Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 29/03/2006
 
 

MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL CONSORCIO DEL PLAN DE REHABILITACIÓN Y EQUIPAMIENTO DE TEATROS DE BARCELONA

29/03/2006
Compartir: 

Resolución CLT/766/2006, de 27 de febrero, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de 17 de enero de 2006, por el que se aprueba la modificación de los Estatutos del Consorcio del Plan de Rehabilitación y Equipamiento de Teatros de Barcelona (DOGC de 29 de marzo de 2006). Texto completo.

§1015969

RESOLUCIÓN CLT/766/2006, DE 27 DE FEBRERO, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD AL ACUERDO DEL GOBIERNO DE 17 DE ENERO DE 2006, POR EL QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL CONSORCIO DEL PLAN DE REHABILITACIÓN Y EQUIPAMIENTO DE TEATROS DE BARCELONA.

La Resolución del consejero de Cultura de 16 de noviembre de 2001 (DOGC núm. 3526, de 3.12.2001) dio publicidad al convenio de colaboración entre la Administración General del Estado, la Administración de la Generalidad de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona para la creación del Consorcio del Plan de Rehabilitación y Equipamiento de Teatros de Barcelona, que anexa sus Estatutos.

Visto que en fecha 17 de enero de 2006, el Gobierno de la Generalidad de Cataluña aprobó la modificación de los Estatutos del Consorcio del Plan de Rehabilitación y Equipamiento de Teatros de Barcelona,

Resuelvo:

Dar publicidad al Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 17 de enero de 2006, por el que se aprueba la modificación de los Estatutos del Consorcio del Plan de Rehabilitación y Equipamiento de Teatros de Barcelona, que se incluye como anexo a esta Resolución.

ACUERDO

de 17 de enero de 2006, del Gobierno de la Generalidad, por el que se aprueba la modificación de los Estatutos del Consorcio del Plan de Rehabilitación y Equipamiento de Teatros de Barcelona

Por Acuerdo de 28 de agosto de 2001, el Gobierno de la Generalidad aprobó el convenio de colaboración entre la Administración General del Estado, la Administración de la Generalidad de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona para la creación del Consorcio del Plan de Rehabilitación y Equipamiento de Teatros de Barcelona, y los Estatutos del Consorcio.

El 13 de septiembre de 2005, la Junta de Gobierno del Consorcio aprobó una propuesta de modificación de los Estatutos para prorrogar el plazo de existencia del Consorcio, inicialmente previsto hasta el 2005, y para incorporar la subrogación del Instituto Catalán de las Industrias Culturales en la posición del Departamento de Cultura, considerando que el Instituto ha asumido las funciones de teatro en el ámbito de las industrias culturales en virtud del Decreto 470/2004, de 28 de diciembre.

A propuesta de la consejera de Cultura, el Gobierno acuerda:

.1 Aprobar la modificación de los Estatutos del Consorcio del Plan de Rehabilitación y Equipamiento de Teatros de Barcelona, que consta en anexo.

.2 Aprobar la prórroga del Consorcio del Plan de Rehabilitación y Equipamiento de Teatros de Barcelona hasta el año 2010.

.3 Aprobar las aportaciones al Consorcio del Instituto Catalán de las Industrias Culturales por importe máximo de 1.502.530,25 euros (300.506,05 euros anuales) para el periodo 2006-2010.

Anexo

Modificación de los Estatutos del Consorcio del Plan de Rehabilitación y Equipamiento de Teatros de Barcelona

.1 Con la finalidad de prorrogar el plazo de existencia del Consorcio, se da una nueva redacción al primer párrafo del artículo 1, con el texto siguiente:

“Artículo 1

“Con el objetivo de llevar a cabo el Plan destinado a la Rehabilitación y Equipamiento de los Teatros de Barcelona, a desarrollar entre 2001 y 2005, prorrogable para otros periodos por acuerdo de la Junta de Gobierno con la conformidad de las administraciones consorciadas, se crea un Consorcio de entidades públicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y en el artículo 55 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.”

.2 Con la finalidad de subrogar el Instituto Catalán de las Industrias Culturales en la posición del Departamento de Cultura en el Consorcio y de cambiar su domicilio:

Se da una nueva redacción al artículo 2.1.b), con el texto siguiente:

“b) La Administración de la Generalidad de Cataluña (Instituto Catalán de las Industrias Culturales).”

Se da una nueva redacción al artículo 5, con el texto siguiente:

“Artículo 5

“El Consorcio tiene su domicilio en Rambla Santa Mònica, 8, en la ciudad de Barcelona, que podrá cambiarse por acuerdo de la Junta de Gobierno.”

Todas las referencias de los artículos 7 y 8 a “Generalidad de Cataluña (Departamento de Cultura)” o “Generalidad de Cataluña” han de ser sustituidas por “Generalidad de Cataluña (ICIC)”.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana