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CONCESIÓN DE SUBVENCIONES

29/12/2006
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Orden CYT/2085/2006, de 12 de diciembre, por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para financiar intervenciones en el Patrimonio Cultural de la Comunidad de Castilla y León (BOCYL de 28 de diciembre de 2006). Texto completo.

§1020641

ORDEN CYT/2085/2006, DE 12 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA FINANCIAR INTERVENCIONES EN EL PATRIMONIO CULTURAL DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. (CONTINÚA EN SUPLEMENTO)

La Orden CYT/1779/2005, de 30 de noviembre (publicada en el “Boletín Oficial de Castilla y León” de 30 de diciembre), aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para financiar intervenciones en el Patrimonio Cultural de la Comunidad de Castilla y León.

La Base Séptima en su apartado 5.2 párrafo segundo, preveía la desestimación presunta de aquellas solicitudes que no figurasen en la relación de concesión de las ayudas, lo que conllevaba una cierta inseguridad jurídica para los interesados.

Asimismo, la Base Octava de la citada Orden no preveía la posibilidad de subcontratar con terceros la realización total o parcial de las actividades subvencionadas, razón por la cual y al objeto de facilitar la conservación y reparación de los bienes culturales que integran el Patrimonio Histórico y Cultural de la Comunidad de Castilla y León, resulta oportuno introducir esta posibilidad.

Vista la propuesta formulada por la Dirección General de Patrimonio y Bienes Culturales y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 26.1 f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO:

Artículo 1: Modificar la redacción del apartado 5.2 párrafo segundo de la Base Séptima de la Orden CYT/1779/2005, de 30 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para financiar intervenciones en el Patrimonio Cultural de Castilla y León, pasando a tener la siguiente redacción:

“La resolución se notificará mediante la publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León” de la relación de solicitantes a los que se concede la subvención, junto con la de aquéllos a los que se les desestima, y la causa de la denegación”.

Artículo 2: Introducir un nuevo apartado tercero en la Base Octava de la Orden CYT/1779/2005, de 30 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para financiar intervenciones en el Patrimonio Cultural de Castilla y León, con la redacción siguiente:

“3. En los supuestos en que se subcontrate con terceros la realización total o parcial de las actividades subvencionadas, excediendo del 20% del importe de la subvención y dicho importe sea superior a 60.000 euros, la autorización exigida en el artículo 29.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, se concederá en los términos que establezca la convocatoria reguladora de la subvención.

Asimismo, se autorizará al beneficiario a concertar la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades vinculadas con él, siempre y cuando así se prevea en cada convocatoria reguladora de la subvención y de acuerdo con lo establecido en la misma.”

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