Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 10/04/2006
 
 

GESTIÓN DE LAS PRESTACIONES SANITARIAS

10/04/2006
Compartir: 

Decreto del Presidente 3/2006, de 4 de abril, de asignación de funciones y servicios a la Consejería de Sanidad y Consumo, sobre la gestión de las prestaciones sanitarias del Seguro Escolar (DOE de 8 de abril de 2006). Texto completo.

§1016228

DECRETO DEL PRESIDENTE 3/2006, DE 4 DE ABRIL, DE ASIGNACIÓN DE FUNCIONES Y SERVICIOS A LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y CONSUMO, SOBRE LA GESTIÓN DE LAS PRESTACIONES SANITARIAS DEL SEGURO ESCOLAR.

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado por la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, y reformado por las Leyes Orgánicas 8/1994, de 24 de marzo y 12/1999, de 6 de mayo, establece en su artículo 8.4 que, en el marco de la legislación básica del Estado y en los términos que la misma establezca, corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura, el desarrollo legislativo y ejecución de las facultades de sanidad e higiene, centros sanitarios y hospitalarios públicos y coordinación hospitalaria en general y en su artículo 9.13 dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura, en los términos que establezcan las leyes y normas reglamentarias del Estado, la función ejecutiva en materia de gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el número 17 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución, reservándose el Estado la alta inspección conducente al cumplimiento de la función a la que se refiere este precepto.

Asumida dicha competencia estatutariamente, por Real Decreto 362/2006, de 27 de marzo, se traspasan a la Comunidad Autónoma de Extremadura los medios adscritos a la gestión de las prestaciones sanitarias del Seguro Escolar.

Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.d), en relación con el 55.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que atribuye al Presidente de la Junta de Extremadura la función de dictar Decretos que supongan distribución de competencias, en uso de las atribuciones que tengo conferidas, DISPONGO:

Artículo único.

Se asignan a la Consejería de Sanidad y Consumo de la Junta de Extremadura las funciones y servicios que se recogen en el Real Decreto 362/2006, de 27 de marzo, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Extremadura de los medios adscritos a la gestión de las prestaciones sanitarias del Seguro Escolar.

Disposición final

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana