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MODIFICACIÓN DEL DECRETO 29/2001

22/11/2005
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Orden de 7 de noviembre de 2005, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, por la que se modifican los Anexos I y II del Decreto 29/2001, de 30 de enero del Gobierno Valenciano, para la actualización de los módulos de compensación económica aplicables a las actuaciones que se prestan por los servicios de turno de oficio, y asistencia al detenido o preso, por los Procuradores y Abogados de la Comunidad Valenciana (Ref. Iustel §004308 Vínculo a legislación). Texto completo.

§1013620

La Orden de 7 de noviembre de 2005 actualiza e incrementa la cuantía de los módulos de compensación económica previstos en los Anexos I y II, del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita.

Asimismo la Orden reúne en un sólo texto la relación de módulos y bases de compensación económica publicados en los Decretos 28/2003, de 1 de abril y 67/2003, de 3 de junio, con motivo de la incorporación de recientes reformas legislativas.

El Decreto 29/2001, de 30 de enero, del Gobierno Valenciano, de Asistencia Jurídica Gratuita puede consultarse en el Libro Sexto del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

ORDEN DE 7 DE NOVIEMBRE DE 2005, DE LA CONSELLERIA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, POR LA QUE SE MODIFICAN LOS ANEXOS I Y II DEL DECRETO 29/2001, DE 30 DE ENERO DEL GOBIERNO VALENCIANO, PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LOS MÓDULOS DE COMPENSACIÓN ECONÓMICA APLICABLES A LAS ACTUACIONES QUE SE PRESTAN POR LOS SERVICIOS DE TURNO DE OFICIO, Y ASISTENCIA AL DETENIDO O PRESO, POR LOS PROCURADORES Y ABOGADOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.

El ejercicio efectivo de las competencias atribuidas a la Generalitat Valenciana en materia de justicia gratuita, se materializó con la entrada en vigor del Decreto 229/1997, de 9 de diciembre, de Asistencia Jurídica Gratuita, en el que, dándose cumplimiento a lo dispuesto en la Disposición final primera de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, se normalizaron los aspectos relativos a la regulación de los documentos a presentar por los solicitantes de la asistencia jurídica gratuita, el procedimiento para la aplicación de la subvención y el sistema de determinación de las bases y módulos de compensación económica, con cargo a fondos públicos, por la prestación de los servicios de asistencia jurídica gratuita y asistencia al detenido.

La norma citada, introdujo importantes innovaciones respecto de la normativa estatal aplicable en aquel momento. En cuanto al sistema para la justificación de las actuaciones realizadas por los profesionales adscritos a los servicios de turno de oficio y asistencia al detenido, se implantó el modelo del talón, simplificando y agilizando el modo en que aquellos deben acreditar estas actividades o intervenciones, ante los respectivos colegios y la administración Pública. Respecto a los módulos de compensación económica aplicables a dichas actuaciones, se crean nuevos conceptos que contemplan las diferentes fases procesales en cada orden jurisdiccional. Por último, y por lo que respecta a la cuantía de los módulos de compensación económica que deben subvencionar la realización efectiva, de cada una de las actuaciones procesales correspondientes a dichas fases, se incrementaron de forma considerable, en relación con las establecidas por la normativa de la administración Central, mediante los módulos fijados en los anexos I y II, del Reglamento que nos ocupa.

Si bien, desde la publicación del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita, aprobado por Decreto 229/97, se han producido modificaciones en relación con la cuantía de los módulos de compensación económica contemplados en sus respectivos anexos, en ocasiones afectando únicamente a los procuradores de los tribunales y, en otras, tanto para abogados como para aquellos simultáneamente, hay que observar que, han transcurrido cerca de siete años, sin que aquellas modificaciones hayan supuesto un incremento adecuado con el servicio que se presta por dichos profesionales, limitándose, como es el caso de los recientemente aprobados Decreto 28/2003, de 1 de abril, y 67/2003, de 3 de junio, a incorporar nuevos módulos de compensación económica, a fin de adaptarse a las últimas reformas procesales producidas en nuestro ordenamiento jurídico o a redondear la cuantía de los ya existentes, con motivo de la incorporación del euro al nuevo orden económico comunitario del que nuestro país forma parte.

Por ello, llegado este momento y conforme a las demandas que, de forma reiterada han sido formuladas por los colegios profesionales que intervienen en la prestación de los servicios de asistencia al detenido o preso, turno de oficio y tramitación de expedientes de asistencia jurídica gratuita, se hace necesario actualizar y en consecuencia incrementar la cuantía de los módulos de compensación económica previstos en los Anexos I y II, del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita, con el convencimiento de que la adopción de esta medida, va a contribuir de forma positiva a mejorar la calidad del servicio público que, por imperativo legal, debe prestarse por las corporaciones profesionales citadas.

Por último, se pretende con la publicación de la presente orden, reunir en un sólo texto la relación de módulos y bases de compensación económica publicados en los Decretos 28/2003, de 1 de abril y 67/2003, de 3 de junio, con motivo de la incorporación de recientes reformas legislativas, a los efectos de facilitar su manejo y publicidad.

