personas que forman parte del tejido asociativo juvenil, desde responsables y directivos de las mismas, hasta personal voluntario que colabora con dichas asociaciones o personas interesadas en el movimiento asociativo, al objeto de posibilitar un mayor conocimiento sobre el funcionamiento y la gestión de las propias asociaciones, y dotar a las personas que los forman de capacidades y habilidades relacionadas con la propia finalidad de la asociación.

Tercera. Objetivos del Plan de Formación.

El Instituto Andaluz de la Juventud, en el marco de las competencias que tiene encomendadas, persigue, con el Plan de Formación para 2012, la consecución de los siguientes objetivos: el desarrollo de competencias profesionales del personal técnico de juventud, de monitores/as de tiempo libre, animadores/as socioculturales y otros profesionales y personal voluntario del ámbito socioeducativo, incorporando nuevos recursos, habilidades y destrezas en los agentes sociales que trabajan principalmente con la juventud; apoyar acciones sociales y educativas que se llevan a cabo con jóvenes para incrementar sus posibilidades de acceso al mercado laboral; estimular un uso saludable del ocio y tiempo libre juvenil; reforzar el tejido asociativo juvenil y, por último, fomentar la participación y los valores en las personas jóvenes.

Cuarta. Órganos responsables de la gestión.

Las Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud serán los órganos competentes para todo el proceso de organización y selección de participantes en las actividades formativas que se realicen en sus respectivos ámbitos territoriales.

Asimismo, serán los órganos responsables de su desarrollo y de la resolución de todas las cuestiones que pudieran plantearse, sin perjuicio de la responsabilidad de naturaleza docente que compete al profesorado de cada actividad formativa.

Quinta. Solicitud, cumplimentación y plazo de presentación.

1. El formulario de solicitud es el que figura como Anexo II de la presente Resolución y podrá obtenerse en la página web del Instituto Andaluz de la Juventud en la dirección www.juntadeandalucia.es/institutodelajuventud.

Igualmente, estará a disposición en las sedes del Instituto Andaluz de la Juventud y en sus Direcciones Provinciales.

2. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará diez días hábiles antes del inicio de la actividad formativa, concluyendo cinco días hábiles antes de la fecha prevista para el comienzo de la misma.

3. Las solicitudes se presentarán, preferentemente, en las Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud, en cuyo ámbito territorial se vaya a realizar la actividad formativa convocada, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, se podrán presentar de manera telemática de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 183/2003, de 24 de junio Vínculo a legislación, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medio electrónico (Internet). Para la tramitación telemática, las personas interesadas podrán dirigirse a la siguiente dirección electrónica: https://ws133.juntadeandalucia.es/oficinaVirtual.

4. La realización de las actividades contenidas en el Plan de Formación del Instituto Andaluz de la Juventud devengará el precio público, de conformidad con la Ley 4/1988, de 5 de julio Vínculo a legislación, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, fijado conforme se determina en la Orden de la Consejería de la Presidencia de 26 de noviembre de 2001, por la que se redenominan en euros el importe de los precios públicos percibidos por esta Consejería y de los Organismos de ella dependientes.

Es, por consiguiente, requisito imprescindible para poder participar en la actividad y obtener el certificado correspondiente, haber satisfecho el pago del precio público correspondiente.

5. No se procederá al reintegro de los precios públicos abonados por el alumnado cuando la realización de los cursos no sea posible por cualquier causa no imputable al Instituto Andaluz de la Juventud.

Sexta. Selección de participantes.

Los criterios de selección están fijados de modo específico para cada una de las actividades formativas en función del programa, sus objetivos y del perfil de las personas destinatarias. Dicha información será publicada en la web del Instituto Andaluz de la Juventud.

Se contemplará como criterio básico que el alumnado se ajuste al perfil de las personas destinatarias previstas para cada actividad formativa. No obstante, dado que en los cursos presenciales y semipresenciales se considera obligatoria la asistencia, como mínimo al 90% del total de horas de los mismos, también se valorará para los mismos la disponibilidad del alumnado para desarrollar todo el proceso formativo.

Séptima. Información a la personas seleccionadas.

La relación de las personas admitidas será expuesta tres días antes del comienzo de la actividad en el tablón de anuncios de la sede del Instituto Andaluz de la Juventud, en la provincia de realización de la misma. Los solicitantes que no aparezcan en esta relación, se considerarán no admitidos.

Octava. Número de plazas y metodología.

1. Número de plazas. El número de plazas estará limitado a un máximo de 25 personas, por curso o actividad formativa, para facilitar el aprendizaje colectivo y la utilización de una metodología participativa, excepto en jornadas, encuentros o similares y cursos on-line, donde la participación podrá ser superior.

2. Duración, localidad y calendario. La duración de las actividades formativas y las localidades de realización son las que se establecen en el Anexo I de la presente Resolución, sin perjuicio de la difusión específica que se pueda dar de cada actividad, salvo que concurran circunstancias que obliguen a un cambio de programación, que en su caso se comunicará a cada persona. Las fechas programadas para el comienzo de cada una de las actividades formativas son las que aparecen en la página web del Instituto Andaluz de la Juventud en la dirección www.juntadeandalucia.es/institutodelajuventud.

3. Modalidad. Dichas actividades formativas se realizarán en la modalidad de cursos presenciales, y semipresenciales, con y sin prácticas.

4. Horario. Para facilitar al máximo la participación, las actividades se desarrollarán preferentemente en horario de tarde o en fines de semana, aunque también habrá cursos en horario de mañana. En la difusión específica en la web se publicitará el horario de cada actividad.

Novena. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ANEXO OMITIDO

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