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  • EDICIÓN DE 03/03/2005
 
 

DIEZ PUNTUALIZACIONES A LA NEGOCIACIÓN SINDICAL

03/03/2005
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Ante las concentraciones realizadas por representantes de los sindicatos de la Administración de Justicia en distintos puntos de España, dicho Ministerio ha realizado un comunicado para aclarar algunos aspectos de las reivindicaciones.

1. El Ministerio de Justicia ha ofrecido los incrementos salariales más elevados nunca antes planteados por un Gobierno. Esto no sólo significa la plasmación de un esfuerzo negociador, sino también la consecución de nuevas y muy importantes partidas económicas. La voluntad de este Ministerio de alcanzar entre todos una solución al conflicto planteado por los sindicatos ha estado asociada siempre a un objetivo: lograr con éxito la implantación de la nueva oficina judicial establecida por la LOPJ en su reforma de 2003, modelo vinculante para los poderes públicos. El establecimiento de esta oficina judicial no es solo un reto de este Gobierno, sino de toda la Justicia española, que quiere conseguir su modernización.

2. Se trata de un conflicto planteado por los propios sindicatos, los cuales han roto las negociaciones del Estatuto de ingreso y provisión de puestos de trabajo sin tener en cuenta las contrapropuestas que el Ministerio realizó a sus reivindicaciones, que ellos califican de “irrenunciables”. En ninguna negociación se puede partir de todo o nada. Dicha ruptura parece tener que ver más con las reivindicaciones retributivas que con el estatuto del funcionario.

3. El Ministerio siempre ha estado dispuesto a negociar el aumento de las retribuciones. Se ha mostrado abierto al incremento, siempre que éste contribuya a mejorar el servicio público de la Administración de Justicia, lo que obligará a pactar dichas subidas en el marco de la negociación de las relaciones de puestos de trabajo.

4. Es radicalmente incierto que el Ministerio haya incumplido algún acuerdo, bien estatutario o económico, suscrito con el equipo anterior. Se han cumplido, por el contrario, todos los acuerdos publicados en el BOE.

5. Los supuestos acuerdos, contenidos en actas fechadas el 31-10-2003, no constituyen acuerdos reales por las razones siguientes:

– Dichas actas no están firmadas.

– Las actas no contienen acuerdos, sino simples promesas de “proponer” aumentos futuros de la masa salarial.

– El 15-04-2004 se publicó en el BOE la resolución de 9-03-2004 de Rafael Catalá, entonces Secretario de Estado. Se puede constatar que el autor de dicha promesa no incluyó ninguna de las reclamaciones contenidas en las actas no firmadas, lo que acredita que no hubo acuerdos reales sobre tales contenidos, puesto que no fueron incorporados ni a las actas firmadas por las partes, ni mucho menos a las cláusulas publicadas en el BOE.

6. No hay tratamiento discriminatorio de los funcionarios de la Administración de Justicia con respecto a secretarios, jueces y fiscales. El tanto por ciento de aumento salarial ofrecido por el Ministerio a los sindicatos es globalmente superior el conseguido por la mayoría de secretarios, jueces y fiscales.

7. Hay que destacar, por otra parte, que este Ministerio está abierto a negociar todos los aspectos de la jornada laboral (35 horas, los sábados, el 24 y 31 de diciembre). A cambio, se pide como contrapartida el control horario, en atención al servicio que merecen los ciudadanos.

8. Reclamar que toda movilidad pueda ser sólo voluntaria vulnera directamente la LOPJ, aunque el Ministerio ha manifestado reiteradamente a los sindicatos que la reordenación forzosa se utilizará excepcionalmente.

9. Es incierto que se pretenda “imponer” la nueva oficina judicial. Este Ministerio está dispuesto a negociar con los sindicatos, como no podría ser de otro modo, las relaciones de puesto de trabajo, tal y como exige la ley. Se han convocado concursos de traslado de ámbito nacional en 2004 y existe clara voluntad de negociar convocatorias este año.

10. Este Ministerio reitera que no sólo no ha incumplido ningún acuerdo real. Por el contrario, el compromiso del Gobierno ha sido y sigue siendo el de buscar activamente un marco negociador que beneficie a los funcionarios, sin olvidar a los ciudadanos, que reclaman y merecen el mejor servicio público de la Administración de Justicia. Son estos ciudadanos los destinatarios del servicio público judicial al que este Ministerio se debe.

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