§1020200
El encargado por el Pleno de presentar la comunicación, el Académico numerario D. Tomás Ramón Fernández Rodríguez, Catedrático de Derecho Administrativo y miembro del Consejo Editorial de Iustel, se refirió al Proyecto, que se debatió el pasado jueves en el Congreso de los Diputados, con el que el Gobierno pretende sustituir a la vigente Ley 6/98, de 13 de abril, una Ley que, en rigor, permanece inédita, ya que no ha tenido en la legislación autonómica la continuación que ella misma reclamaba.
Según el ponente el Proyecto nacionaliza, por así decirlo, el derecho de urbanizar, declarando formalmente que la urbanización es un servicio público que la Administración puede otorgar, previa licitación, a un tercero, aunque no sea propietario del suelo. Con ello prescinde de los propietarios y atribuye todo el protagonismo al agente urbanizador, figura introducida por la Ley valenciana de la actividad urbanística de 1994, que ha sido expresamente censurada por el Parlamento Europeo en un informe emitido el pasado mes de diciembre.
El sistema de valoraciones que el Proyecto propone prescinde del destino que los planes dan a los terrenos y toma como punto de partida exclusivamente la situación material, rústica y urbana, que en dichos terrenos se encuentren, lo que supone que el valor de los que se hallen en situación de suelo rural se reducirá a lo que resulte de la capitalización de la renta agrícola, real o potencial, de los mismos.
Con ello se abaratarán, sin duda, las expropiaciones, a costa de los propietarios y se incrementarán notablemente los beneficios de los agentes urbanizadores, a los que ahora resultará más barato eliminar a los propietarios que no quieran participar en el proceso de urbanización. Es ya mucho más dudoso que este abaratamiento de las expropiaciones pueda traducirse en una reducción del precio de las viviendas, ya que, como es notorio, éste no resulta de una mera suma de costes.