§1011747
RESOLUCIÓN TRI/2181/2005, DE 6 DE JULIO, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN TRI/1398/2005, DE 4 DE MAYO, DE CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2005 PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LOS PROYECTOS QUE CONTENGAN MEDIDAS DIRIGIDAS A LA CREACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO EN EL MARCO DE LOS NUEVOS YACIMIENTOS DE OCUPACIÓN (CÓDIGO DE LA CONVOCATORIA Z10).
Vista la Resolución TRI/1398/2005, de 4 de mayo, de convocatoria para el año 2005 para la concesión de subvenciones destinadas a los proyectos que contengan medidas dirigidas a la creación de puestos de trabajo en el marco de los nuevos yacimientos de ocupación que prevé el Decreto 286/2004, de 11 de mayo, modificado por el Decreto 81/2005, de 3 de mayo (código de la convocatoria Z10) (DOGC núm. 4380, de 9.5.2005);
Teniendo en cuenta que, en relación con el importe total de ayudas concedidas durante el ejercicio 2004 para este mismo programa, se han presentado renuncias por parte de los beneficiarios de las ayudas por un importe total de 430.000 euros;
Considerando que con el presupuesto previsto en la Resolución TRI/1398/2005, de 4 de mayo, no se puede dar apoyo a la realización de proyectos de continuación de estimulación de la demanda iniciados en ejercicios anteriores, y dado que este remanente hace posible incrementar la dotación de recursos asignados a los proyectos anuales previstos en el programa de Nuevos Yacimientos de Ocupación para el ejercicio 2005, se considera oportuno modificar el artículo 3 de la mencionada Resolución TRI/1398/2005, de 4 de mayo, en lo que se refiere al importe máximo del programa correspondiente al ejercicio 2005;
Teniendo en cuenta que el Acuerdo de Gobierno de fecha 8 de marzo de 2005 sólo autoriza al Servicio de Ocupación de Cataluña a realizar gastos con alcance plurianual para subvencionar proyectos de nuevos yacimientos de ocupación con un gasto plurianual para el ejercicio 2005 no superior a 1.700.000 euros, importe establecido en la convocatoria anteriormente publicada, Resolución TRI/1398/2005, de 4 de mayo;
Teniendo en cuenta que, de acuerdo con la Ley 11/2005, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2005, el remanente de este programa de ayudas consta a cargo de la partida 62.04.479.6201 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2005;
Considerado el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;
Vistos los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, y en uso de las atribuciones que me son conferidas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,
Resuelvo:
Se modifica el artículo 3 de la Resolución TRI/1398/2005, de 4 de mayo, que queda redactado de la manera siguiente:
Importe y aplicación presupuestaria
El importe máximo destinado al otorgamiento de las ayudas para la realización de proyectos de creación de empleo correspondientes a las anualidades 2005-2006 y de los proyectos de estimulación de la demanda correspondientes a la anualidad 2005 es de 6.130.000 euros cofinanciados con FSE distribuido de la manera siguiente:
2.630.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 62.04.479.6201 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el 2005. De esta cuantía se destinarán 1.000.000 euros a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos plurianuales de creación de empleo, y 1.630.000 euros a entidades locales, de los cuales 700.000 euros serán para la realización de proyectos plurianuales de creación de empleo y 930.000 euros para la realización de proyectos anuales de estimulación de la demanda.
3.500.000 euros con cargo al presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el 2006, en función de las correspondientes disponibilidades presupuestarias. Una resolución del consejero de Trabajo e Industria que se publicará en el DOGC determinará la partida presupuestaria con cargo a la que se imputará el importe máximo correspondiente.
Disposición final
Esta Resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.