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MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 30 DE ENERO DE 1997

28/11/2006
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Orden SLT/560/2006, de 21 de noviembre, de modificación de la Orden de 30 de enero de 1997, por la que se crea la Comisión asesora de obtención de órganos y tejidos para trasplante (DOGC de 28 de noviembre de 2006). Texto completo.

§1020177

ORDEN SLT/560/2006, DE 21 DE NOVIEMBRE, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 30 DE ENERO DE 1997, POR LA QUE SE CREA LA COMISIÓN ASESORA DE OBTENCIÓN DE ÓRGANOS Y TEJIDOS PARA TRASPLANTE.

La Orden del Departamento de Salud de 26 de mayo de 1994 creó la Organización Catalana de Trasplantes (OCATT), con el fin de dotar al Servicio Catalán de la Salud de una estructura que ordenase, planificase y programase las actuaciones sanitarias en materia de extracción y trasplante de órganos y tejidos.

El artículo 4 de la Orden precitada establece que la Organización Catalana de Trasplantes puede contar con el apoyo de comisiones asesoras; de conformidad con ello, mediante Orden del Departamento de Salud de 30 de enero de 1997, se creó la Comisión asesora de obtención de órganos y tejidos para trasplante.

La experiencia conseguida durante los años de funcionamiento de la Comisión Asesora de Obtención de Órganos y Tejidos para trasplante pone de manifiesto la necesidad de llevar a cabo determinadas modificaciones, para adecuarla a la realidad actual e incluir los cambios derivados del nuevo modelo organizativo del Departamento de Salud y el Servicio Catalán de la Salud.

En consecuencia, de acuerdo con lo que disponen los artículos 12 y 22 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

1.1 Se modifica la última frase del artículo 1 del Orden de 30 de enero de 1997, por la que se crea la Comisión Asesora de Obtención de Órganos y Tejidos para Trasplante, que queda redactada de la manera siguiente:

“Esta Comisión queda adscrita a la Subdirección del Servicio Catalán de la Salud”.

1.2 Se modifican los apartado 1 y 2 del artículo 3 del Orden de 30 de enero de 1997, por la que se crea la Comisión Asesora de Obtención de Órganos y Tejidos para Trasplante, que quedan redactados de la manera siguiente:

“3.1 La Comisión Asesora de Obtención de Órganos y Tejidos para Trasplante tiene la composición siguiente:

“3.1.1 Presidente o presidenta, que será el director o directora de la Organización Catalana de Trasplantes.

“3.1.2 Vice-presidente o vice-presidenta.

“3.1.3 Vocales:

“a) Los coordinadores territoriales de trasplante.

“b) Un representante del equipo de coordinación de cada hospital con programa de trasplante.

“c) Cinco representantes de los equipos de coordinación de los hospitales generadores sin programa de trasplante de órganos.

“d) Un técnico representante de la Organización Catalana de Trasplantes, que será el secretario.

“3.2 El vice-presidente o vice-presidenta y las personas vocales son nombradas por el director o directora del Servicio Catalán de la Salud a propuesta del director o directora de la Organización Catalana de Trasplantes.”

Artículo 3

Se añade una letra f) al artículo 2 del Orden de 30 de enero de 1997, por la que se crea la Comisión Asesora de Obtención de Órganos y Tejidos para Trasplante, con la redacción siguiente:

“f) Elaborar documentos de consenso sobre la obtención de órganos y tejidos”.

Artículo 4

Se suprime el contenido de la letra a) del artículo 2 del Orden de 30 de enero de 1997, por la que se crea la Comisión Asesora de Obtención de Órganos y Tejidos para Trasplante.

Artículo 5

Las referencias que la Orden de 30 de enero de 1997, por la que se crea la Comisión Asesora de Obtención de Órganos y Tejidos para Trasplante hace al Departamento de Sanidad y Seguridad Social se entienden hechas al Departamento de Salud.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.

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