El Reglamento regulará el funcionamiento de la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo (CVAFT), creada en 2003 a través de la Ley de Prevención y Bloqueo de la Financiación del Terrorismo y reactivada el pasado verano.
Entre los puntos principales del Reglamento destacan las atribuciones de esta Comisión, que podrá adoptar una serie de medidas: bloqueo de cuentas; prohibición de apertura de cuentas, y medidas de observación, seguimiento y vigilancia de las cuentas que acuerde. Además, la Comisión, compuesta por representantes de los Ministerios del Interior, de Justicia, y de Economía y Hacienda, así como por un miembro del Ministerio Fiscal, contará para el ejercicio de sus funciones con la asistencia del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y con cualesquiera otros órganos de las Administraciones Públicas cuya ayuda pueda recabar: Agencia Tributaria, Seguridad Social, Comisión Nacional del Mercado de Valores, etcétera.
La Comisión adoptará sus decisiones con arreglo a la legislación de procedimiento administrativo común, y sus acuerdos quedarán sujetos a la posibilidad de impugnación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Igualmente, para completar el sistema de garantías, se prevé la obligatoriedad de transferir todo lo actuado a la jurisdicción penal cuando aparezcan indicios racionales de delito. Del mismo modo, se establece el procedimiento por el que los sujetos obligados, fundamentalmente entidades financieras, comunicarán a la Comisión cualquier operación sospechosa que pudieran detectar.
El Proyecto de Reglamento deberá ser ahora aprobado conjuntamente con los Ministerios de Justicia, Economía y Hacienda, y Administraciones Públicas. Una vez cumplimentados estos trámites se acordará la petición, por la vía de urgencia, de dictámenes preceptivos a los siguientes órganos: Comisión Nacional del Mercado de Valores, Fiscalía General del Estado, Agencia Española de Protección de Datos, Consejo General del Poder Judicial y Consejo de Estado.