§1011164
ORDEN GAP/274/2005, DE 20 DE JUNIO, POR LA QUE SE ESTABLECE UNA LÍNEA DE AYUDAS PARA LOS MUNICIPIOS DE LLEIDA AFECTADOS POR LA SEQUÍA.
La insuficiencia de lluvias en toda Cataluña ha determinado una disminución de los caudales de los ríos y, en consecuencia, una reducción del agua de los embalses, lo cual ya ha empezado a producir problemas en el abastecimiento de agua.
Ante esta situación, el Gobierno de la Generalidad de Cataluña ha aprobado el Decreto 93/2005, de 17 de mayo, de adopción de medidas excepcionales en relación con la utilización de los recursos hídricos, vigente a partir del 24 de mayo de 2005.
Aun así y dada la necesidad de apoyar a los ayuntamientos que ya se han visto afectados por la sequía, el Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas y la Diputación de Lleida han firmado un convenio con la finalidad de establecer una línea de ayudas para contribuir a los gastos efectuados para el transporte de agua para el consumo doméstico con vehículos cisterna o similares, antes de la entrada en vigor del mencionado Decreto.
En consecuencia,
Ordeno:
Artículo 1
Objeto
El objeto de esta Orden es el establecimiento de ayudas a los ayuntamientos de Lleida para la financiación de los gastos, efectuados entre el 1 de enero de 2005 y el 23 de mayo de 2005, derivados del transporte de agua potable destinada al consumo doméstico mediante vehículos cisterna o similares, como consecuencia de la sequía.
Artículo 2
Beneficiarios
Son beneficiarios de esta línea de ayudas los ayuntamientos de la provincia de Lleida afectados por la sequía.
Artículo 3
Importe de las ayudas
El importe de las ayudas es del 90% del coste del transporte de agua potable para el consumo doméstico, efectuado con vehículos cisterna o similares, con un máximo de 75 litros por habitante y día.
Artículo 4
Solicitudes
4.1 Los ayuntamiento afectados que quieran acogerse a esta línea de ayudas deben presentar su solicitud en los Servicios Territoriales de Gobernación y Administraciones Públicas en Lleida c. Lluís Companys, 1, o en la Diputación de Lleida c. Carme, 26.
4.2 Junto con la solicitud deben presentar la documentación siguiente:
a) Un certificado del Ayuntamiento conforme el agua transportada tenía por finalidad el consumo doméstico.
b) Las facturas correspondientes de los gastos efectuados.
4.2 El plazo de presentación de solicitudes es de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de esta Orden en el DOGC.
Artículo 5
Procedimiento de concesión
5.1 Previamente a la concesión de las ayudas, emitirá informe la comisión constituida por representantes del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas y la Diputación de Lleida con esta finalidad.
5.2 La resolución de las ayudas, su entrega, las obligaciones de los beneficiarios, el seguimiento y control y el régimen de revocaciones se regulan por lo previsto en la Orden GRI/376/2002, de 4 de noviembre, por la que se establecen las bases generales para el otorgamiento de ayudas a los entes locales de Cataluña en situaciones excepcionales, de urgencia o derivadas de catástrofe.
Artículo 6
Financiación
Esta línea de ayudas tiene un importe máximo de 360.000 euros, que irán con cargo, el 50% de la partida GO03D/464110000/9111 del presupuesto del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas, y el 50%, con cargo al presupuesto de la Diputación de Lleida.