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MODIFICACIÓN DEL DECRETO 31/2003

04/06/2005
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Decreto 33/2005, de 26 de mayo, por el que se modifica el Decreto 31/2003, de 15 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda, Obras Públicas y Transportes (BOR de 2 de junio de 2005). Texto completo.

§1010788

DECRETO 33/2005, DE 26 DE MAYO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 31/2003, DE 15 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES.

El Decreto 31/2003, de 15 de julio, estableció la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, actualmente en vigor.

El cumplimiento del fallo contenido en la Sentencia núm. 84 de 17 de febrero de 2005, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, recaída en el recurso de apelación núm. 106/2004, hace necesario una modificación de la actual estructura vigente de la Dirección General de Vivienda para poder proceder, con posterioridad, a la modificación del Decreto 45/2004, de 23 de julio, por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo correspondientes a los funcionarios y al personal laboral al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a iniciativa del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes y a propuesta del Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, previa deliberación de sus miembros, en reunión celebrada el día 26 de mayo de 2005, acuerda aprobar el siguiente,

Decreto

Artículo Único.

Se modifica el contenido del artículo 4 del Decreto 31/2003, de 15 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, quedando recogido en la siguiente manera:

“Articulo 4

Integran la Dirección General de Vivienda las siguientes unidades administrativas:

1.- Servicio de Vivienda

1.1. Área de Vivienda

1.1.1. Sección Rehabilitación

1.1.1.1. Negociado Administrativo

1.1.2. Sección Financiación Ayudas Estadística

1.1.2.1. Negociado Administrativo

1.1.3. Sección de Vivienda y Calidad en la Edificación

1.1.3.1. Negociado Administrativo

1.1.3.2. Negociado Administrativo

1.1.3.3. Negociado Administrativo”

Disposición Final Única. Entrada en Vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

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