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ORDENACIÓN DEL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

26/10/2005
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Decreto 75/2005, de 20 de octubre, por el que se aprueba el proyecto regional para la ordenación del Campus de la Universidad de Valladolid en Segovia en los terrenos del antiguo Regimiento de Artillería (BOCYL de 26 de octubre de 2005). Texto completo.

§1013195

DECRETO 75/2005, DE 20 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL PROYECTO REGIONAL PARA LA ORDENACIÓN DEL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID EN SEGOVIA EN LOS TERRENOS DEL ANTIGUO REGIMIENTO DE ARTILLERÍA.

La Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, tiene por objeto establecer los principios y los objetivos de la Ordenación del Territorio en la Comunidad de Castilla y León y regular los instrumentos necesarios para el ejercicio por la Administración autonómica de su competencia en la materia, entre los que se encuentran los Proyectos Regionales. Éstos son definidos en el artículo 20 como instrumentos de intervención directa en la Ordenación del Territorio de la Comunidad que tienen por objeto planificar y proyectar la ejecución inmediata de las infraestructuras, servicios, dotaciones e instalaciones de utilidad pública o interés social, que se consideren de interés para la Comunidad.

El Ayuntamiento de Segovia ha solicitado a la Administración de la Comunidad la tramitación de un Proyecto Regional para la ordenación detallada y la implantación del Campus de la Universidad de Valladolid en los terrenos del antiguo Regimiento de Artillería, comprendidos entre la calle Coronel Rexach, plaza de los Leones de Castilla, calle Sargento Provisional y calle Caño Grande, de esa ciudad.

Son objetivos de este Proyecto posibilitar la implantación de una edificación que dé cabida a un campus universitario con determinadas características y pormenorizar la ordenación de esa pieza de suelo urbano de modo que por una parte quede integrada de forma coherente con el tejido urbano de Segovia y por otra se minimicen eventuales conflictos inherentes a la disposición del nuevo equipamiento en la trama urbana.

El interés social del Proyecto se justifica por la mejora significativa que supondrá la sustitución de las edificaciones actualmente utilizadas en la ciudad de Segovia por la Universidad de Valladolid para la impartición de las diferentes enseñanzas, que se encuentran dispersos por la ciudad, sin crear una idea de recinto universitario, por un nuevo conjunto en forma de Campus integrado. De este modo, se mejorará de forma sustancial la calidad de los equipamientos existentes y se activará al completo la vida universitaria en Segovia, además de regenerarse un fragmento muy importante del tejido urbano que permitirá consolidar dicha zona en la ciudad.

Dicha mejora igualmente se justifica en los criterios que han de regir la elaboración de la programación Universitaria de Castilla y León, de conformidad con la Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León, que exige tener en cuenta la demanda real de los estudios universitarios y su distribución geográfica en Castilla y León, atendiendo a criterios de rentabilidad social y de servicio a los intereses generales, las necesidades de implantación de centros, de infraestructuras y servicios, los medios personales y materiales que garanticen la calidad de las enseñanzas e investigación universitaria.

Asimismo, la influencia que supondrá la creación del Campus trascenderá del ámbito de la ciudad de Segovia, redundando en beneficio de toda la comunidad universitaria de Castilla y León, por lo que concurren los dos presupuestos o requisitos que avalan su tramitación como Proyecto Regional: su utilidad pública o interés social y el interés para la Comunidad.

El Proyecto Regional contiene los siguientes documentos:

– Memoria justificativa, donde se describen los objetivos y características funcionales, espaciales, temporales y económicas del Proyecto y se justifica su interés social y su incidencia supramunicipal, con referencia a otros instrumentos de ordenación del territorio, proyectos y planes que puedan afectarle.

– Memoria de información, donde se describen las características históricas, arqueológicas y arquitectónicas del Regimiento de Artillería, antigua fábrica de paños de Ortiz de Paz, así como el programa de necesidades del nuevo campus.

– Memoria de Ordenación.

– Normativa, donde se describen los parámetros de ordenación detallada, la calificación y ordenanzas del uso.

– Planos.

El Proyecto se encuentra así completo en cuanto a las determinaciones y documentos exigidos en la Ley 10/1998, así como, en materia de urbanismo, en la Ley 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León y en el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero.

De conformidad con el artículo 24 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, corresponde a la Consejería competente por razón de la materia iniciar el procedimiento establecido de aprobación de los Planes y Proyectos Regionales. En su virtud, la Consejería de Educación, mediante Orden EDU/200/2005, de 15 de febrero, acordó el inicio de procedimiento para la aprobación del referido Proyecto Regional, a la vez que se dispuso la apertura de un período de información pública y audiencia a las Administraciones públicas por el plazo de un mes.

Únicamente se ha recibido un informe de la Dirección General de Patrimonio y Bienes Culturales en el que se recomendaba la necesidad de establecer medidas encaminadas a la protección del patrimonio cultural así como la realización de un estudio arqueológico que garantice la documentación y protección de los restos que en su caso aparezcan en los terrenos donde se va a ejecutar el proyecto.

Finalizado el plazo de información pública y en cumplimiento del artículo 24.3 de la Ley 10/1998 de 5 de diciembre de Ordenación del Territorio de Castilla y León, la Consejería de Educación ha recabado los informes del Consejo de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Castilla y León y del Ayuntamiento de Segovia como municipio afectado. No ha procedido en este caso someter el proyecto al trámite ambiental por no ser objeto de evaluación estratégica previa ni encontrarse incluido en ninguno de los supuestos de evaluación de impacto ambiental contenidos en la legislación específica.

El Consejo de Urbanismo y Ordenación del Territorio emitió informe favorable al Proyecto Regional en sesión del Pleno de 31 de mayo de 2005, sin perjuicio de la realización de una serie de observaciones que han sido incorporadas al texto definitivo del proyecto. Por su parte, el Ayuntamiento no ha realizado ninguna contestación en el plazo establecido, por lo que ha de entenderse su informe favorable.

La competencia para la aprobación de los Planes y Proyectos Regionales corresponde a la Junta de Castilla y León conforme lo dispuesto en los artículos 20.2 y 24.5 de la Ley 10/1998 de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de Castilla y León, a propuesta de la Consejería competente por razón de la materia.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Educación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 20 de octubre de 2005

DISPONE:

Artículo 1.– Aprobación del Proyecto Regional.

Se aprueba el Proyecto Regional para la ordenación del Campus de la Universidad de Valladolid en Segovia en los terrenos del antiguo Regimiento de Artillería, promovido por el Ayuntamiento de Segovia.

Artículo 2.– Condiciones de ordenación.

Se establecen las siguientes determinaciones en lo que se refiere a las condiciones de ordenación:

Ámbito: 14.501 m2 de suelo.

Clasificación del suelo: urbano consolidado.

Uso: Campus Universitario.

Edificabilidad sobre rasante: 2 m2/m2.

Artículo 3.– Grado de aplicación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.3 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio, las determinaciones de este Proyecto Regional se consideran de aplicación plena, por lo que modifican directamente los planes, programas de actuación y proyectos vigentes que resulten en su caso contrarios.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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