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SUBVENCIONES PARA LA REDACCIÓN DE MAPAS

04/07/2006
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Resolución PRE/2200/2006, de 28 de junio, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones para la redacción de mapas de las instalaciones y equipamientos deportivos de los municipios de Cataluña para el periodo 2006-2007 (DOGC de 4 de julio de 2006). Texto completo.

§1017896

RESOLUCIÓN PRE/2200/2006, DE 28 DE JUNIO, POR LA QUE SE CONVOCA CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REDACCIÓN DE MAPAS DE LAS INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTOS DEPORTIVOS DE LOS MUNICIPIOS DE CATALUÑA PARA EL PERIODO 2006-2007.

Puesto que, de acuerdo con el artículo 3.2.n) del Texto único de la Ley del deporte, aprobado por el Decreto legislativo 1/2000, de 31 de julio, uno de los principios rectores de la política deportiva de la Generalidad de Cataluña es el de planificar y programar una red equilibrada de instalaciones deportivas con los equipamientos necesarios en todo el territorio catalán, que recoja tanto como sea posible todo tipo de iniciativas, para mirar de conseguir una utilización óptima de las instalaciones, los equipamientos y los materiales destinados a la práctica deportiva; y que de acuerdo con el artículo 35 de esta norma, corresponde a la Administración deportiva de la Generalidad la coordinación con la Administración deportiva del Estado y de las entidades locales;

Visto el Decreto 95/2005, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Plan director de instalaciones y equipamientos deportivos de Cataluña (en adelante, PIEC);

Vista la Resolución PRE/2113/2006, de 14 de junio, por la que se aprueban las bases para la concesión de subvenciones para la redacción de mapas de las instalaciones y los equipamientos deportivos de los municipios de Cataluña para el periodo 2006-2007, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 4663, de 27.6.2006;

Visto que el Plan director de instalaciones y equipamientos deportivos de Cataluña se puede consultar en la página correspondiente del Consejo Catalán del Deporte: http://www.gencat.net/presidencia/deporte;

Visto que el Gobierno de la Generalidad, en fecha 21 de marzo de 2006, ha aprobado el expediente de gasto plurianual que da cobertura a esta convocatoria;

Vistos los artículos considerados legislación básica por la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y los artículos 87 y siguientes del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, en todo cuanto no contradiga los mencionados preceptos considerados legislación básica;

Resuelvo:

.1 Convocar concurso público para la concesión de subvenciones para la redacción, según las especificaciones del PIEC, de mapas de las instalaciones y equipamientos deportivos de los municipios de Cataluña para el periodo 2006-2007, cuyas bases figuran en la Resolución PRE/2113/2006, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 4663, de 27.6.2006.

.2 El importe total máximo de las subvenciones a conceder es de 220.000 euros, 110.000 euros para el año 2006 a cargo del concepto presupuestario D/760610900 y 110.000 euros a cargo del presupuesto del año 2007, que pueden ser ampliados en función de las disponibilidades presupuestarias.

.3 El plazo de presentación de solicitudes es de 1 mes a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

.4 El órgano instructor del procedimiento es el Servicio de Equipamientos Deportivos del Consejo Catalán del Deporte.

Este Servicio eleva su propuesta al Comité Ejecutivo del Consejo Catalán del Deporte, el cual lo informa y elabora la propuesta de resolución de la convocatoria, con la finalidad de que el presidente del Consejo Catalán del Deporte resuelva la concesión o la desestimación de las peticiones de subvenciones.

.5 La resolución correspondiente se notificará a las entidades solicitantes, por correo certificado con justificación de recepción. A pesar de que la mencionada Resolución no agota la vía administrativa, hay que indicar que se puede interponer, de acuerdo con lo establecido por el artículo 46 en relación al artículo 8.3 de la Ley estatal 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, recurso contencioso-administrativo ante el juzgado contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación. Potestativamente, también se puede efectuar el requerimiento previo que determina el artículo 44 de la Ley 29/1998.

El plazo para notificar la resolución de concesión a los interesados es de 6 meses a partir de la fecha límite de presentación de las solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa, los interesados pueden entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

.6 Esta Resolución tiene efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Contra esta Resolución de convocatoria, a pesar de que no agota la vía administrativa, las entidades públicas pueden interponer, de acuerdo con lo establecido por el artículo 46 en relación a el artículo 8.3 de la Ley estatal 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Potestativamente, también se puede efectuar el requerimiento previo que determina el artículo 44 de la Ley 29/1998.

Asimismo, contra esta Resolución de convocatoria, que no agota la vía administrativa, las entidades privadas pueden interponer recurso de alzada ante el consejero que tenga asignadas las competencias de deportes, en el plazo de un mes a partir de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con el artículo 107.1 en relación al 114 y 115 de la Ley estatal 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

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