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  • EDICIÓN DE 27/09/2005
 
 

LICENCIADO EN PUBLICIDAD Y RELACIONES PÚBLICAS

27/09/2005
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Orden UNI/390/2005, de 13 de septiembre, por la que se implantan los estudios de licenciado o licenciada en publicidad y relaciones públicas en la Universidad Pompeu Fabra (DOGC de 27 de septiembre de 2005). Texto completo.

§1012728

ORDEN UNI/390/2005, DE 13 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE IMPLANTAN LOS ESTUDIOS DE LICENCIADO O LICENCIADA EN PUBLICIDAD Y RELACIONES PÚBLICAS EN LA UNIVERSIDAD POMPEU FABRA.

La Universidad Pompeu Fabra ha manifestado la voluntad de ampliar su oferta docente y ha solicitado al Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información la implantación de los estudios conducentes a la obtención de los títulos de licenciado o licenciada en publicidad y relaciones públicas.

En consecuencia, de conformidad con la solicitud de la rectora de la Universidad Pompeu Fabra, y de acuerdo con lo que establecen la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades; la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña; el Real decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de universidades y centros universitario, y el Decreto 258/1997, de 30 de septiembre, por el que se regula la programación universitaria de Cataluña, y los procedimientos de creación o reconocimiento y de reordenación de centros docentes universitarios y de implantación de enseñanzas, con el acuerdo del Consejo Social y con el informe favorable previo del Consejo de Gobierno de la Universidad Pompeu Fabra, a propuesta del director general de Universidades,

Ordeno:

Artículo único

Implantar los estudios de licenciado o licenciada en publicidad y relaciones públicas en la facultad de ciencias sociales y de la comunicación de la Universidad Pompeu Fabra, con sede en la Rambla, 30-32, de Barcelona.

Disposición adicional

Una vez homologado el título, el rector o rectora de la Universidad Pompeu Fabra deberá solicitar a la persona titular del Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información la autorización para el inicio de actividades de estos estudios, de acuerdo con el artículo 108 de la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.

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