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MODIFICACIÓN DE LA ORDEN PTO/344/2005

03/07/2006
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Orden PTO/328/2006, de 22 de junio, de modificación de la Orden PTO/344/2005, de 27 de julio, por la que se aprueban las bases para el otorgamiento de ayudas a personas físicas y jurídicas titulares de autorizaciones de transporte público por carretera para el fomento de las condiciones de seguridad y la incorporación de nuevas tecnologías y mejoras medioambientales (DOGC de 3 de julio de 2006). Texto completo.

§1017864

ORDEN PTO/328/2006, DE 22 DE JUNIO, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN PTO/344/2005, DE 27 DE JULIO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS A PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS TITULARES DE AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE PÚBLICO POR CARRETERA PARA EL FOMENTO DE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD Y LA INCORPORACIÓN DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y MEJORAS MEDIOAMBIENTALES.

La Orden PTO/344/2005, de 27 de julio, aprobó las bases que regulaban el otorgamiento de ayudas a las personas físicas y jurídicas titulares de autorizaciones de transporte público por carretera para fomentar las condiciones de seguridad, así como la incorporación de nuevas tecnologías y mejoras medioambientales.

Posteriormente, mediante la Orden PTO/398/2005, de 21 de septiembre, se hizo pública la convocatoria para el otorgamiento de las ayudas mencionadas.

El artículo 92 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, dispone cual debe ser el contenido mínimo de las bases reguladoras y de las convocatorias de las subvenciones. En concreto, cabe destacar que, en cualquier caso, se tiene que incluir el medio de notificación de la resolución correspondiente.

El punto 6.3 de las bases reguladoras de la Orden PTO/344/2005, de 27 de julio, estableció que las notificaciones de las resoluciones correspondientes se llevarían a cabo de manera individualizada, de conformidad con aquello que prevé la normativa vigente sobre procedimiento administrativo.

Sin embargo, la gran cantidad de ayudas concedidas comporta que el procedimiento de notificación individualizada de las resoluciones de otorgamiento genere un elevado coste a nivel temporal, económico y de recursos humanos. Así pues, se ha considerado conveniente, de conformidad con las previsiones que, en este sentido, recoge el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificar aquello que dispone la base 6.3 de la Orden PTO/344/2005, de 27 de julio, en el sentido, por una parte, de sustituir la notificación individualizada por la publicación de las resoluciones estimatorias de las ayudas solicitadas y, por otra parte, que las resoluciones denegatorias o estimatorias en parte de las ayudas se notifiquen de forma individualizada tal y como se preveía, de entrada, en la base que se modifica.

En consecuencia, de acuerdo con aquello que disponen el Capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña; las normas básicas de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, general de subvenciones; el resto de normativa vigente aplicable, y a propuesta de la Dirección General de Puertos y Transportes,

Ordeno:

Artículo único

Modificar el punto 6.3 de las bases reguladoras para el otorgamiento de ayudas a personas físicas y jurídicas titulares de autorizaciones de transporte público por carretera para el fomento de las condiciones de seguridad y la incorporación de nuevas tecnologías y mejoras medioambientales, aprobadas mediante el Orden PTO/344/2005, de 27 de julio, que queda redactado de la manera siguiente:

6.3 “La resolución expresa de concesión de las ayudas se publicará en los tablones de anuncios siguientes:

“1. Servicios centrales del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas (avenida Josep Tarradellas i Joan, 2-4-6, 08029 Barcelona (Barcelonès).

“2. Servicios Territoriales de la Dirección General de Puertos y Transportes del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas:

“Servicio Territorial en Barcelona de la Dirección General de Puertos y Transportes (calle Aragó, 244-248, 08007 Barcelona (Barcelonès).

“Servicio Territorial en Girona de la Dirección General de Puertos y Transportes (calle Juli Garreta, 1, 17002 Girona (Gironès).

“Servicio Territorial en Lleida de la Dirección General de Puertos y Transportes (avenida Madrid, 38, 25002 Lleida (Segrià).

“Servicio Territorial en Tarragona de la Dirección General de Puertos y Transportes (calle Anselm Clavé, 1 (casa Gasset), 43004 Tarragona (Tarragonès).

“En todo caso, para una mayor difusión y, a efectos informativos, el contenido de la resolución se podrá consultar en la página web del Departamento en el apartado de Infotransports (http://www10.gencat.net/ptop/AppJava/cat/arees/movilidad/infotransports/index.jsp).

“En lo que hace referencia a las notificaciones de las resoluciones expresas de denegación y estimatorias en parte de las ayudas convocadas se llevarán a cabo de forma individualizada de conformidad con lo establecido en la normativa vigente sobre procedimiento administrativo”.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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