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  • EDICIÓN DE 05/04/2006
 
 

V PREMIOS NACIONALES DE URBANISMO

05/04/2006
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La Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente convoca los V Premios Nacionales de Urbanismo.

§1016137

BASES

Primera.—Objetivo y ámbito

La Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente convoca los V Premios Nacionales de Urbanismo, instituidos para distinguir a profesionales, empresas e instituciones que hayan destacado como autores de trabajos que sobresalgan por su aportación al mejor conocimiento o difusión del urbanismo.

La concesión de tales Premios se realizará de conformidad con lo dispuesto en las presentes Bases y a los mismos podrán concurrir los trabajos que puedan ser encuadrados en alguno de los apartados descritos en la Base segunda.

Segunda.—Apartados

A) Investigación

Se incluyen en este apartado todos aquellos trabajos tanto jurídicos como técnicos, no publicados, relacionados con el análisis del derecho urbanístico o la técnica urbanística en cualquiera de sus vertientes.

B) Planeamiento Urbanístico

En este apartado tienen cabida los instrumentos de planificación urbanística aprobados definitivamente que, con independencia del tipo de figura de planeamiento utilizada y de la escala o tamaño de la intervención tenida en cuenta, sobresalgan tanto por el interés de la estructura urbana proyectada como por la adecuación de los instrumentos de gestión que se prevean.

C) Trayectoria vital dedicada al urbanismo

Se premia en este apartado a aquellas personas o instituciones cuya labor creadora, de investigación o de difusión haya representado una contribución importante para el estudio y desarrollo del urbanismo.

Tercera.—Premios

3.1. Se establece uno por cada uno de los tres apartados antes enumerados, salvo en el primero en que podrán otorgarse dos premios, uno dedicado a los trabajos jurídicos y otro a los trabajos técnicos. El jurado, no obstante, podrá cubrir los mismos en su totalidad o dejar desiertos aquellos que estime oportunos.

3.2. El premio consistirá en la entrega a los elegidos de un diploma acreditativo. Asimismo, se procederá a la publicación de la obra u obras premiadas en el apartado de investigación.

Cuarta.—Participantes

4.1. A los Premios podrán optar personas tanto físicas como jurídicas, con los trabajos que reúnan los requisitos exigidos en las Bases, pudiendo ser presentados, indistintamente, tanto por sus autores como por sus promotores.

Quinta.—Documentación

5.1. Los concursantes presentarán cuantos documentos consideren oportunos para el adecuado conocimiento por parte del Jurado de las características del trabajo, proyecto u obra realizada, así como justificante acreditativo de que el mismo se encuentra aprobado definitivamente (apartado de planeamiento) o de que no se encuentra publicado (apartado de investigación)

5.2. La documentación se presentará encuadernada o encarpetada en volúmenes de formato DIN A3 o DIN A4 y en disquete y/o cd-rom.

5.3. No se admitirán paneles, maquetas ni documentos que no se ajusten a las condiciones establecidas anteriormente. El Jurado, podrá recabar de los autores mayor documentación para el mejor análisis de los trabajos

5.4. Los gastos que pudieran derivarse de las labores de verificación por parte del Jurado en el Premio al planeamiento urbanístico correrán a cargo de los participantes en este apartado

5.5. En la documentación aportada se consignará el nombre, dirección y teléfono de los autores o promotores de los trabajos

Sexta.—Inscripción

6.1. El plazo para inscripción y presentación de la documentación queda abierto y se cerrará a las cero horas del día 5 de mayo de 2006 siendo admitidos aquellos trabajos que, llegando posteriormente, acrediten su expedición en tiempo y fecha.

6.2. La documentación se dirigirá a la Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente, calle Doctor Esquerdo, 47, 28028 Madrid, consignando visiblemente la leyenda “Premios Nacionales de Urbanismo”.

Séptima.—Jurado

7.1. El Jurado presidido por el Director de la Revista de Derecho Urbanístico se compondrá de un máximo de cinco miembros y estará integrado por expertos de reconocido prestigio en el mundo del urbanismo.

7.2. Las funciones de Secretario del Jurado serán ejercidas por el Secretario de la Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente, quien por causa justificada podrá delegar sus funciones en cualquier otro miembro de la citada Revista y tendrá voz sin voto en las reuniones del jurado.

Octava.—Incompatibilidades

8.1. No podrá presentarse ni ser presentado a estos premios, excepto a los consignados en el apartado C, toda persona física o representante de jurídica que forme parte de la Dirección, Consejos de la Revista o del Jurado.

En caso de duda o si el premio así lo requiere, el Jurado podrá debatir la posibilidad, forma o modo de concesión del premio en cuestión.

Novena.—Fallo

9.1. El Jurado emitirá su fallo antes del 30 de mayo de 2006 y será hecho público en la Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente y comunicado personalmente a los premiados.

9.2. La entrega de galardones a los premiados se efectuará en un acto convocado al efecto que tendrá lugar antes de la conclusión del año.

Décima.—Aceptación de bases

10.1. La participación en esta convocatoria supone la total aceptación de las presentes bases.

10.2. El fallo del Jurado será inapelable.

10.3. Los trabajos que no hayan obtenido premio podrán ser retirados en el plazo de dos meses desde el fallo, entendiéndose que aquellos que no lo hayan sido serán destruidos.

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