§1019116
ORDEN PRE/440/2006, DE 14 DE SEPTIEMBRE, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN GAP/108/2006, DE 15 DE MARZO, DE CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2006 DE LAS BECAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS EN ORGANIZACIONES INTERNACIONALES Y APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS.
De conformidad con el Decreto 227/2006, de 29 de mayo, de determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y el Decreto 228/2006, de 30 de mayo, por el que se dictan normas complementarias al Decreto 177/2006, de 23 de mayo, de reestructuración parcial del Departamento de la Presidencia;
Considerando la Orden GAP/108/2006, de 15 de marzo, de convocatoria para el año 2006 de las becas para la realización de prácticas en organizaciones internacionales y aprobación de las bases reguladoras,
Ordeno:
Artículo 1
Las referencias que se hacen a la Secretaría de Cooperación Exterior del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas en la Orden GAP/108/2006, de 15 de marzo, de convocatoria para el año 2006 de las becas para la realización de prácticas en organizaciones internacionales y aprobación de las bases reguladoras, se deben entender hechas a la Secretaría de Relaciones Internacionales del Departamento de la Presidencia.
Artículo 2
Se modifica el apartado 8.1 de las bases reguladoras de las becas para la realización de prácticas en organizaciones internacionales, aprobadas por la Orden GAP/108/2006, de 15 de marzo, que pasa a tener la siguiente redacción:
8.1 La valoración de las solicitudes presentadas la llevará a cabo una comisión presidida por quien designe la persona titular del Departamento de la Presidencia, e integrada, además, por un número de entre cuatro y seis miembros, designados igualmente por la persona titular del Departamento de la Presidencia.
Artículo 3
Se modifica el apartado 9.1 de las bases reguladoras de las becas para la realización de prácticas en organizaciones internacionales, aprobadas por la Orden GAP/108/2006, de 15 de marzo, que pasa a tener la siguiente redacción:
La persona titular del Departamento de la Presidencia resolverá la adjudicación de las becas. La resolución de adjudicación correspondiente será notificada a las personas interesadas.