Para la elaboración de la presente disposición se ha seguido el procedimiento establecido en el artículo 49 bis, apartado 1, de la Ley 1/2002, de 26 de febrero, de la Generalitat Valenciana, por la que se modifica la Ley 5/83, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, con inclusión del trámite de audiencia de los Colegios de Abogados y de Procuradores de la Comunidad Valenciana, afectados por la presente orden, a través de la representación que ostentan sus respectivos Consejos Autonómicos y oídos estos.

Por todo ello, haciendo uso de las facultades conferidas por el artículo 35 e), de la Ley 5/83, de 30 de diciembre, del Gobierno Valenciano, en relación con el artículo 39.2, del Decreto 29/2001, de 30 de enero, del Gobierno Valenciano, que desarrolla la Ley 1/96, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita así como con la Disposición final primera del Decreto 28/2003, de 1 de abril, y el Decreto 153/2005, de 28 de octubre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, DISPONGO:

Artículo 1

Actualizar los módulos y bases de compensación económica establecidos en el Anexo I, del Decreto 29/2001, de 30 de enero, del Gobierno Valenciano, modificado por Decreto 28/2003, de 1 de abril, para indemnizar las actuaciones que, por los servicios de turno de oficio, realizan los procuradores de los tribunales en el ámbito de la Comunidad Valenciana, mediante el establecimiento de las cuantías fijadas en los módulos que constan en el anexo I de la presente orden.

Artículo 2

Actualizar y reunir en un sólo texto, los módulos y bases de compensación económica establecidos en el Anexo II, del Decreto 29/2001, de 30 de enero, del Gobierno Valenciano, modificado por Decreto 28/2003, de 1 de abril, y Decreto 67/2003, de 3 de junio, para indemnizar las actuaciones que, por los servicios de turno de oficio y asistencia al detenido o preso, realizan los abogados en el ámbito de la Comunidad Valenciana, mediante el establecimiento de las cuantía fijadas en los módulos que constan en el anexo II de la presente orden.

DISPOSICIÓN FINAL

Única

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, si bien sus efectos económicos serán desde el 1 de enero de 2005.

ANEXO I

Módulos y bases de compensación económica para procuradores de los tribunales (en euros)

JURISDICCIÓN PENAL

Instrucción procedimiento sumario 40,00

Instrucción procedimiento abreviado 30,00

Procedimiento abreviado tramitado mediante juicio rápido 30,00

Instrucción en procedimiento ante el Tribunal del Jurado 120,00

Procedimiento ante los Juzgados de Menores 30,00

Procedimiento ante el Juzgado de lo Penal 30,00

Procedimiento ante la Audiencia Provincial 40,00

Apelación 30,00

Ejecución sentencia transcurridos 2 años 30,00

JURISDICCIÓN CIVIL

Procedimientos de jurisdicción voluntaria 30,00

Procedimientos de familia contencioso 50,00

Procedimientos de familia de mutuo acuerdo 36,00

Ordinario. Resto procedimientos contenciosos 45,00

Medidas provisionales y provisionalísimas 36,00

Ejecución sentencia transcurridos 2 años 30,00

JURISDICCIÓN CONTENCIOSA

Procedimiento ante órganos colegiados 30,00

Apelaciones 30,00

NORMAS GENERALES

Auto motivado (Cuando no es preceptiva la intervención) 35,00

Designación sobrevenida en fase de ejecución penal 35,00

Procedimientos de Especial complejidad, duración, dificultad o dedicación por razón de la materia, territorio, personas implicadas, múltiples diligencias en órganos jurisdicciones, o cualquier otra circunstancias que, previo informe fundamentado del Colegio de Procuradores competente y con carácter excepcional, se aprecie y autorice por la Dirección General de Justicia, además del módulo correspondiente al procedimiento judicial de que se trate. 125,00

Tramitación de solicitudes de justicia gratuita 7,00

ANEXO II

Módulos y bases de compensación económica para abogados

JURISDICCIÓN PENAL EUROS

Asistencia ordinaria al detenido 90,00

Servicio de guardia, hasta 6 asistencias 150,00

Servicio de guardia, superior a 6 asistencias 300,00

Guardia de permanencia para el enjuiciamiento inmediato de faltas:

- hasta 2 juicios de faltas celebrados 80,00

- de 3 a 4 juicios de faltas celebrados 133,00

- mas de 4 juicios de faltas celebrados 200,00

Disponibilidad por guardia diaria en partidos o

demarcaciones donde no se retribuya por servicio de guardia, absorbible, en su caso, por las asistencias efectivamente realizadas 30,00

Disponibilidad por guardia semanal en partidos o demarcaciones donde no se retribuya por servicio de guardia, absorbible, en su caso, por las asistencia efectivamente realizadas 210,00

Procedimiento penal general, dictado el auto de sobreseimiento o apertura del juicio oral 164,00

Procedimiento penal general, dictada la sentencia o resolución que ponga fin al procedimiento 261,00

Juicio con Jurado, dictado el auto de sobreseimiento o de apertura del juicio oral 200,00

