Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 04/11/2005
 
 

SECRETARÍA DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA

04/11/2005
Compartir: 

Orden PRE/416/2005, de 24 de octubre, por la que se suprimen los negociados de la Secretaría de Política Lingüística (DOGC de 2 de noviembre de 2005). Texto completo.

§1013301

ORDEN PRE/416/2005, DE 24 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE SUPRIMEN LOS NEGOCIADOS DE LA SECRETARÍA DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA.

El Decreto 216/2005, de 11 de octubre, de estructura orgánica de la Secretaría de Política Lingüística, implica un cambio en la estructura orgánica de la mencionada Secretaría que afecta a los órganos con nivel igual o superior al de sección y, también, a los negociados existentes.

Para adaptar la estructura de la Secretaría de Política Lingüística a nivel de negociado a la nueva estructura de la Secretaría, considerando el artículo 25.2 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad,

Ordeno:

Artículo único

Se suprimen los negociados siguientes:

a) Negociado de Gestión y Control del Gasto.

b) Negociado de Certificados de Conocimientos de Catalán.

c) Negociado de Coordinación Sectorial.

d) Negociado de Documentación en Sociolingüística.

e) Negociado de Consultas Ciudadanas y Derechos Lingüísticos.

Disposiciones transitorias

.1 Las personas que ocupan los puestos afectados por esta Orden seguirán ejerciendo sus funciones respectivas mientras no se provean los puestos de trabajo de acuerdo con la estructura regulada.

.2 El personal que resulte afectado por las modificaciones orgánicas de esta Orden continúa percibiendo la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos a los que se estaban imputando, hasta que se adopten las disposiciones de desarrollo y presupuestarias correspondientes.

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden CLT/89/2003, de 20 de febrero, de reestructuración de la Dirección General de Política Lingüística a nivel de negociado.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana