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  • EDICIÓN DE 09/08/2005
 
 

PRESENTACIÓN DE ALEGACIONES

09/08/2005
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Resolución de 27 de julio de 2005, de la Dirección General de Producción Agraria, por la que se amplía el plazo establecido en la de 20 de junio de 2005, para la presentación de alegaciones de carácter específico para parcelas de olivar, como consecuencia de la integración del Sistema de Información Geográfica Oleícola (SIG Oleícola) en el SIGPAC (BOJA de 9 de agosto de 2005). Texto completo.

§1012140

RESOLUCIÓN DE 27 DE JULIO DE 2005, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRARIA, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO ESTABLECIDO EN LA DE 20 DE JUNIO DE 2005, PARA LA PRESENTACIÓN DE ALEGACIONES DE CARÁCTER ESPECÍFICO PARA PARCELAS DE OLIVAR, COMO CONSECUENCIA DE LA INTEGRACIÓN DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA OLEÍCOLA (SIG OLEÍCOLA) EN EL SIGPAC.

La Orden de 2 de agosto de 2004, por la que se establecen normas para la implantación del Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (BOJA núm. 170, de 31 de agosto), en la redacción dada por la de 31 de enero de 2005 (BOJA núm. 28, de 9 de febrero), establece en su disposición adicional tercera que la integración del Sistema de Información Geográfica Oleícola (SIG Oleícola) en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) implicará la habilitación de un período específico de recogida de alegaciones para parcelas de olivar que finalizará el 30 de junio de 2005.

La Resolución de 3 de mayo de 2005, de la Dirección General de la Producción Agraria (BOJA núm. 93, de 16 de mayo), habilita el período de información pública específico para parcelas de olivar previsto en la disposición adicional tercera de la Orden de 2 de agosto de 2004. Durante este período las personas interesadas podrán presentar alegaciones con carácter específico para parcelas de olivar.

Por su parte, la Resolución de 20 de junio de 2005, de la Dirección General de la Producción Agraria (BOJA núm. 128, de 4 de julio), amplía el plazo para la presentación de alegaciones hasta el día 16 de agosto de 2005. Dado que dicho término coincide con el período vacacional de un gran número de oleicultores, se hace preciso ampliar el período para la presentación de alegaciones hasta el día 30 de septiembre de 2005.

En su virtud, y en ejercicio de las competencias que me confiere la disposición final primera de la Orden de 2 de agosto de 2005, antes citada, y el Decreto 204/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca, R E S U E L V O Primero. Ampliación del plazo de presentación de alegaciones para parcelas de olivar.

Se modifica el plazo de presentación de alegaciones previsto en la Resolución de 20 de junio de 2005, de la Dirección General de la Producción Agraria, ampliándose hasta el día 30 de septiembre de 2005.

Segundo. La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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