Juicio con Jurado, dictada la sentencia o resolución que ponga fin al procedimiento, en delitos contra la vida 475,00

Juicio con Jurado, dictada la sentencia o resolución que ponga fin al procedimiento, resto de delitos 265,00

Procedimiento abreviado, dictado el auto de sobreseimiento o de apertura del juicio oral 100,00

Procedimiento abreviado, dictada la sentencia o resolución que ponga fin al procedimiento 150,00

Procedimiento abreviado, tramitado conforme a lo dispuesto por la Ley 38/2002, para el enjuiciamiento rápido e inmediato de determinados delitos y faltas 281,00

Procedimiento abreviado, con desplazamiento para asistencia al juicio oral, dictada la sentencia o resolución que ponga fin al procedimiento 200,00

Procedimiento abreviado, tramitado conforme a lo dispuesto en la Ley 38/2002, para el enjuiciamiento rápido e inmediato de determinados delitos y faltas (con conformidad) 241,00

Menores, dictado el auto de archivo o auto de apertura de audiencia 40,00

Menores, dictada la sentencia o resolución que pone fin al procedimiento 110,00

Menores, dictado Auto de inicio de la pieza separada de responsabilidad civil 40,00

Menores, dictada la Sentencia o resolución que pone fin a la pieza de responsabilidad civil 65,00

Apelaciones 150,00

Apelaciones en jurisdicción del menor 90,00

Vigilancia penitenciaria, iniciado el procedimiento 140,00

JURISDICCIÓN CIVIL EUROS

Procedimiento ordinario, dictada la providencia de admisión de demanda o contestación 200,00

Procedimiento ordinario, dictada la sentencia o resolución que ponga fin al procedimiento 140,00

Verbal, dictada la providencia de admisión de demanda o contestación 140,00

Verbal, dictada la sentencia o resolución que ponga fin al procedimiento 100,00

Familia, dictada la providencia de admisión de demanda 100,00

Familia, mutuo acuerdo, dictada la sentencia o resolución que ponga fin al procedimiento 100,00

Familia, contencioso, dictada la sentencia o resolución que ponga fin al procedimiento 250,00

Familia, dictado el auto que resuelva la modificación de medidas 60,00

Medidas provisionales, iniciado el procedimiento 91,00

Apelaciones 145,00

Procedimiento monitorio, dictada providencia de admisión o formalizada la oposición 125,00

Procedimiento monitorio, dictada sentencia o resolución que ponga fin al procedimiento Resto de procedimientos especiales: 95,00

Proceso de ejecución, dictado el auto por el que se despacha 124,00

Proceso de ejecución, dictada la resolución que ponga término a la oposición 95,00

Jurisdicción Voluntaria, dictada la providencia de admisión de la demanda o contestación 126,00

Jurisdicción Voluntaria, dictada la sentencia o resolución que pone fin al procedimiento 99,00

Diligencias preliminares del artículo 256 de la LEC 12,00

JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA

Formalización de la demanda o contestación, ante la Sala 198,00

Dictada la sentencia o resolución que ponga fin al procedimiento, ante la Sala 102,00

Formalización de la demanda o contestación, ante el Juzgado, en procedimiento ordinario 75,00

Dictada la sentencia o resolución que ponga fin al procedimiento, ante el Juzgado, en procedimiento ordinario 90,00

Procedimiento abreviado ante el Juzgado, dictada la sentencia 95,00

Apelación 145,00

Actuaciones en materia de extranjería previas a la vía contenciosa 50,00

JURISDICCIÓN SOCIAL

Dictada la providencia de admisión de demanda 71,00

Dictada la resolución que ponga fin al procedimiento 134,00

Suplicación, presentado el recurso 130,00

JURISDICCIÓN MILITAR

Dictado el auto de sobreseimiento o apertura del juicio oral 65,00

Dictada la sentencia o resolución que ponga fin al procedimiento 125,00

RECURSO DE CASACIÓN

Por el anuncio 65,00

Por la formalización 240,00

RECURSO DE AMPARO

Anuncio de amparo 65,00

NORMAS GENERALES

Transacciones extrajudiciales, 75% de la cuantía aplicable al procedimiento Informe motivado de insostenibilidad de la pretensión 61,00

Designación sobrevenida en fase de ejecución, dictada la providencia teniendo por solicitada o continuada la ejecución 95,00

Supuestos en que no es preceptiva la intervención de letrado, pero esta es requerida mediante auto motivado por el órgano judicial, dictada providencia por la que se señala la celebración de juicio 90,00

Procedimientos de especial complejidad, duración, dificultad o dedicación por razón de la materia, territorio, personas implicadas, múltiples diligencias en órganos jurisdiccionales, o cualquier otra circunstancia que, previo informe fundamentado del Colegio de Abogados competente y con carácter excepcional, e aprecie y autorice por la Dirección General de Justicia, además del módulo correspondiente al procedimiento judicial de que se trate 602,00

Tramitación colegial de solicitudes de Asistencia Jurídica Gratuita 7,00

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