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REDACCIÓN DE MAPAS

05/10/2005
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Resolución PRE/2810/2005, de 28 de septiembre, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones para la redacción de mapas de las instalaciones y equipamientos deportivos de los municipios de Cataluña para el periodo 2005-2006 (DOGC de 5 de octubre de 2005). Texto completo.

§1012887

RESOLUCIÓN PRE/2810/2005, DE 28 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE CONVOCA CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REDACCIÓN DE MAPAS DE LAS INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTOS DEPORTIVOS DE LOS MUNICIPIOS DE CATALUÑA PARA EL PERIODO 2005-2006.

Puesto que, de acuerdo con el artículo 3.2.n) del Texto único de la Ley del deporte, aprobado por el Decreto legislativo 1/2000, de 31 de julio, uno de los principios rectores de la política deportiva de la Generalidad de Cataluña es el de planificar y programar una red equilibrada de instalaciones deportivas con los equipamientos necesarios en todo el territorio catalán, que recoja tanto como sea posible todo tipo de iniciativas, para poder conseguir una utilización óptima de las instalaciones, los equipamientos y los materiales destinados a la práctica deportiva; y que de acuerdo con el artículo 35 de esta norma, corresponde a la Administración deportiva de la Generalidad la coordinación con la Administración deportiva del Estado y de las entidades locales;

Visto el Decreto 95/2005, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Plan director de instalaciones y equipamientos deportivos de Cataluña;

Vista la Resolución PRE/2742/2005, de 27 de septiembre, por la que se aprueban las bases para la concesión de subvenciones para la redacción de mapas de las instalaciones deportivas de los municipios de Cataluña para el periodo 2005-2006;

Visto que el Plan director de instalaciones y equipamientos deportivos de Cataluña se puede consultar en la página correspondiente del Consejo Catalán del Deporte: http://www.gencat.net/presidencia/esport;

Visto que el Gobierno de la Generalidad, en fecha 26 de julio de 2005, ha aprobado el expediente de gasto plurianual que da cobertura a esta convocatoria;

Teniendo en cuenta los artículos considerados legislación básica por la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y los artículos 87 y siguientes del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, en todo cuanto no contradiga los mencionados preceptos considerados legislación básica,

Resuelvo:

.1 Convocar concurso público para la concesión de subvenciones para la redacción, según las especificaciones del PIEC, de mapas de las instalaciones y equipamientos deportivos de los municipios de Cataluña para el periodo 2005-2006, cuyas bases figuran en la Resolución PRE/2742/2005, de 27 de septiembre.

.2 El importe total máximo de las subvenciones a conceder es de 340.000 euros; 60.000 euros para el año 2005, a cargo del concepto presupuestario 760610900, y 280.000 euros, a cargo del presupuesto del año 2006, que pueden ser ampliados de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

.3 El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC.

.4 El órgano instructor del procedimiento es el Servicio de Equipamientos Deportivos del Consejo Catalán del Deporte.

Este Servicio eleva su propuesta al Comité Ejecutivo del Consejo Catalán del Deporte, el cual emite informe y elabora la propuesta de resolución de la convocatoria, a fin de que el presidente del Consejo Catalán del Deporte resuelva la concesión o la desestimación de las peticiones de subvenciones.

.5 La resolución correspondiente se notificará a las entidades solicitantes, por correo certificado con acuse de recibo. A pesar de que la mencionada resolución no agota la vía administrativa, hay que indicar que se puede interponer, de acuerdo con lo establecido por el artículo 44, en relación con el artículo 8.3 de la Ley estatal 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa, recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses desde su notificación. Potestativamente, dentro del mismo plazo, también se puede efectuar el requerimiento previo que determina el artículo 44 antes mencionado.

El plazo para notificar la resolución de concesión a los interesados es de 6 meses a contar a partir de la fecha límite de presentación de las solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa, los interesados pueden entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

.6 Esta Resolución tiene efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Contra esta Resolución de convocatoria, a pesar de que no agota la vía administrativa, las entidades públicas pueden interponer, de acuerdo con lo establecido por el artículo 44, en relación con el artículo 8.3 de la Ley estatal 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa, recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el DOGC. Potestativamente, dentro del mismo plazo, también se puede efectuar el requerimiento previo que determina el artículo 44 antes mencionado.

Asimismo, contra esta Resolución de convocatoria, que no agota la vía administrativa, las entidades privadas pueden interponer recurso de alzada ante el consejero primero, en el plazo de un mes a contar a partir de su publicación en el DOGC, de acuerdo con el artículo 107.1 en relación con el 114 y 115 de la Ley estatal 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

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