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  • EDICIÓN DE 31/08/2006
 
 

CALIDAD AMBIENTAL

31/08/2006
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Resolución MAH/2741/2006, de 24 de julio, por la que se renueva el otorgamiento del distintivo de garantía de calidad ambiental para la categoría de servicio de instalaciones juveniles y la categoría de productos y sistemas que favorecen el ahorro de agua (DOGC de 31 de agosto de 2006). Texto completo.

§1018808

RESOLUCIÓN MAH/2741/2006, DE 24 DE JULIO, POR LA QUE SE RENUEVA EL OTORGAMIENTO DEL DISTINTIVO DE GARANTÍA DE CALIDAD AMBIENTAL PARA LA CATEGORÍA DE SERVICIO DE INSTALACIONES JUVENILES Y LA CATEGORÍA DE PRODUCTOS Y SISTEMAS QUE FAVORECEN EL AHORRO DE AGUA.

Vistas las solicitudes de renovaciones del Distintivo de garantía de calidad ambiental para el servicio y los productos de las empresas que figuran en el anexo de esta Resolución;

De conformidad con el acuerdo de delegación de funciones del Pleno del Consejo de Calidad Ambiental en materia de etiquetado ecológico en la Comisión Restringida del Consejo de Calidad Ambiental, aprobado en la reunión del Consejo de 20 de marzo de 2003;

Visto el Acuerdo adoptado por la Comisión Restringida del Consejo de Calidad Ambiental en fecha 24 de julio de 2006, en el que se constata que el servicio y los productos que figuran en el anexo de esta Resolución cumplen el correspondiente criterio de las categorías de servicio y de productos citadas anteriormente;

En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 9 del Decreto 316/1994, de 4 de noviembre, sobre otorgamiento del Distintivo de garantía de calidad ambiental, modificado posteriormente por el Decreto 296/1998, de 17 de noviembre, por el que se amplía el ámbito del Distintivo de garantía de calidad ambiental a los servicios,

Resuelvo:

.1 Renovar el otorgamiento del Distintivo de garantía de calidad ambiental a las empresas que figuran en el anexo de esta Resolución para el servicio y los productos relacionados en el mencionado anexo, por un plazo de tres años a contar desde la fecha de esta Resolución.

.2 Proceder a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con el artículo 14 del Decreto mencionado anteriormente.

.3 Notificar a las personas interesadas la presente Resolución, que se sujeta a las obligaciones generales que resultan del Decreto mencionado anteriormente, específicamente las señaladas en los artículos 10, 12 y 16, y a las particulares siguientes:

a) El Distintivo de garantía de calidad ambiental será claramente visible y sólo podrá utilizarse con la forma, el color, el tamaño y las inscripciones indicadas en las normas gráficas establecidas para su utilización. Los casos no cubiertos específicamente por las normas gráficas deben ser previamente autorizados por la Dirección General de Calidad Ambiental.

b) El titular debe proporcionar a la Dirección General de Calidad Ambiental toda la información que se le pida, y debe facilitar las actuaciones de inspección y control que ésta ordene respecto al cumplimiento de las determinaciones que rigen el otorgamiento y el uso del Distintivo de garantía de calidad ambiental.

c) El titular no podrá seguir utilizando el Distintivo después de la expiración del plazo del otorgamiento, a excepción, en el caso de productos, de aquellas unidades que hayan sido comercializadas antes de esta fecha y ya no se encuentren en sus almacenes. Estas unidades podrán seguir en el mercado durante un plazo máximo de seis meses después de la fecha de expedición.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente y Vivienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al del recibimiento de la notificación de la Resolución, de acuerdo con lo que prevé el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Anexo

Solicitante: Fundació Catalana de l'Esplai.

Núm. de solicitud: 130/021.

Sede: c. Dolors Almeda, 19-21, bajos 1ª, 08940 Cornellà de Llobregat.

Categoría de servicio: instalaciones juveniles.

Servicio: Casa de Colònies El Company.

Sede: afueras de Vilanova de Sau, 08519 Vilanova de Sau.

Solicitante: Tres Comercial, SA.

Núm. de solicitud: 042/001.

Sede: c. Penedès, 26, pol. ind. Can Prunera, 08759 Vallirana.

Categoría: productos y sistemas que favorecen el ahorro de agua.

Productos:

040.1: grifos y elementos de ducha.

040.11: regaderas de ducha (fijas y móviles) (2 referencias).

040.12: grifos de lavabo, bidet y desagües (77 referencias).

040.5: otros sistemas que favorecen el ahorro de agua (22 referencias).

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